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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Domingo 18 de setiembre de 2022 El Peruano / Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación [resaltado agregado]. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, mediante el O fi cio Nº 041-2022-GSG/MDS, presentado el 18 de julio de 2022, la señora recurrente comunicó al JNE que el señor regidor solicitó su licencia sin goce de haber, la que debe efectivizarse desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidato en las ERM 2022. 2.2. A través del Acuerdo de Concejo Nº 131-2022-MDS-CM, del 31 de mayo de 2022, el concejo municipal otorgó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor regidor, la que debe efectivizarse en el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de la elección, como establece el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la LEM (ver SN 1.1.). 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Consejo Distrital de Sayán y en atención a lo establecido en la LOM (ver SN 1.2.), resulta procedente convocar a doña Gladys Adriana Vía de Rojas, identi fi cada con documento nacional de identidad (DNI) Nº 15698905, candidata no proclamada de la organización política Alianza para el Progreso, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, del 8 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaura, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 5. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse, según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Yenner Saavedra Varillas, regidor distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Gladys Adriana Vía de Rojas, identi fi cada con DNI Nº 15698905, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 2106683-1 Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, el cargo de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 2913-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022042737 SAYÁN - HUAURA - LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, veintiuno de agosto de dos mil veintidós VISTO : el O fi cio Nº 040-2022-GSG/MDS, presentado el 18 de julio de 2022, por doña Katherine Lizet Aponte Bermúdez, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima (en adelante, señora recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Félix Ciriaco Carrillo Diestra, alcalde de dicha comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. Con el o fi cio del visto, la señora recurrente informó de la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por el señor alcalde, a fi n de participar en las Elecciones Municipales 2022. Para tal efecto, adjuntó los siguientes documentos: a) Acuerdo de Concejo Nº 134-2022/MDS-CM, del 17 de junio de 2022, mediante el cual el Concejo Distrital de Sayán otorgó licencia sin goce de haber a favor del señor alcalde, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, por motivo de su participación en las ERM 2022. b) Por medio del oficio del visto, la señora recurrente remitió el referido acuerdo de concejo y solicitó que se otorgue la acreditación correspondiente a su reemplazo.