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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (16/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de agosto de 2023 El Peruano / Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor del Ministerio de Defensa, para fi nanciar el pago de la boni fi cación excepcional para los docentes nombrados de las instituciones educativas de educación básica y los docentes nombrados y contratados de institutos de educación superior a cargo del Ministerio de Defensa, en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 49 de la Ley Nº 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales y dicta otras medidas; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 00769-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; complementado por el O fi cio Nº 00695-2023-MINEDU/SPE-OPEP de la citada O fi cina, que adjunta el Informe Nº 01208-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP; Que, con el Memorando Nº 0915-2023-EF/53.04 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, se remite el Informe Nº 1729-2023-EF/53.04 de la Dirección de Gestión de Personal Activo, mediante el cual se señala que en estricta sujeción a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y a la información remitida por el Ministerio de Educación, el costo estimado para fi nanciar el otorgamiento, por única vez, de la boni fi cación excepcional a favor de los docentes nombrados de las instituciones educativas de educación básica y docentes nombrados y contratados de institutos de educación superior a cargo del Ministerio de Defensa, acordado en los Convenios Colectivos a Nivel Descentralizado en el Ámbito Sectorial 2022-2023, asciende a la suma de S/ 1 137 150,00 (UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor de 1 149 bene fi ciarios; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma S/ 1 137 150,00 (UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación a favor del Ministerio de Defensa, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 49 de la Ley Nº 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales y dicta otras medidas; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 137 150,00 (UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, para fi nanciar el pago de la boni fi cación excepcional para los docentes nombrados de las instituciones educativas de educación básica y los docentes nombrados y contratados de institutos de educación superior a cargo del Ministerio de Defensa, en el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 49 de la Ley Nº 31728, Ley que aprueba créditos suplementarios para el fi nanciamiento de mayores gastos en el marco de la reactivación económica, a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales y dicta otras medidas, de acuerdo al siguiente detalle:DE LA: EN SOLES SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : M. de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 024 : Sede CentralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 137 150,00 ============ TOTAL EGRESOS 1 137 150,00 ============ A LA: EN SOLESSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : M. de DefensaUNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército PeruanoPROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PRODUCTO 3000726 : Personal con Educación y Formación Militar ACTIVIDAD 5005272 : Educación Continua para MilitaresFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 184 800,00 UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PRODUCTO 3000726 : Personal con Educación y Formación Militar ACTIVIDAD 5005272 : Educación Continua para MilitaresFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 467 000,00 UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú PROGRAMA PRESUPUESTAL 0135 : Mejora de las Capacidades Militares para la Defensa y el Desarrollo Nacional PRODUCTO 3000726 : Personal con Educación y Formación Militar ACTIVIDAD 5005272 : Educación Continua para MilitaresFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 485 350,00 ============ TOTAL EGRESOS 1 137 150,00 ============ 1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo “Transferencia de Partidas para fi nanciar el pago de la boni fi cación excepcional para los docentes nombrados de las instituciones educativas de educación básica y los docentes nombrados y contratados de institutos de educación superior a cargo del Ministerio de Defensa”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31