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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (04/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Sábado 4 de febrero de 2023 El Peruano / solidarios sean personas naturales y/o jurídicas que opten por la realización del pago anual adelantado del Impuesto Predial (cuatro cuotas) y Arbitrios Municipales (doce cuotas) del ejercicio fi scal 2023, los que obtendrán el descuento según el siguiente detalle: a) Pago total del año 2023, hasta el 28 de febrero, descuento del 20% del monto total de los arbitrios municipales generados para el ejercicio 2023. b) Pago total del año 2023, hasta el 31 de marzo, descuento del 15% del monto total de los arbitrios municipales generados para el ejercicio 2023. c) Pago total del año 2023, hasta el 31 de mayo, descuento del 10% del monto total de los arbitrios municipales generados para el ejercicio 2023. d) Pago total del año 2023, hasta el 31 de agosto, descuento del 05% del monto total de los arbitrios municipales generados para el ejercicio 2023. Es necesario tener en cuenta, que se cumple con la condición del pago anual adelantado para el caso de los Arbitrios Municipales, cancelando la totalidad de los mismos en cada anexo y/o predio. Artículo Segundo.- Los contribuyentes que hayan cancelado la totalidad del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2023 antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza municipal, podrán solicitar el incentivo tributario descrito en el literal a) del artículo precedente; procediendo la administración tributaria, a emitir el acto resolutivo que reconoce el crédito fi scal a favor del contribuyente por el monto equivalente al 20% de la totalidad de los arbitrios municipales del 2023. Artículo Tercero.- ESTABLECER para los contribuyentes que no se acogen a los incentivos tributarios detallados en el artículo precedente; que, los arbitrios municipales se abonan mensualmente hasta el último día hábil de cada mes conforme a las siguientes fechas de vencimiento: Nº cuota Fecha de VencimientoCuota Nº 01 31/03/2023 Cuota Nº 02 31/03/2023Cuota Nº 03 31/03/2023Cuota Nº 04 28/04/2023Cuota Nº 05 31/05/2023Cuota Nº 06 30/06/2023Cuota Nº 07 31/07/2023Cuota Nº 08 31/08/2023Cuota Nº 09 29/09/2023Cuota Nº 10 31/10/2023Cuota Nº 11 30/11/2023 Cuota Nº 12 29/12/2023 Artículo Cuarto.- ESTABLECER las fechas de vencimiento de las cuotas correspondientes al impuesto predial del ejercicio fi scal 2023: PAGO AL CONTADO : 31 DE MARZO PAGO FRACCIONADO PRIMERA CUOTA : 31 DE MARZO SEGUNDA CUOTA : 31 DE MAYOTERCERA CUOTA : 31 DE AGOSTOCUARTA CUOTA : 30 DE NOVIEMBRE Estas cuotas serán reajustadas con la variación del índice de precios al por mayor, que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Artículo Quinto.- FIJAR como monto mínimo a pagar por concepto del Impuesto Predial para el Ejercicio 2023, el monto de S/ 29.70 Soles (veintinueve con 70/100 soles), equivalente al 0.6 % de la UIT, vigente al 1 de enero del presente año. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el mismo que entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación.Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria, O fi cina de Administración y Finanzas, a la Unidad de Sistemas y Tecnología de la Información y Unidad de Finanzas el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza y a su vez la publicación de la misma en el Portal Institucional www.munivmt.gob.pe y en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe; y la Unidad de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primero.- FACULTAR al señor Alcalde dictar mediante Decreto de Alcaldía las medidas complementarias, así como la prórroga y/o suspensión de la presente Ordenanza, siempre que, la institución lo requiera. Segundo.- SUSPENDER todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza durante su vigencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2147651-1 Designan responsable de brindar información que se solicite a la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 40-2023-MVMT Villa María del Triunfo, 6 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: La Resolución de Alcaldía N° 01-2023-MVMT; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el Artículo 194º modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el numeral 5) del Artículo 2° de la Constitución política del Perú, establece “Toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga su pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”; Que, según lo establecido en el Artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, esta Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, en merito a lo establecido en el Artículo 8° ° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, “Las entidades obligadas a brindar información son las señaladas en el Artículo 2° de la presente Ley”, agregando que “Dichas entidades identi fi caran, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información