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150 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / de prepararse y estudiar su caso para brindar un mejor servicio a su patrocinado y, de ser el caso, al justiciable. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000499-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso reconocer y felicitar la participación del ilustre Jurado del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023, por su labor y compromiso en la evaluación de los equipos en las distintas etapas de la competencia. Tercero. Que, al respecto, el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil mediante O fi cio N° 000267-2023-P-ETIIOC-CE-PJ, remite a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000158-2023-ST-ETIIOC-CE-PJ, en el que se informa la participación del señor Benjamín Israel Morón Domínguez, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, como jurado en las Audiencias Preliminares, Región Lima-Callao, del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023; sin embargo, por error material, no ha sido considerado en la Resolución Administrativa N° 000499-2023-CE-PJ. En ese sentido, solicita que se incorpore al mencionado juez, en el reconocimiento y felicitación como jurado del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil, por el compromiso mostrado con la institución y el aporte a la formación de los futuros jueces/zas y abogados/as del país. Cuarto. Que, estando a lo expuesto por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, y teniendo en consideración que es política de este Órgano de Gobierno reconocer el desempeño de jueces y servidores de este Poder del Estado, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y/o administrativas, conforme a lo previsto en el artículo 233 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; así como en el ejercicio de la facultad conferida en el artículo 82, inciso 26), del mismo cuerpo legal, que determina como una de las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia, resulta pertinente emitir el acto administrativo correspondiente. Por estos fundamentos; mérito al Acuerdo N° 2108- 2023 de la quincuagésima octava sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de diciembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar en la Resolución Administrativa N° 000499-2023-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el reconocimiento y felicitación del ilustre Jurado del Concurso Nacional Interuniversitario de Litigación Oral Civil 2023, por su labor y compromiso en la evaluación de los equipos en las distintas etapas de la competencia: Dr. Benjamín Israel Morón DomínguezJuez de la Corte Superior de Justicia de Lima Este Artículo Segundo.- Disponer que el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil notifi que la presente resolución al juez mencionado. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lima Este, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2249185-1Disponen que las Cortes Superiores de Justicia del país deben proceder a la convocatoria de los Concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en su jurisdicción; así como culminar los concursos iniciados, o realizar nuevos concursos en los casos que se requiera Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000544-2023-CE-PJ Lima, 27 de diciembre del 2023 VISTOS:El O fi cio Nº 001838-2023-P-CSJAM-PJ cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Amazonas; y la Resolución Administrativa Nº 000428-2023-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero.- Que, por Resolución Administrativa Nº 353-2019-CE-PJ de fecha 21 de agosto de 2019, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Asimismo, di fi rió la aplicación del documento aprobado hasta que se efectúe la reestructuración de la O fi cina de Meritocracia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; dependencia encargada, entre otros, de la dirección del Concurso Público para la Selección de Jueces Supernumerarios. Posteriormente, se modi fi có la referida resolución mediante Resolución Administrativa Nº 452-2019-CE-PJ del 15 de noviembre de 2019. Segundo.- Que, asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 488-2019-CE-PJ se dispuso la entrada en vigencia del “Reglamento de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial” aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 353-2019-CE-PJ, a partir del 3 de enero de 2020. Tercero.- Que, por la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19, se imposibilitaba la aplicación integral del referido reglamento; por lo que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 399-2020-CE-PJ, aprobó temporalmente el “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Posteriormente, mediante Resolución Administrativa Nº 000236-2021-CE-PJ, se dispusieron medidas complementarias para la aplicación del “Reglamento Transitorio de Selección y Registro de Jueces Supernumerarios del Poder Judicial”. Cuarto.- Que, a través de la Resolución Administrativa Nº 000428-2023-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, se dispuso que las Cortes Superiores de Justicia del país procedan a la convocatoria o culminar en breve término, los Concursos de Selección de Jueces Supernumerarios en su jurisdicción. Asimismo, se estableció que para la designación de un juez o jueza, se procederá en el siguiente orden: a) Se designará al juez/a titular del grado inmediato anterior, como provisional; b) Ante la falta de ellos, se procederá a convocar al juez/a supernumerario/a de la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia; y c) En su defecto, a los abogados/as inscritos/as en la Nómina de Abogados Aptos para el desempeño como jueces/zas supernumerarios/as de la Corte Superior; señalándose que en defecto de los anteriores, se delega a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 31 de diciembre de 2023, la facultad para designar a trabajadores/as de su Distrito Judicial, o de otros Distritos Judiciales ante la falta de aquellos, como juez/a supernumerario/a; siempre y cuando cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos.