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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (04/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Sábado 4 de febrero de 2023 El Peruano / ORDENANZA MUNICIPAL N° 392- MDASA DE FECHA 30 DE NOVIEMBRE DEL 2015, POR LA CUAL SE APRUEBA LA “ESTRUCTURA DE COSTOS DE LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, BARRIDO DE VÍAS, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE ALTO SELVA ALEGRE PARA EL EJERCICIO 2016”, ello conforme el análisis realizado en el Informe N° 0213-2022-GAT/MDASA. Artículo Segundo.- NOTIFICAR a la Gerencia de Administración Tributaria y demás unidades orgánicas involucradas. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal, en el Diario de Avisos Judiciales o Diario El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de Información y Comunicación su publicación en el Portal Institucional. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.Dado en Alto Selva Alegre, a los 16 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. SAMUEL TARQUI MAMANI Alcalde 2148457-1 Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre (Se publica la presente Resolución de Alcaldía a solicitud de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, mediante O ficio N° 029-2023-A/MDASA, recibido el 2 de febrero de 2023) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 135-2022-MDASA Alto Selva Alegre, 8 de julio de 2022VISTOS: El Decreto de Alcaldía N° 01-2017-MDASA de fecha 06 de enero del 2017, el Informe N° 111-2022-SGPR-GPP/MDASA de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, el Informe N° 335-2022-GPP/MDASA de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal N° 293-2022-GAJ-MDASA de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, prescribe que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que según lo denotado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala: “Son atribuciones del Alcalde: (…)6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”. Que, el artículo 43 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala: “Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo”. Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del DS. N° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenando de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, señala: “43.4 Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”. Que, el numeral 29.1 del artículo 29 del DS. N° 019-2019-VIVIENDA, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, señala: “29.1 En el marco del Sistema Nacional de Bienes Estatales, las entidades pueden constituir usufructo, servidumbre común, arrendamiento, cesión en uso, comodato u otros derechos que no impliquen enajenación del inmueble que se encuentra bajo su titularidad o administración, siempre que no se desnaturalice u obstaculice el normal funcionamiento del uso público del bien o la prestación del servicio público (…)”. Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 01-2017-MDASA de fecha 06 de enero del 2017, se aprueba el Texto Único de Servicios no Exclusivos (TUSNE) 2017 de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre. Que, mediante Informe N° 111-2022-SGPR-GPP/ MDASA de fecha 24 de junio del 2022, la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización informa que el Texto Único de Servicios no Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre cuenta con un total de 28 servicios no exclusivos (109 costos) y remite el expediente a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a fin que lo valide. Que, mediante Informe N° 335-2022-GPP/MDASA de fecha 24 de junio del 2022, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto valida el proyecto de Texto Único de Servicios no Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Alto Selva Alegre, el mismo que cuenta con un total de 28 servicios no exclusivos (109 costos) que se encuentran amparados dentro de la normatividad vigente conforme a la Ley N° 27444 y validado por las unidades orgánicas competentes: Cuadro N° 001 UNIDAD ORGÁNICAINFORME DE VALIDACIÓNCANTIDAD DE SERVICIOS NO EXCLUSIVOS Gerencia de Desarrollo Económico Local Subgerencia de Participación Ciudadana, Educación, Cultura y DeportesInforme N° 314-2022-SGPEC-GDEL/MDASA de 14/06/202205 servicios no exclusivos con su respectiva estructura de costos. Subgerencia de Promoción Empresarial y ComercializaciónInforme N° 455-2022-SGPCECD-GDEL/MDASA de 19/04/202209 servicios no exclusivos con su respectiva estructura de costos. Gerencia de Desarrollo y Promoción Social Subgerencia de Registro Civil y Separación ConvencionalInforme N° 033-2022-SGRCSC-GDPS/MDASA de 06/05/202203 servicios no exclusivos con su respectiva estructura de costos. Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental Subgerencia de Limpieza Pública y Gestión AmbientalInforme N° 290-2022-SGLPGA-GSCGA/MDASA de 06/05/202203 servicios no exclusivos con su respectiva estructura de costos. Subgerencia de Áreas VerdesInforme N° 168-2022-SGAV-GSCGA/MDASA de 10/05/202204 servicios no exclusivos con su respectiva estructura de costos. Subgerencia de Seguridad CiudadanaInforme N° 418-2022-SGSC-GSCGA/MDASA de 22/06/202202 servicios no exclusivos con su respectiva estructura de costos. Subgerencia de Mantenimiento de Infraestructura ExistenteInforme N° 199-2022-SGMIE-GSCGA/MDASA de 19/04/202202 servicios no exclusivos con su respectiva estructura de costos. Que, en atención a lo señalado, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal Nº 293-2022-GAJ-MDASA, es de la OPINIÓN que,