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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (30/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 216

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Viernes 30 de setiembre de 2022 El Peruano / SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, con O fi cio Nº 001-2022-SG/MPGSC, el señor recurrente comunicó al Jurado Nacional de Elecciones que, el 2 de junio de 2022, el señor alcalde solicitó su licencia sin goce de haber desde dicha fecha, debido a su intención de participar como candidato al cargo de consejero regional en las ERM 2022. 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del concejo municipal en la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 004-2022, del 13 de junio de 2022, formalizándose a través del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 042-2022-MPGSC, de la misma fecha, por el periodo de ciento veinte (120) días hábiles. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de los plazos legales establecidos por la LER (ver SN 1.2.), y en la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, con lo cual se computan ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Provincial de General Sánchez Cerro y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), corresponde que este órgano electoral convoque a doña Tomasa Bedregal Cuarite, identi fi cada con DNI Nº 04720954, primera regidora hábil de su propia lista electoral, para que asuma, temporalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro. 2.5. Adicionalmente, corresponde convocar a doña Ángela Roxana Valdivia Montesinos, identi fi cada con DNI Nº 46990900, candidata no proclamada de la organización política Acción Popular, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de General Sánchez Cerro. 2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, del 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.7. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Luis Alberto Concha Quispitupac, alcalde de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Tomasa Bedregal Cuarite, identi fi cada con DNI Nº 04720954, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido del 6 de junio al 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. CONVOCAR a doña Ángela Roxana Valdivia Montesinos, identi fi cada con DNI Nº 46990900, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de General Sánchez Cerro, departamento de Moquegua, por el periodo comprendido desde el 6 de junio hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2110718-1 Convocan a ciudadano para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 3054-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022024579 TRUJILLO - LA LIBERTADLICENCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticuatro de agosto de dos mil veintidós VISTOS: el Ofi cio Nº 3406-2022-MPT-SG, presentado el 27 de junio de 2022 por don Favio Luciano Velazco Sánchez, secretario general del Concejo Provincial de Trujillo (en adelante, señor recurrente), y el O fi cio Nº 5 82-2022-MPT-A, presentado el 19 de julio del mismo año por don José Prudencio Ruiz Vega, alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, departamento de La Libertad (en adelante, señor alcalde), por medio de los cuales se comunicó la licencia concedida a la señora regidora Sandra Ivonne Trujillo Marreros, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. Con el O fi cio Nº 3406-2022-MPT-SG, referido en el visto, el señor recurrente informó de la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por la señora regidora a fi n de que se convoque a su reemplazo. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 061-2022-MPT, que aprobó dicha licencia a partir del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre del mismo año para su participación en las ERM 2022. 1.2. Por O fi cio Nº 08237-2022-SG/JNE, del 8 de julio de 2022, la Secretaría General de este órgano electoral solicitó al señor recurrente que remita la solicitud de licencia sin goce de haber presentada por la señora regidora, así como el Acta Nº 028-2022-MPT de la sesión ordinaria de concejo del 15 de junio del presente año. 1.3. A través del O fi cio Nº 582-2022-MPT-A, el señor alcalde remitió la documentación requerida. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú 1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación.