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76 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de agosto de 2023 El Peruano / Residuos sólidos.- Residuo sólido es cualquier objeto, material, sustancia o elemento resultante del consumo o uso de un bien o servicio, del cual su poseedor se desprenda o tenga la intención u obligación de desprenderse, para ser manejados priorizando la valorización de los residuos y en último caso, su disposición fi nal. Los residuos sólidos incluyen todo residuo o desecho en fase sólida o semisólida. También se considera residuos aquellos que siendo líquido o gas se encuentran contenidos en recipientes o depósitos que van a ser desechados, así como los líquidos o gases, que por sus características fi sicoquímicas no puedan ser ingresados en los sistemas te tratamiento de emisiones y e fl uentes y por ello no pueden ser vertidos al ambiente. En estos casos los gases o líquidos deben ser acondicionados de forma segura para su adecuada disposición fi nal. Reutilización.- Toda actividad que permita reaprovechar directamente el bien, artículo o elemento que constituye el residuo sólido, con el objeto de que cumpla el mismo fi n para el que fue elaborado originalmente. Semisólido.- Material o elemento que normalmente se asemeja a un lodo y que no posee su fi ciente líquido para fl uir libremente. Segregación.- Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especia l. Tecnología limpia.- Proceso de fabricación o una tecnología integrada en el proceso de producción, concebido para reducir, durante el propio proceso, la generación de residuos contaminantes. Tratamiento.- Cualquier proceso, método o técnica que permita modi fi car la característica física, química o biológica del residuo sólido, a fi n de reducir o eliminar su potencial peligroso de causar daños a la salud y el ambiente, con el objetivo de prepararlo para su posterior valorización o disposición fi nal. Valorización.- Cualquier operación cuyo objetivo sea que el residuo, uno o varios de los materiales que lo componen, sea reaprovechado y sirva una fi nalidad útil al sustituir a otros materiales o recursos en los procesos productivos. La valorización puede ser material o energética. Valorización energética.- Constituyen operaciones de valorización energética, aquellas destinadas a emplear residuos con la fi nalidad de aprovechar su potencial energético, tales como: Co procesamiento, co incineración, generación de energía en base a procesos de biodegradación, biochar, entre otros. Valorización material.- Constituyen operaciones de valorización material: reutilización, reciclado, compostaje, recuperación de aceites, bio-conversión, entre otras alternativas que, a través de procesos de transformación física, química, u otros demuestren su viabilidad técnica, económica o ambiental. TÍTULO II DEL PROGRAMA DE FORMALIZACIÓN DE RECICLADORES PARA REALIZAR LA RECOLECCIÓN SELECTIVA EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo 4º.- Promoción de la formalización de organizaciones de recicladores con personería jurídica La Municipalidad Distrital de Comas, promueve la formación de organizaciones de Recicladores que cuenten con personería jurídica, que cumplan con los aspectos técnicos establecidos en la presente Ordenanza para ser incorporados al Programa de Formalización de Recicladores para realizar la recolección selectiva. Artículo 5º.- Objetivo del Programa de Formalización de Recicladores para realizar la recolección selectiva El Programa de Formalización de Recicladores de Residuos Sólidos a cargo de la Municipalidad de Comas, tiene como objetivo general lograr el desarrollo humano, generando inclusión socio económica de los Recicladores a través de puestos de trabajo dignos, concientizando a la población de la importancia de la actividad del reciclaje en relación a la disminución de la contaminación ambiental mediante la implementación de un modelo integrado para el reaprovechamiento de los residuos sólidos como base de la cadena productiva de reciclaje. Asimismo, tiene como objetivo especí fi co: 5.1 Diseñar e implementar políticas públicas, normatividad especializada y Programas de Segregación en la Fuente, Recolección Selectiva, y Formalización de Recicladores. 5.2 Fortalecer las capacidades organizativas, técnico operativas y empresariales de las organizaciones de recicladores con personería jurídica. Artículo 6º.- Elaboración del estudio situacional de reciclaje La Municipalidad Distrital Comas en el ámbito de su jurisdicción, deberá elaborar el Estudio Situacional del Reciclaje. Dicho estudio será realizado en base a lo dispuesto en el artículo 28º del Decreto Supremo N 005-2010-MINAM. El Estudio situacional adicionalmente contempla la capacidad máxima de recicladores a ser incorporados en el distrito de Comas. Artículo 7º.- Elaboración del Plan Técnico Operativo para la Recolección Selectiva La Municipalidad Distrital de Comas, en base al Estudio Situacional del Reciclaje, diseñará un Plan Técnico Operativo para la Recolección Selectiva, con la participación de las organizaciones de Recicladores con personería jurídica, con la fi nalidad de estandarizar el servicio de recolección selectiva de los residuos sólidos operado por Recicladores, así como lograr la incorporación progresiva de la totalidad de predios ubicados en la jurisdicción del distrito de Comas, debiendo actualizar cada 2 años para el ámbito de intervención. El Plan Técnico Operativo para la Recolección Selectiva será realizado en base a lo dispuesto en el artículo 29º del Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM. Artículo 8º.-Equipos de protección personal e indumentaria para los recicladores formalizados que realizan recolección selectiva y transporte de residuos sólidos Todo Reciclador formalizado que realiza la recolección selectiva y el transporte de residuos sólidos contando con el siguiente equipo de protección personal e indumentaria de uso obligatorio: a) Guantes de cuero. b) Mascarillas con fi ltro recargable. c) Zapato cerrados o zapatillas que faciliten el desplazamiento continuo d) Uniforme de tela drill color azulino u oscuro (mameluco o camisa y pantalón, y en el caso de las madres gestantes usarán overol de maternidad), con aplicación de cinta re fl ectiva de seguridad, de dos (02) pulgadas de ancho, color plateado ubicado en: pecho, espalda, cintura y piernas a la altura de la rodilla e) Polo de algodónf) Protector de cabeza: sombrero, gorro o casco. Artículo 9º.-Vehículos de recolección selectiva y transporte de residuos sólidos Para la recolección selectiva de los residuos, los Recicladores podrán utilizar los siguientes vehículos debidamente identi fi cados con distintivo proporcionado por la Municipalidad: a) Vehículo convencional: camiones barandas, camiones semi mecanizados para contenedores de gran capacidad y camiones similares, (Camiones compactadores de ser necesario) b) Vehículos no convencionales: Triciclos (a pedal y motorizado), moto furgón u otro similar. Artículo 10º.- Características generales de los tipos de vehículos no convencionales de recolección selectiva y transporte de residuos sólidos Todos los vehículos motorizados deberán contar con tarjeta propiedad y el conductor deberá acreditar tener