Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Viernes 2 de setiembre de 2022 El Peruano / de Huaura y Pasco; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2101390-5 Disponen que las Comisiones Distritales de Selección de Jueces Supernumerarios de las Cortes Superiores de Justicia del país, como medida excepcional y en tanto se convoque o concluya el concurso respectivo, deberán presentar a la Presidencia de la Corte Superior una terna del Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de otras Cortes Superiores de Justicia, para la designación correspondiente; y dictan diversas disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000328-2022-CE-PJ Lima, 31 de agosto del 2022VISTA: La Resolución Administrativa N° 000234-2022-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, por Resolución Administrativa N° 353-2019-CE-PJ de fecha 21 de agosto de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Asimismo, di firió la aplicación del documento aprobado hasta que se efectúe la reestructuración de la O ficina de Meritocracia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dependencia encargada, entre otros, de la dirección del concurso público para la elección de Jueces Supernumerarios. Posteriormente, se modi ficó la mencionada resolución mediante Resolución Administrativa N° 452-2019-CE-PJ del 15 de noviembre de 2019. Segundo. Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 488-2019 se dispuso la entrada en vigencia del “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial” aprobado mediante Resolución Administrativa N° 353-2019-CE-PJ, a partir del 3 de enero de 2020. Tercero. Que, por la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19, se imposibilitaba la aplicación integral del referido reglamento, por lo que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 399-2020-CE-PJ, aprobó temporalmente el “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Posteriormente, mediante Resolución Administrativa N° 000236-2021-CE-PJ, se dispusieron medidas complementarias para la aplicación del “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Cuarto. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000234-2022-CE-PJ se dispuso que las Comisiones Distritales de Selección de Jueces Supernumerarios de las Cortes Superiores de Justicia del país, como medida excepcional y en tanto se convoque o concluya el concurso respectivo, deberán presentar a la Presidencia de Corte Superior una terna del Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de otras Cortes Superiores de Justicia, para la designación correspondiente. En su defecto, se delegó a la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 31 de agosto de 2022, la facultad para designar a trabajadores de su Distrito Judicial como Juez Supernumerario, siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos. Quinto. Que, en tal sentido, con la finalidad de tratar la problemática presentada en los Distritos Judiciales del país, sobre el insu ficiente número de Jueces Supernumerarios, se considera necesario adoptar medidas excepcionales para el correcto funcionamiento de los órganos jurisdiccionales; emitiéndose el acto administrativo correspondiente. Sexto. Que el artículo 82º, numeral 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitir acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y e ficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1146- 2022 de la cuadragésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 31 de agosto de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Arias Lazarte, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención de los señores Lama More y Álvarez Trujillo, por encontrarse de vacaciones y licencia, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que las Comisiones Distritales de Selección de Jueces Supernumerarios de las Cortes Superiores de Justicia del país, como medida excepcional y en tanto se convoque o concluya el concurso respectivo, deberán presentar a la Presidencia de la Corte Superior una terna del Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de otras Cortes Superiores de Justicia, para la designación correspondiente. En su defecto, se delega a la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 31 de diciembre de 2022, la facultad para designar a trabajadores de su Distrito Judicial como Juez Supernumerario; siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos. Artículo Segundo.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia del país, deben culminar en breve término los concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en su jurisdicción. Artículo Tercero.- Disponer que la Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, informe al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre el estado de los concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en las Cortes Superiores de Justicia del país. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2101390-6 Establecen que las labores jurisdiccionales y administrativas de los jueces, juezas y personal auxiliar del Poder Judicial, se realizará en forma presencial durante toda la jornada de trabajo del 1 al 30 de setiembre de 2022, y dictan diversas disposiciones CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000329-2022-CE-PJ Lima, 31 de agosto del 2022