NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 160
TEXTO PAGINA: 21
21 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / Conforman la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2022-EF/10 Lima, 13 de setiembre del 2022CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con el artículo 2 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41, este Ministerio tiene, entre otras, competencias en materias de carácter económico, financiero, fiscal, inversión pública y privada, presupuesto público, endeudamiento público, tributario, aduanero, arancelario; así como competencias para armonizar la actividad económica y financiera nacional orientadas a promover su competitividad, la mejora continua de la productividad y el funcionamiento e ficiente de los mercados; y las demás que se le asignen por Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2019-EF, se conforma el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas en el Ministerio de Economía y Finanzas y se establecen disposiciones para el funcionamiento de las Mesas Ejecutivas; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo establece que las Mesas Ejecutivas facilitan la coordinación público – pública y público – privada con el objeto de impulsar y promover la mejora y el desarrollo de diversos sectores productivos o transversales a fin de mejorar la productividad del país, así como para mejorar el funcionamiento del Estado en áreas prioritarias, en concordancia con la Política Nacional de Competitividad y Productividad; Que, asimismo, el numeral 2.3 del referido artículo 2 dispone que las Mesas Ejecutivas se conforman mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, conforme a lo establecido en el literal e) del numeral 3.2 del artículo 3 del aludido Decreto Supremo, el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas ejerce la Secretaría Técnica de las Mesas Ejecutivas; Que, el Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas cumple un importante rol como fuente de trabajo, generador de tributos, además de contribuir con la seguridad alimentaria. De acuerdo a un reporte del Instituto de Estudios Económicos y Sociales (IEES) de la SNI, el Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas, genera 420 mil empleos directos, y se calcula que logra encadenar a otros 9 millones de empleos, es decir a más del 50% de la población económicamente activa (PEA), entre ellos a productores primarios (como ganaderos, porcicultores, avicultores, palmicultores, cafetaleros, cacaoteros y agricultores en general), transportistas, industrias proveedoras (como envases y embalajes), maquinarias, textiles para uniformes y los miles de puestos de venta al consumidor en todo el país como bodegas, panaderías, mercados tradicionales y supermercados; Que, de acuerdo al Boletín de Comercio Interno (PRODUCE, Junio 2022), al cierre del año 2021, de un total de 368,461 bodegas en el Perú, el 42% correspondió a aquellas que expendieron alimentos y bebidas, y 8,6 millones de hogares realizan gastos de alimentos y bebidas en bodegas; Que, de acuerdo a información brindada por la Sociedad Nacional de Industrias (SIN), el sector de Alimentos y Bebidas aporta el 26,2% del PBI Manufacturero (aproximadamente 3,7% del PBI Nacional), y dentro de la Industria, el sector aporta el 43% de los tributos internos recaudados (aproximadamente 6,9% de tributos internos). Además, el sector tiene un mercado importante en el exterior, llegado a exportar un equivalente a US$ 1,429 millones; Que, el sector de alimentos y bebidas industrializadas se ha desarrollado en nuestro país de manera constante y tiene aún un gran potencial de crecimiento, pero enfrenta trabas tales como la informalidad, el contrabando y la consecuente competencia desigual con el empresario formal, la demora en los trámites para obtener licencias y permisos, los diferentes criterios que pueden tener las entidades que regulan el sector, entre otros factores; por lo que requiere medidas que eliminen la sobre regulación y los sobrecostos, y que promuevan la competitividad y la formalización; Que, en consecuencia, resulta necesario conformar la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, con la finalidad de fortalecer los motores de la economía, articular esfuerzos y contribuir al desarrollo del país; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 008-2019-EF, Conforman el Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas y establecen disposiciones para el funcionamiento de Mesas Ejecutivas; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Conformar la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, que tiene como objeto abordar, identi ficar, promover y proponer acciones que impulsen a este sector, que permitan que se facilite y favorezca su productividad y competitividad, y así como las acciones que bene ficien e incentiven a quienes tengan un interés en las inversiones del sector, a fin de contribuir con el crecimiento económico. Artículo 2.- Conformación La “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, de naturaleza temporal, está conformada por: a) El Ministerio de Economía y Finanzas b) El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riegoc) El Ministerio de Comercio Exterior y Turismod) El Ministerio de la Produccióne) El Ministerio de Saludf) El Ministerio de Relaciones Exterioresg) La Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU h) El Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú – SENASA i) La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL j) La Sociedad Nacional de Industrias - SNIk) La Asociación de Exportadores - ADEX l) La Sociedad de Comercio Exterior del Perú - COMEX Artículo 3.- Designación de los representantes Las entidades públicas y privadas que conforman la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, acreditan a sus representantes ante la Secretaría Técnica, en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario O ficial El Peruano. Artículo 4.- Compromiso y participación Los integrantes de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas”, ejercen el cargo ad honorem y deben cumplir y contribuir de manera sostenible y responsable con la identi ficación de los problemas, di ficultades y barreras, así como en la elaboración de las propuestas de solución que se requieran y su implementación, entre otros aspectos, con la finalidad de favorecer el desarrollo y la competitividad del sector agroindustrial, en aras del interés público. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la “Mesa Ejecutiva para el Desarrollo del Sector de Alimentos y Bebidas Industrializadas” está a cargo del Equipo Especializado de Mesas Ejecutivas del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que se encarga de dirigir el funcionamiento y operación de la Mesa Ejecutiva.