NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 160
TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / no deberán realizar jornadas de conducción efectiva continua de más de cinco (5) horas, y deberán gozar de un tiempo de descanso entre cada jornada de conducción no menor de una (1) hora; en caso que la jornada de conducción efectiva sea menor de dos (2) horas, el tiempo de descanso será no menor de treinta (30) minutos, siendo que la duración acumulada de jornadas de conducción no deberá exceder de diez (10) horas en un período de 24 horas; Que, mediante el artículo 6 del Decreto Supremo N° 016-2020-MTC, ante el dé fi cit de conductores profesionales para el servicio de transporte público de personas, se dispuso suspender, hasta el 9 de setiembre de 2020, la aplicación de los numerales 30.2 y 30.9 del artículo 30 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, estableciendo temporalmente que la jornada máxima diaria acumulada de conducción correspondía a (12) horas en un periodo de (24) horas, suspensión que fuera prorrogada por el artículo 3 del Decreto Supremo N° 018-2020-MTC, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 028-2020-MTC, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 014-2021-MTC, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 027-2021-MTC, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 030-2021-MTC y el artículo 1 del Decreto Supremo 002-2022-MTC; Que, de acuerdo a lo sustentando por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se mantiene el dé fi cit de conductores profesionales para el servicio de transporte público de personas, razón por la cual, mientras continue el proceso de promoción de la profesionalización de conductores para el servicio de transporte público de personas de ámbito nacional, regional y provincial, resulta necesario suspender la aplicación de los numerales 30.2 y 30.9 del artículo 30 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, en lo relacionado a la jornada máxima diaria acumulada de conducción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; y, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; DECRETA: Artículo 1.- Suspensión de la jornada máxima diaria acumulada de conducción Suspender hasta el 30 de junio de 2023, la aplicación de los numerales 30.2 y 30.9 del artículo 30 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, en lo relacionado a la jornada máxima diaria acumulada de conducción, la misma que hasta esa fecha queda establecida en doce (12) horas en un periodo de veinticuatro (24) horas. Las actas de control levantadas por el presunto incumplimiento de la jornada máxima diaria acumulada de conducción, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, desde el 29 de agosto de 2022 hasta la fecha de publicación del presente Decreto Supremo, únicamente tienen carácter orientativo. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación del presente Decreto Supremo en el Portal Institucional de Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de setiembre del año dos mil veintidos. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 2105250-1 Designan Director de la Oficina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 797-2022-MTC/01 Lima, 13 de setiembre de 2022CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, la Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JORGE ANTONIO MOREL GUTIERREZ en el cargo de Director de la O fi cina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 2105016-1 Designan Jefe de la Unidad Zonal I - Piura - Tumbes del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1287-2022-MTC/20 Lima, 9 de setiembre del 2022CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 033-2002- MTC publicado el 12 de julio de 2002, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 021-2018-MTC y 014-2019-MTC, se creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS NACIONAL, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte relacionada a la Red Vial Nacional no concesionada, así como de la plani fi cación, gestión y control de actividades y recursos económicos que se emplean para el mantenimiento y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial Nacional no concesionada; Que, por el Artículo 2° de la Resolución Directoral N° 925-2022-MTC/20, publicada en el diario O fi cial El Peruano el 05.07.2022, se designó, al ingeniero Juan Luis