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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / de 220 expedientes al 2° Juzgado de Paz Letrado de mismo distrito; y que la presidenta de la referida Corte Superior adopte las acciones pertinentes para elevar el bajo nivel resolutivo del 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados de Santiago por haber obtenido cada uno un avance de meta del 51%, menor al avance ideal del 57%. d) Mediante O fi cio N° 000237-2022-P-CSJLI-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima solicitó se culmine con el cierre de turno del 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Jesús María; al respecto, este juzgado de paz letrado, el cual tiene el turno cerrado, al mes de julio de 2022 presentó una carga pendiente de 1,087 expedientes, cifra superior a los 779 del 2° Juzgado de Paz Letrado del referido distrito, el cual tiene el turno abierto, las cuales se equipararían aproximadamente el 30 de setiembre del presente año; razón por la cual se considera conveniente culminar con el cierre de turno del 1° Juzgado de Paz Letrado de Jesús María; y que el presidente de la referida Corte Superior adopte las acciones pertinentes para mejorar el bajo nivel resolutivo del 1° Juzgado de Paz Letrado de Jesús María, por haber obtenido un avance de meta del 53%, el cual es menor al avance ideal del 57% y del muy bajo nivel resolutivo del 2° Juzgado de Paz Letrado del referido distrito, por haber presentado un avance de meta del 43%, mucho menor al referido avance ideal. e) Mediante O fi cio N° 001095-2022-P-CSJLE-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este solicitó ampliar el cierre de turno del Juzgado de Paz Letrado - Comisaría de Huaycán, Distrito de Ate, para el ingreso de expedientes de las especialidades familia y civil; al respecto, este juzgado de paz letrado al mes de julio de 2022 presentó una carga pendiente de 631 expedientes, cifra superior a la carga pendiente de 160 del Juzgado de Paz Letrado (MBJ-Huaycán) del referido distrito, y que de ampliarse el turno cerrado del Juzgado de Paz Letrado - Comisaría de Huaycán para el ingreso de expedientes de las referidas especialidades, estos equilibrarían su carga pendiente aproximadamente el 31 de marzo de 2023, considerándose conveniente una redistribución de expedientes; razón por la cual se considera conveniente culminar con el cierre de turno del Juzgado de Paz Letrado - Comisaría de Huaycán, para el ingreso de expedientes de las especialidades familia y civil; que este redistribuya la cantidad de 170 expedientes de la especialidad familia y 60 de la especialidad civil del Juzgado de Paz Letrado - Comisaría de Huaycán hacia el Juzgado de Paz Letrado (MBJ-Huaycán). Cuarto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1233-2022 de la cuadragésima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 21 de setiembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte y la señora Medina Jiménez por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Arequipa: 1.1 Culminar, a partir del 1 de octubre de 2022, con la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuquibamba, Provincia de Condesuyos, hacia el Distrito de Majes, Provincia de Caylloma, el cual culminará con tramitar los expedientes provenientes del Distrito de Majes. 1.2 Disponer que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa adopte las acciones pertinentes para que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Chuquibamba, Provincia de Condesuyos, mejore su bajo nivel resolutivo; en razón que al mes de julio de 2022 obtuvo un avance de meta del 49%, el cual es menor al avance ideal a dicho mes del 57%. Artículo Segundo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Cusco: 2.1 Que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, por única vez redistribuya de manera aleatoria, al Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Camanti, Provincia de Quispicanchi, la cantidad de 140, 90 y 70 expedientes en etapa de trámite de las especialidades penal, familia y civil, respectivamente, con lo cual equilibrarían sus cargas pendientes; y al término de sus resoluciones se culminaría con la labor de itinerancia establecida. 2.2 Que el 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, Provincia de Cusco, redistribuya de manera aleatoria la cantidad de 220 expedientes en etapa de trámite al 2° Juzgado de Paz Letrado del referido distrito y provincia. 2.3 Que la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Cusco adopte las acciones pertinentes para que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del Distrito de Santiago, Provincia de Cusco, y el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, mejoren su bajo nivel resolutivo, en razón que al mes de julio de 2022 obtuvieron unos avances de meta del 51%, 51% y 49%, respectivamente, menores al avance ideal del 57%; así como para elevar el muy bajo nivel resolutivo del Juzgado de Paz Letrado de Camanti, Provincia de Quispicanchi, por haber obtenido un avance de meta del 46%, mucho menor al referido avance ideal del 57%. Artículo Tercero.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Lima: 3.1 Culminar, a partir del 1 de octubre de 2022, con el cierre de turno del 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Jesús María. 3.2 Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima adopte las acciones pertinentes para que el 1° Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Jesús María mejore su bajo nivel resolutivo, en razón que al mes de julio de 2022 obtuvo un avance de meta del 53%, el cual es menor al avance ideal de 57%; asimismo, para que el 2° Juzgado de Paz Letrado del referido distrito mejore su muy bajo nivel resolutivo, por haber obtenido un avance de meta del 43%, mucho menor al referido avance ideal del 57%. Artículo Cuarto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Lima Este: 4.1 Culminar, a partir del 1 de octubre de 2022, con el cierre de turno del Juzgado de Paz Letrado - Comisaría de Huaycán, Distrito de Ate, para el ingreso de expedientes de las especialidades familia y civil. 4.2 Que el Juzgado de Paz Letrado - Comisaría de Huaycán, Distrito de Ate, redistribuya de manera aleatoria la cantidad de 170 y 60 expedientes de las especialidades familia y civil, respectivamente, hacia el Juzgado de Paz Letrado (MBJ-Huaycán). Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Cusco, Lima, Lima Este; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2111027-5