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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (17/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Domingo 17 de diciembre de 2023 El Peruano / las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fi n de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y discriminación; La Ley Nº 27867 – Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las funciones especí fi cas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a la políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia, a su vez, el artículo 86º de la misma norma, establece, son funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, literal c) Formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevención de la violencia políticas, familiar y sexual; A traves de la Ordenanza Regional Nº 011-2018-CR- GRL, de fecha 28 de noviembre de 2018, se aprueba la creación de la Instancia Regional de Concertación de la Región Lima para la prevención, sanción y erradicación de la Violencia contra la Mujer y los integrantes del Grupo Familiar de conformidad con la Ley Nº 30364 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2016-MIMP, en cuyo mérito la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Lima, asume la Secretaría Técnica de esta instancia; Los observatorios regionales son mecanismos de articulación y coordinación de las Instancias Regionales de Concertación que brindan información y generan conocimientos, en sus ámbitos territoriales, sobre la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, así como de las intervenciones generadas para su prevención, atención y protección de las víctimas, y/o sanción y reeducación de las personas agresoras, a través de la presentación de estadísticas, normativas (ordenanzas o resoluciones), red de servicios locales, entre otros; Mediante Memorando Nº 1245-2023-GRL/GRPPAT, suscrito por la Mg. Yanet Liliana Lunarejo Luna – Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se otorga atención de disponibilidad presupuestal para el costo de publicación de la Ordenanza Regional que: “CREA EL OBSERVATORIO REGIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN LA REGIÓN LIMA”; Mediante, Informe Legal Nº 0809-2023-GRL-SGRAJ, la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica opina declarar la fundabilidad de la petición realizada por la Gerencia Regional de Desarrollo Social respecto de la aprobación de la Ordenanza Regional que: “CREA EL OBSERVATORIO REGIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN LA REGIÓN LIMA”; En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 15 de setiembre de 2023; desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes, se dio cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los consejeros regionales participantes de la sesión ordinaria del consejo regional, y; En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modi fi catorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433; HA APROBADO LA ORDENANZA REGIONAL QUE: “CREA EL OBSERVATORIO REGIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN LA REGIÓN LIMA” Artículo Primero.- APROBAR LA CREACIÓN DEL OBSERVATORIO REGIONAL CONTRA LA VIOLENCIA DE LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN LA REGIÓN LIMA. Artículo Segundo.- INSTALAR el Consejo Directivo del Observatorio Regional contra la Violencia de las Mujeres y los Integrantes del grupo familiar en la región de Lima, conformado por: • Gerente Regional de Desarrollo Social – (preside)• Un representante del Programa Nacional Aurora. • Un representante de la División Policial de Huacho.• Un representante de la División Policial de Cañete.• Un representante de la Dirección Regional de Salud – DIRESA. • Un representante de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura. • Un representante de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete. • Un representante de la Corte Superior de Justicia de Huaura. • Un representante de la Corte Superior de Justicia de Cañete. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la gestión y nombramiento del equipo técnico para el Observatorio Regional, así como efectuar las gestiones para el desarrollo del portal web del Observatorio Regional. Artículo Cuarto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura, pase a comisiones y aprobación de acta. Artículo Quinto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fi nes. En Huacho, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés. POR TANTO: Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. JOSÉ ANTONIO CAICO FERNÁNDEZ Presidente del Consejo RegionalConsejo Regional Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil veintitrés. ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO Gobernadora Regional de Lima 2227896-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Ordenanza Municipal que crea el Sistema Local de Gestión Ambiental (SGLA) del distrito de La Perla ORDENANZA MUNICIPAL N° 20-2023-MDLP La Perla, 23 de noviembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de noviembre de 2023; el Dictamen N° 03-2023-MDLP/