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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / del Pliego 019: Contraloría General, según detalle siguiente: pasajes aéreos por un importe de S/ 10,843.68, correspondiente a los dos participantes; y viáticos por un importe de US$ 1,760.00 (4 días) y gastos de instalación por un importe de US$ 440.00 (1 día), por cada uno de los participantes. Artículo 3.- Los citados profesionales presentarán al Despacho del Contralor, con copia a la Subgerencia de Cooperación y Relaciones Internacionales, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2105067-1 Dan por terminada la designación de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Surquillo RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 295-2022-CG Lima, 12 de setiembre de 2022VISTOS: La Hoja Informativa N° 000060-2022-CG/GRLIM, de la Gerencia Regional de Control de Lima Metropolitana; el Memorando N° 000639-2022-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa N° 000153-2022-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; el Memorando N° 000804-2022-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; y, el Memorando N° 000494-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional (OCI) mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los OCI de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del OCI es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la Directiva de los OCI, establece que el Jefe del OCI es designado por la Contraloría General de la República y ejerce sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; así también, que por convenir a las necesidades del servicio y al interés institucional, podrá permanecer en el cargo por un periodo menor a los tres (3) años o, de ser el caso, prorrogar el periodo de designación hasta por un máximo de cinco (5) años en total; asimismo, el numeral 7.1.3.2 de la citada Directiva, establece que la designación del Jefe del OCI termina por la ocurrencia de alguno de los hechos siguientes: a) situación sobreviniente que no le permita continuar en el ejercicio del cargo, conforme a lo dispuesto en el numeral 7.3.2 de dicha Directiva; b) renuncia del Jefe del OCI; c) culminación del período de designación, incluso al haberse emitido prórroga; d) razones de necesidad del servicio o interés institucional de la Contraloría; e) separación de fi nitiva; f) cese por límite de edad; y, g) muerte; para cuyo efecto se emite la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación en el cargo; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 242- 2019-CG, de fecha 09 de agosto de 2019, se designó al colaborador Luis Alberto Marín Bravo en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Surquillo; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, con el Memorando Nº 000639-2022-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Control de Lima Metropolitana para dar por terminada la designación del colaborador Luis Alberto Marín Bravo, en el cargo de Jefe del OCI de la Municipalidad Distrital de Surquillo, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000494-2022-CG/GJNC, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000398-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable emitir la Resolución de Contraloría que da por terminada la designación del colaborador Luis Alberto Marín Bravo en el cargo de Jefe del OCI de la Municipalidad Distrital de Surquillo, de conformidad con lo sustentado por la Gerencia Regional de Control de Lima Metropolitana y la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y modi fi cada mediante Resolución de Contraloría N° 124-2021-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, la designación del colaborador Luis Alberto Marín Bravo, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Surquillo. Artículo 2.- Disponer que el personal que se reincorpora a la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, de corresponder, deberá ser asignado al órgano o unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado. Artículo 3.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las