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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (21/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 21 de abril de 2023 El Peruano / prescribe que: “Los Decretos Regionales establecen normas reglamentos para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales”; Que, la Sub Gerencia de Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre lo solicitado; así como en el marco de las disposiciones legales en materia de organización del Estado, ha elaborado el Informe Nº 166-2022-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, contándose además con la opinión favorable de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emitida a través de la Opinión Legal Nº 1363-2022- GRAJ/GOB.REG.TACNA; Que, mediante Acta de Sesión de Directorio Gerencial Regional Nº 002-2022-DGR/GOB. REG .TACNA, se acordó por unanimidad aprobar el Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna; por lo cual debe procederse con su respectivo trámite administrativo hasta su aprobación mediante Decreto Regional. Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, modi fi cada por las Leyes Nº 27950 y Nº 28139, y en uso de las Facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; la Ordenanza Regional N° 016-2022- CR/GOB.REG.TACNA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, con visación de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Sub Gerencia de Modernización Institucional y la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica. DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el MANUAL DE OPERACIONES de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna; el mismo que consta de 177 Artículos, 03 Títulos, 05 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales y Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna a partir de la publicación del presente Decreto Regional en el Diario O fi cial El Peruano, realicen las acciones pertinentes para la adecuación de sus documentos de gestión a que diere lugar. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional en la separata de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano, y el texto íntegro del MOP y su organigrama institucional en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna. Artículo Cuarto.- DISPONER que el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, publique el contenido del presente Decreto Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Tacna. Artículo Quinto.- DISPONER que el presente Decreto Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de publicada la norma que deroga la Ordenanza Regional Nº 004-2009-CR/GOB.REG.TACNA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 2170418-1GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado por Ordenanza N° 1081 ORDENANZA N° 2539 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima;VISTOS: En sesión extraordinaria de la fecha; EL Dictamen N° 004-2023-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; En uso de las facultades señaladas en el artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO APROBADO POR ORDENANZA N° 1081 Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de San Juan de Lurigancho, aprobado mediante Ordenanza N° 1081, publicada el 7 de octubre de 2007 en el diario o fi cial El Peruano; de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), del predio de 16,029.70 m2, correspondiente al predio ubicado en el lote acumulado urbano conformado por el Lote 2 y Sublote 23A de la Manzana M, avenida Portada del Sol N° 870 - 1050, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, solicitado por la empresa Lindcorp Real Estate S.A.C; conforme al anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2.- Disponer que, para el desarrollo de usos residenciales, previamente la empresa solicitante debe dejar una vía local secundaria de acuerdo a lo dispuesto en el RNE- Norma TH. 0.30 y que, para futuros cambios de zoni fi cación dentro de esta zona industrial, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho vele por el cumplimiento de la segregación de usos conforme a lo establecido en las normas vigentes. Artículo 3.- Las actividades industriales formalmente localizadas, involucradas en el cambio de zoni fi cación de Industria Liviana (I2) a Comercio Zonal (CZ), podrán continuar funcionando hasta que cesen sus actividades. Artículo 4.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que incorpore en el plano de zoni fi cación de San Juan de Lurigancho, la modi fi cación aprobada en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Ordenanza al administrado y a la Municipalidad Distrital correspondiente. Artículo 6.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana