Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / Autorizan viaje de Presidente Ejecutivo del INDECOPI a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 247-2022-PCM Lima, 13 de septiembre de 2022VISTO:El O fi cio Nº 000320-2022-PRE/INDECOPI de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), el INDECOPI es el organismo autónomo encargado de defender la libre y leal competencia, sancionando las conductas anticompetitivas y desleales, previniendo los efectos anticompetitivos de las operaciones de concentración empresarial y procurando que en los mercados exista una competencia efectiva; Que, mediante comunicación de fecha 08 de julio de 2022, el Consejo Administrativo de Defensa Económica de Brasil (CADE Brasil) cursó invitación al INDECOPI para participar en la Vigésima Reunión Anual del Foro Latinoamericano y del Caribe de Competencia (FLACC), que se llevará a cabo los días 27 y 28 de setiembre de 2022, en la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil; así como, en el Foro Iberoamericano de Competencia (FIC) y la Reunión del Centro Regional de Competencia para América Latina y el Caribe (CRC), que se llevarán a cabo en la misma ciudad, el día 29 de setiembre de 2022; Que, el FLACC permite a los participantes evaluar los desafíos que enfrentan las autoridades de competencia y en la presente edición se centrará en los siguientes temas: (i) reforzando los incentivos para los acuerdos de clemencia; (ii) de fi nición de mercado en el sector de gas; y (iii) fusiones de medios; asimismo, el FIC y el CRC tienen por objeto debatir temas de interés común en materia de derecho de la competencia; así como, intercambiar experiencias en la formulación y aplicación de políticas y leyes de competencia, promoviendo a la vez un diálogo para el fortalecimiento del régimen de competencia entre los países latinoamericanos; Que, la participación en el FLACC es parte de las evaluaciones que se hacen a los países que desean ser miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), por lo que la asistencia del INDECOPI a dicho evento debe ser concebida como parte de sus obligaciones internacionales; asimismo, su participación en las reuniones del FIC y el CRC con las autoridades del más alto nivel en el ámbito de competencia permitirá seguir fortaleciendo la cooperación internacional entre los países de la región; conocer los temas actuales y emergentes en materias concretas relacionadas con la política de competencia; y, el intercambio de experiencias y el establecimiento de mecanismos de cooperación y diálogo con otras agencias de competencia de Latinoamérica; Que, en ese contexto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ, Presidente Ejecutivo del INDECOPI, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, para que asista a los referidos eventos; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en los mencionados eventos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del INDECOPI, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el segundo párrafo del numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; Que, según lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ, Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 26 al 30 de setiembre de 2022; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes (US$)Viáticos por díaNúmero de díasTotal viáticosTotal US$ JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ2,000 370 3+1 1,480.00 3,480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza debe presentar a su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros 2104978-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Crean Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal denominado “Grupo de Trabajo Sectorial”, con el objeto de elaborar la propuesta del reglamento de la Ley Nº 31410, Ley que crea el Servicio Civil de Graduados para el Sector Agrario (SECIGRA AGRARIO) RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0368-2022-MIDAGRI Lima, 12 de setiembre de 2022