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148 NORMAS LEGALES Domingo 31 de diciembre de 2023 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Dan por concluido el Plan de Liquidación de la Ley N° 26636 en las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Piura, Huaura y Sullana Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000541-2023-CE-PJ Lima, 27 de diciembre del 2023VISTO: El O fi cio N.° 000649-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ que adjunta el Informe N.° 000140-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, mediante el cual da cuenta los resultados obtenidos con el despliegue del “Plan de Liquidación de la Ley N.° 26636”. CONSIDERANDO: Primero.- Que, actualmente en los Distritos Judiciales del país está vigente la Ley N.° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo; sin embargo, en las Cortes Superiores en las que se viene aplicando la citada Ley, aún se tiene carga procesal en trámite y/o ejecución con la Ley N.° 26636, por lo que es necesario que dichos expedientes sean liquidados oportunamente. Segundo.- Que, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo tiene como una de sus funciones, la de coadyuvar en la consolidación y fortalecimiento de la Ley N.° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, de conformidad con el artículo 9 del documento “Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo”, aprobado mediante Resolución Administrativa N.° 061-2013-CE-PJ y sus modi fi catorias. Tercero.- Que, a pesar que con el plan de liquidación aprobado en el año 2019, se logró una reducción de la carga en trámite en un 40 % en las Cortes Superiores de Justicia intervenidas; así como una reducción del 28 % a nivel nacional; en el año 2021 se advirtió que la carga en ejecución se incrementó paulatinamente a razón del 8 % anual, existiendo al mes de julio de 2021 una carga procesal de 20,145 expedientes en trámite y 63,605 expedientes en ejecución, con respecto a procesos judiciales tramitados con la Ley N.° 26636. Por lo que, mediante Resolución Administrativa N.° 000306-2021-CE-PJ de fecha 20 de setiembre de 2021 el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el “Plan de Liquidación de la Ley N.° 26636, correspondiente al año 2021”, a fi n de descongestionar la carga procesal laboral correspondiente a los Distritos Judiciales de Lima, Piura, Lima Este, Huaura, Sullana, Áncash, Lima Sur, Tacna y Loreto. Cuarto.- Que, mediante Resolución Administrativa N.° 000125-2022-CE-PJ, se dispuso prorrogar la vigencia del Plan de Liquidación de la Ley N.° 26636 hasta el 31 de diciembre de 2022; y, posteriormente, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 000473-2022-CE-PJ, 000064-2023-P-CE-PJ, 000258-2023-CE-PJ y 000403-2023-CE-PJ se amplió su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2023, prorrogando a su vez los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) del personal, aprobado por Resolución Administrativa N.° 000306-2021-CE-PJ. Quinto.- Que, al respecto, por O fi cio N.° 000649-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ que adjunta el Informe N.° 000140-2023-ST-ETIINLPT-CE-PJ, el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo da cuenta sobre las acciones desplegadas en forma conjunta con las Cortes Superiores de Justicia involucradas para llevar a cabo el “Plan de Liquidación de la Ley N.° 26636, correspondiente al año 2021”, prorrogado hasta diciembre de 2023. Sexto.- Que, el referido informe señala que de la información obtenida del Sistema Integrado Judicial (SIJ), se puede evidenciar que en el periodo de octubre de 2021 a octubre de 2023, se ha logrado reducir la carga procesal en la etapa de trámite y ejecución en un total de 7346 expedientes entre las cuatro Cortes Superiores de Justicia que actualmente forman parte del mencionado plan. Asimismo, el porcentaje ideal aproximado del 33 % de avance de la meta en un mes de actividades de liquidación del cuarto trimestre, no fue superado por las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Huaura y Sullana. No obstante, la Corte Superior de Justicia de Piura tuvo un avance respecto a la meta del 72 % superando el porcentaje ideal a un mes de actividades de cuarto trimestre. Asimismo, el informe indica que el personal disponible que atiende el Plan de Liquidación de la Ley N.° 26636 se encuentra al 37 % (49 plazas) de las 134 plazas previstas en las cuatro Cortes Superiores que actualmente forman parte del mencionado plan. En atención a lo expuesto, solicita que se apruebe fi nalizar el referido plan de liquidación en los Distritos Judiciales de Lima, Piura, Huaura y Sullana; y como consecuencia de ello, no renovar los Contratos Administrativos (CAS) del personal disponible en las referidas sedes judiciales. Sétimo. - Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; mérito al Acuerdo N.° 2122- 2023 de la quincuagésima octava sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 20 de diciembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Téngase por presentada la documentación remitida por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que informa sobre las acciones desplegadas para la ejecución del “Plan de Liquidación de la Ley N.° 26636, correspondiente al año 2021”, prorrogado al mes de diciembre de 2023, con el cual se ha logrado un avance notorio en el descongestionamiento de la carga procesal tramitada con la Ley N.° 26636 en los Distritos Judiciales de Lima, Piura, Huaura y Sullana. Artículo Segundo.- Dar por concluido el Plan de Liquidación de la Ley N.° 26636 en las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Piura, Huaura y Sullana, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023; en consecuencia, no renovar los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) del personal contratado para dicho fi n, en las mencionadas Cortes Superiores. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Cortes Superiores de Justicia de Lima, Piura, Huaura y Sullana, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2249181-1