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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (16/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de agosto de 2023 El Peruano / PRODUCE Designan representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante los Núcleos Ejecutores de Compras (NEC) para los sectores productivos de Metalmecánica y de Textil – Confecciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000275-2023-PRODUCE Lima, 15 de agosto de 2023VISTO: El Memorando Nº 00000891-2023-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 00000323-2023-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU y el Informe N° 00000187-2023-PRODUCE/ COMPRAS-A-MYPERU-fbonnett, ambos del Programa Nacional Compras a MYPErú; y, el Informe N° 00001044-2023-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nos. 00310 y 00312-2022-PRODUCE se constituyen los Núcleos Ejecutores de Compras (NEC) para los sectores productivos de Textil –Confecciones y de Metalmecánica, respectivamente, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar Núcleos Ejecutores de Compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE; Que, con Resoluciones Ministeriales Nos. 00320 y 00322-2022-PRODUCE, se designan a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante los NEC para los sectores productivos de Metalmecánica y de Textil – Confecciones, respectivamente; Que, a través del Memorando N° 00000891-2023-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite el Memorando N° 00000323-2023-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU del Programa Nacional Compras a MYPErú, que hace suyo el Informe N° 00000187-2023-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-fbonnett, por el cual se propone el proyecto de Resolución Ministerial para dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante las Resoluciones Ministeriales Nos. 00320 y 00322-2022-PRODUCE y designar a los nuevos representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante los NEC para los sectores productivos de Metalmecánica y de Textil – Confecciones; Que, en consecuencia, resulta necesario dar por concluidas las designaciones a que se re fi eren los considerandos precedentes y designar a los nuevos representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante los NEC para los sectores productivos de Metalmecánica y de Textil – Confecciones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar Núcleos Ejecutores de Compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones a que se re fi eren las Resoluciones Ministeriales Nos. 00320-2022-PRODUCE y 00322-2022-PRODUCE, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante los Núcleos Ejecutores de Compras (NEC) para los sectores productivos de Metalmecánica y de Textil – Confecciones, según se detalla a continuación: - Representante Titular: Joshelin Miguel Romero Carrillo, Coordinador General de Núcleo Ejecutor de Compra para el Programa Nacional Compras a MYPErú, quien desempeñará el cargo de Presidente del Directorio de los Núcleos Ejecutores de Compras (NEC) para los sectores productivos de Metalmecánica y de Textil – Confecciones. - Representante Alterno: Francisco Roberto Bonnett Escobar, Especialista Legal del Programa Nacional Compras a MYPErú. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de la Producción 2205589-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo por Intercambio de Comunicaciones entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) DECRETO SUPREMO Nº 017-2023-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo por Intercambio de Comunicaciones entre la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) sobre la continuidad del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL), fue formalizado por la Nota RE (MIN) N ˚ 7-10-P/42 del 29 de diciembre de 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, y la Carta del 20 de febrero de 2023 de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; Que, en virtud del numeral 18 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, el presente decreto supremo se encuentra excluido del alcance del AIR Ex Ante por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria (CMCR) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado tratado; Estando al Informe (DGT-EPT) Nº 9-2023; y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y por el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647;