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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (23/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023 El Peruano / calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 5.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 5.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces, en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 6.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 4.1 del artículo 4 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Derogación del artículo 1 del Decreto Supremo N° 066-2023-EF Derogar el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 066- 2023-EF, Decreto Supremo que aprueba el nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas y autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 en favor de las universidades públicas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas MAGNET CARMEN MÁRQUEZ RAMÍREZ Ministra de Educación 2207975-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de un gobierno regional DECRETO SUPREMO Nº 184-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el numeral 29.1 del artículo 29 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los gobiernos regionales, para fi nanciar, durante el Año Fiscal 2023, la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2022; cuya programación de turnos y citas debe implementarse a través de un aplicativo informático dispuesto para ello; Que, asimismo, el numeral 29.1 del citado artículo dispone que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último; previa validación por parte del Ministerio de Salud del Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el gobierno regional, según corresponda; además, dispone que a los gobiernos regionales que se les hayan transferido recursos en el marco del numeral señalado, emiten un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y fi nanciero de la ejecución de dichos recursos, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en funcionamiento de los servicios; Que, mediante el O fi cio N° D003047-2023-SG- MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor del Gobierno Regional de Lima, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud II-2 Hospital Rezola; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° D000508-2023-OGPPM-OP-MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el Informe N° D000045-2023-DGOS-RTP-MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud del citado Ministerio, mediante el cual señala la fecha de entrada en funcionamiento del Establecimiento de Salud II-2 Hospital Rezola y valida su Plan de Implementación Multianual (PIM) 2023-2025, aprobado por el Gobierno Regional de Lima mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 276-2023-GOB; Que, a través del Memorando N° 1098-2023-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 1996-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite el costo estimado para el fi nanciamiento de las contrataciones del personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, para el periodo octubre a diciembre del 2023, como parte de la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud II-2 Hospital Rezola del Gobierno Regional de Lima, solicitado por el Ministerio de Salud; Que, en tal sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma S/ 15 788 162,00 (QUINCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, a favor del Gobierno Regional de Lima, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 29.1 del artículo 29 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 15 788 162,00 (QUINCE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional de Lima, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Establecimiento de Salud II-2 Hospital Rezola, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : M. de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA