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20 NORMAS LEGALES Viernes 11 de agosto de 2023 El Peruano / Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Puerto Maldonado RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 280-2023-MIMP Lima, 10 de agosto de 2023Vistos, el Informe Técnico N° D000087-2023-MIMP- DSB-SDB y la Nota N° D000306-2023-MIMP-DSB de la Dirección de Sociedades de Bene fi cencia, la Nota N° D000469-2023-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y la Nota N° D000684-2023-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, establece que la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos (2) personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, asimismo, determina que la designación y remoción de los citados miembros es formalizada a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 103- 2020-MIMP se designa a la señora MARIA CRISTINA ACEITUNO VARGAS como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Puerto Maldonado, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la referida persona ha renunciado a continuar siendo miembro del Directorio al que se hace referencia en el considerando precedente, por lo que, resulta pertinente aceptar la citada renuncia, correspondiendo designar a quien la reemplazará; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora MARIA CRISTINA ACEITUNO VARGAS como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Puerto Maldonado, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor GERSON GABRIEL GUERRA POLANCO como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Puerto Maldonado, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2204162-1RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso de Frontera San Lorenzo - Extrema DECRETO SUPREMO Nº 016-2023-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso de Frontera San Lorenzo - Extrema, está constituido por la Nota RE (GAB) N° 6/15, de 23 de enero de 2020, suscrita por el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, y la Nota CITE: VCEI-DGICE-UIFCE-0548, de 9 de marzo de 2020, suscrita por la Ministra de Relaciones Exteriores de Bolivia; Que, en virtud del numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, el presente decreto supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; Estando al Informe (DGT-EPT) N° 8-2023; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Se rati fi ca el Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso de Frontera San Lorenzo - Extrema, constituido por la Nota RE (GAB) N° 6/15, de 23 de enero de 2020, suscrita por el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, y la Nota CITE: VCEI-DGICE-UIFCE-0548, de 9 de marzo de 2020, suscrita por la Ministra de Relaciones Exteriores de Bolivia. Artículo 2.- Publicación El Ministerio de Relaciones Exteriores proceda a publicar en el diario o fi cial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el texto íntegro del Acuerdo por Intercambio de Notas entre la República del Perú y el Estado Plurinacional de Bolivia para la Habilitación Permanente del Paso de Frontera San Lorenzo - Extrema y la fecha de su entrada en vigor. Artículo 3.- Dar cuenta al Congreso Se dé cuenta al Congreso de la República. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2204313-6