NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (23/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 196
TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Viernes 23 de setiembre de 2022 El Peruano / cal y yeso, actividades que propongan el vertimiento de sus e fl uentes industriales, previo tratamiento, a cuerpos naturales de agua, entre otras que determine la autoridad. La realización del taller participativo se rige por los artículos 20, 21, 22 y 23 del presente Reglamento. 40.5 La implementación del mecanismo de Participación Ciudadana posterior a la aprobación de la DIA se realiza conforme a lo señalado en este estudio ambiental. 40.6 La autoridad competente, durante la etapa de evaluación de la Evaluación Preliminar o DIA, según corresponda, puede disponer adicionalmente la realización de otros mecanismos de Participación Ciudadana en atención a las características particulares del proyecto y el entorno en el que se desarrolla, indicando al titular los argumentos considerados. Capítulo III Aplicación de Mecanismos de Participación Ciudadana para el EIA-sd Artículo 41.- Mecanismos de Participación Ciudadana en el EIA-sd 41.1 Cuando al proyecto de inversión le corresponda el EIA-sd, el Plan de Participación Ciudadana considera como mínimo el desarrollo de entrevistas o encuestas de opinión, la implementación del buzón de sugerencias, la habilitación de o fi cinas de información y participación; así como la realización de al menos dos (2) rondas de talleres participativos. El desarrollo de los mecanismos antes señalados se realiza conforme a lo establecido en los numerales siguientes. 41.2 Previo a la elaboración del EIA-sd, el titular debe realizar las entrevistas o encuestas de opinión y convoca y desarrolla la primera ronda de taller(s) participativo(s), considerando los grupos poblacionales identi fi cados. En la primera ronda de taller(s) participativo(s) el titular, como mínimo, informa a la población el inicio de la elaboración del EIA-sd, así como los alcances y características del proyecto de inversión, incluyendo el lugar en donde se desarrollará, el equipo que conforma la consultora ambiental encargada de elaborar el EIA-sd, los términos de referencia del EIA-sd, entre otros. 41.3 Iniciada la elaboración del EIA-sd, el titular habilita ofi cinas de información y participación e implementa el buzón de sugerencias, para lo cual debe publicar un aviso en un diario de circulación local del área de in fl uencia preliminar del proyecto y colocar un cartel o anuncio con vista a la vía pública más próxima al proyecto, de conformidad con el artículo 28 del presente Reglamento. Las opiniones, observaciones y/o aportes pueden ser recibidos de manera física. 41.4 En la etapa de evaluación del EIA-sd, la autoridad competente difunde la presentación de este en la casilla virtual de participación para recibir las opiniones, observaciones y/o aportes de la ciudadanía en un plazo máximo de diez (10) días hábiles. Asimismo, en esta etapa de evaluación, el titular convoca y desarrolla la segunda ronda de taller(s) participativo(s), considerando los grupos poblacionales identi fi cados. En esta ronda el titular, como mínimo, informa a la población el análisis realizado para la elaboración del EIA-sd, la identi fi cación y caracterización de los impactos ambientales, el Plan de Manejo Ambiental, entre otros. 41.5 La realización de los talleres participativos se rige por los artículos 20, 21, 22 y 23 del presente Reglamento. 41.6 La implementación del mecanismo de Participación Ciudadana posterior a la aprobación del EIA-sd se realiza conforme a lo señalado en el Plan de Relaciones Comunitarias, Plan de Gestión Social o similares. Capítulo IV Aplicación de Mecanismos de Participación Ciudadana para el EIA-d Artículo 42.- Mecanismos de Participación Ciudadana en el EIA-d 42.1 Cuando al proyecto de inversión le corresponda el EIA-d, el Plan de Participación Ciudadana considera como mínimo la realización de entrevistas o encuestas de opinión, de tres (3) rondas de talleres participativos, la implementación del buzón de sugerencias, la habilitación de o fi cinas de información y participación; así como la realización de al menos una audiencia pública. El desarrollo de los mecanismos antes señalados se realiza conforme a lo establecido en los numerales siguientes. 42.2 Previo a la elaboración del EIA-d, el titular implementa entrevistas o encuestas de opinión y la primera ronda de taller(s) participativo(s), considerando los grupos poblacionales identi fi cados. 42.3 Iniciada la elaboración del EIA-d, el titular habilita ofi cinas de información y participación e implementa el buzón de sugerencias, para lo cual debe publicar un aviso en un diario de circulación local del área de in fl uencia preliminar y colocar un cartel o anuncio con vista a la vía pública, de conformidad con el artículo 28 del presente Reglamento. Las opiniones, observaciones y/o aportes pueden ser recibidos de manera física y serán evaluados antes de realizarse el segundo taller participativo. Luego de implementado el mecanismo antes mencionado, el titular convoca y desarrolla la segunda ronda de taller(s) participativo(s), considerando los grupos poblacionales identi fi cados. 42.4 En la etapa de evaluación del EIA-d, la autoridad competente difunde la presentación de este en la casilla virtual de participación para recibir las opiniones, observaciones y/o aportes de la ciudadanía en un plazo máximo de diez (10) días hábiles. Asimismo, en esta etapa de evaluación, el titular convoca y desarrolla la tercera ronda de taller(s) participativo(s), considerando los grupos poblacionales identi fi cados. En esta ronda el titular, como mínimo, informa a la población el análisis realizado para la elaboración del EIA-d, la identi fi cación y caracterización de los impactos ambientales, el Plan de Manejo Ambiental, la Valoración económica de los impactos ambientales, y según corresponda el Plan de compensación, entre otros. 42.5 La realización de los talleres participativos se rige por los artículos 20, 21, 22 y 23 del presente Reglamento. 42.6 En la etapa de evaluación del EIA-d se realiza al menos una ronda de audiencia(s) pública(s), la cual se rige por los artículos del 12 al 19 y del 24 al 26 del presente Reglamento. 42.7 La implementación del mecanismo de Participación Ciudadana posterior a la aprobación del EIA-d se realiza conforme a lo señalado en el Plan de Relaciones Comunitarias, Plan de Gestión Social o similares. En caso el titular considere en esta etapa la implementación del buzón de sugerencias, debe complementarse con al menos uno de los mecanismos de Participación Ciudadana previstos en el artículo 11 del presente Reglamento. Capítulo V Aplicación de mecanismos de Participación Ciudadana en la DAA Artículo 43.- Mecanismos de Participación Ciudadana en la DAA 43.1 En la etapa de elaboración de la DAA, el titular identi fi ca los actores involucrados dentro del área de infl uencia, señalando nombre de la institución o grupo social al que representa, dirección, información de contacto, entre otras. Esta información se presenta como anexo de la DAA. 43.2 Durante esta etapa, el titular implementa un buzón de sugerencias, para lo cual debe publicar un aviso en un diario de circulación local del área de in fl uencia de la actividad y colocar un cartel o anuncio con vista a la vía pública más próxima a la actividad en curso, de conformidad con el artículo 28 del presente Reglamento. Las opiniones, observaciones y/o aportes pueden ser recibidos de manera física. Adicionalmente, el titular realiza por lo menos uno de los siguientes mecanismos: charlas informativas, talleres, encuestas de opinión, entrevistas a la población del área de in fl uencia o habilitar una o fi cina de información y participación, considerando los grupos poblacionales identi fi cados. 43.3 En la etapa de evaluación de la DAA, la autoridad competente difunde la presentación de este en la casilla virtual de participación para recibir opiniones, observaciones y/o aportes de la ciudadanía en un plazo máximo de diez (10) días hábiles. 43.4 Se desarrolla por lo menos un taller participativo, considerando los grupos poblacionales identi fi cados,