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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (18/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Domingo 18 de setiembre de 2022 El Peruano / tal forma, en el acápite 3.3. del numeral 3 de la parte resolutiva determinó: […] 3.3. La expedición de credenciales provisionales debe solicitarse al Jurado Nacional de Elecciones en el plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir de la presentación de la solicitud de licencia. […] En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 5 (en adelante, Reglamento) 1.7. El artículo 16 contempla lo siguiente: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. En la Plataforma Electoral del JNE, se evidencia que el 25 de mayo de 2022, con Registro Nº 00002133, la señora regidora solicitó licencia sin goce de haber a fi n de que se haga efectiva desde el 4 de junio al 2 de octubre de 2022, debido a su intención de participar como candidata a consejera regional en las ERM 2022. 2.2. De la revisión de los actuados, se advierte que, con O fi cio Nº 404-2022-SG-MPI, el señor secretario general informó al JNE que el 25 de mayo de 2022 la señora regidora solicitó su licencia sin goce de haber desde el 4 de junio hasta al 2 de octubre del presente año, debido a su intención de participar como candidata al cargo de consejera regional del Gobierno Regional de Ica en las ERM 2022. 2.3. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue aprobada por los miembros del concejo provincial en la sesión ordinaria del 1 de junio de 2022. La citada decisión fue formalizada a través del Acuerdo de Concejo N° 032- 2022-MPI de la misma fecha, por el periodo comprendido desde el 4 de junio hasta el 2 de octubre del presente año. 2.4. Sin embargo, en aplicación de los plazos legales establecidos por la LER (ver SN 1.2.) y en la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones. 2.5. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Provincial de Ica y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), resulta procedente convocar a don Juan Favio Díaz Vargas, identi fi cado con DNI Nº 40031753, candidato no proclamado de la organización política Avanza País – Partido de Integración Social, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del referido concejo provincial. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Ica, departamento de Ica, del 5 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada doña Carmen Rosa Guiliana Elizabeth Elías Gonzales, regidora del Concejo Provincial de Ica, departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Juan Favio Díaz Vargas, identi fi cado con DNI Nº 40031753, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Ica, departamento de Ica, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/expedientes/detalle/detalle- expediente 2 Publicado el 4 de enero de 2022 en el diario o fi cial El Peruano . 3 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2106700-1 Declaran que carece de objeto emitir pronunciamiento sobre la petición de convocar al reemplazo de consejero del Consejo Regional de Lima, departamento de Lima, realizada mediante el Oficio Nº 1211-2022-GRL-SCR RESOLUCIÓN Nº 2977-2022-JNE Expediente Nº J NE.2022019555 LIMALICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticuatro de agosto de dos mil veintidósVISTO: el Ofi cio Nº 1211-2022-GRL-SCR, presentado el 22 de junio de 2022, por don Jaime Andrés Rodríguez Carranza, secretario del Consejo Regional del Gobierno Regional de Lima, departamento de Lima (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Alcibíades Roy Beltrán Gutiérrez, consejero del citado gobierno regional (en adelante, señor consejero), con motivo de su participación en las