Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (14/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de setiembre de 2022 El Peruano / proyecto y detectar contingencias signi fi cativas que pudieran retrasar el Proceso de Promoción, vinculadas principalmente a aspectos legales, fi nancieros y técnicos, iii) delimitar competencias de gestión de la entidad pública. Su contenido debe profundizarse y actualizarse en base a la evolución de los estudios técnicos, legales y económicos adicionales que se desarrollen durante las fases de Estructuración y Transacción, los cuales se refl ejan en el IEI que sustenta las respectivas versiones de Contrato. 44.2 El IE debe contener como mínimo la siguiente información: 1. Resumen Ejecutivo. 2. Descripción del proyecto: a. Descripción general del proyecto, incluyendo como mínimo: i. Nombre del proyecto. ii. Entidad competente.iii. Antecedentes.iv. Área de in fl uencia. v. Objetivos del proyecto.vi. Clasi fi cación del proyecto. b. Importancia y consistencia del proyecto con el Principio de Sostenibilidad, y con las prioridades nacionales, regionales o locales, según corresponda, de fi nidas en los planes nacionales, sectoriales, planes de desarrollo concertados regionales y locales. Para el caso de APP cofi nanciadas se consideran las metas de cierre de brechas prioritarias establecidas en la Programación Multianual de Inversiones del sector, Gobierno Regional o Gobierno Local. c. Diagnóstico sobre la provisión actual de la infraestructura o servicio público identi fi cando las características de la demanda y la oferta existente en términos de cobertura y calidad. 3. Evaluación técnica del proyecto:a. Análisis técnico del proyecto. b. Evaluación de alternativas.c. Análisis preliminar para la de fi nición de los Niveles de Servicio esperados. d. Tratándose de proyectos co fi nanciados, debe incluirse la declaración de viabilidad de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. 4. Análisis de la brecha de recursos que sustenta la clasi fi cación del proyecto: a. Análisis de la demanda por el servicio que brinda el proyecto. b. Proyección anual de ingresos.c. Inversiones y costos de operación y mantenimiento estimados durante el ciclo de vida del proyecto. d. Estimación de costos de supervisión.e. Mecanismo de recuperación de las inversiones propuesto, vía tarifas, peajes, precios cobrados directamente a los usuarios o indirectamente a través de empresas, co fi nanciamiento o combinación de éstos y evaluación sobre la viabilidad legal de ejercer dichos cobros. f. Evaluación económica fi nanciera preliminar del proyecto como APP. g. Tratándose de proyectos co fi nanciados, debe incluirse una proyección anual de co fi nanciamiento. 5. Análisis de Riesgos preliminar del proyecto:a. Identi fi cación preliminar de riesgos. b. Estimación preliminar de los riesgos.c. Asignación preliminar.d. Mecanismos de mitigación. 6. Análisis preliminar de bancabilidad. 7. Sustento de la Capacidad Presupuestal para dar cumplimiento con los Compromisos Firmes del proyecto a ser asumidos por la entidad pública respectiva, incluyendo:a. Gastos estimados de adquisición y/o expropiación de terrenos y reubicaciones o reasentamientos. b. Gastos estimados para la liberación de interferencias. c. Gastos por supervisión.d. Fuentes de fi nanciamiento para asumir los compromisos y gastos. 8. Análisis de valor por dinero, a través de la aplicación de los criterios de elegibilidad. 9. Cronograma para el desarrollo del Proceso de Promoción, el cual no excede los dieciocho (18) meses, salvo que el OPIP sustente la necesidad de un plazo distinto. 10. Plan de implementación del proyecto: a. Identi fi cación preliminar, diagnóstico técnico legal y estado de propiedad de los inmuebles, bienes y derechos necesarios para el desarrollo del proyecto, identi fi cando su naturaleza pública o privada, así como de las interferencias y una estimación de su valorización, según corresponda. b. Cronograma preliminar para la liberación de interferencias y/o saneamiento de los predios suscrito por el área responsable de la entidad pública. c. Descripción y evaluación de los aspectos relevantes en materia económica, legal, regulatoria, organizacional, ambiental y social para el desarrollo del proyecto. d. Identi fi cación de eventuales problemas que pueden retrasar el proyecto, de ser el caso. e. Meta de liberación de predios y áreas que requiere el proyecto para ser adjudicado. (...)”“Artículo 45. Opinión previa al Informe de Evaluación 45.1 Cuando la elaboración del IE es encargada o es competencia de Proinversión, debe enviarlo a la entidad pública titular del proyecto para su conformidad, cuya opinión versa sobre aspectos técnicos del diseño del proyecto que puedan generar obligaciones y responsabilidades contractuales a su cargo. 45.2 La entidad pública titular del proyecto cuenta con un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente de su recepción para la emisión de su conformidad. Dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de presentado el IE, la entidad pública titular del proyecto puede solicitar información adicional por única vez, en cuyo caso el plazo queda suspendido hasta la presentación de la información solicitada. Transcurrido el plazo sin que la entidad pública titular del proyecto se pronuncie, se entiende otorgada la conformidad por ésta. 45.3 El IE elaborado por la entidad pública titular del proyecto o por Proinversión, es remitido para opinión del MEF, que cuenta con un plazo de quince (15) días hábiles contados desde el día siguiente de su recepción. Dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de presentado el IE, el MEF puede solicitar información adicional por única vez, en cuyo caso el plazo queda suspendido hasta la presentación de la información solicitada. Transcurrido el plazo sin emitir opinión, ésta se entiende como favorable. 45.4 La opinión del MEF sobre el IE comprende únicamente: 1. La veri fi cación de la clasi fi cación del proyecto como APP, 2. La capacidad presupuestal de la entidad pública titular del proyecto, de corresponder, 3. El análisis del valor por dinero a través de la aplicación de los criterios de elegibilidad; y 4. El impacto en la competencia y desempeño del mercado en el que se desarrolle el proyecto.” “Artículo 47. Plan de Promoción47.1 De manera simultánea o en el plazo de cinco (05) días hábiles a la incorporación del proyecto al Proceso de Promoción, el OPIP aprueba el Plan de Promoción, el que debe contener como mínimo la información siguiente: