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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (04/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 4 de febrero de 2023 El Peruano / Quinta.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, Subgerencia de Fiscalización Tributaria y Reclamaciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Fiscalización, Subgerencia de Serenazgo, Fiscalización y Transporte, O fi cina de Tesorería, O fi cina de Atención al Ciudadano, Gestión Documental y Archivo y demás unidades orgánicas competentes de esta Corporación Municipal. Sexta.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe, así como la aplicación de la presente ordenanza en el Sistema Informático SIGET, y realizar las pruebas correspondientes hasta la normal aplicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OLIMPIO ALEGRÍA CALDERÓN Alcalde 2149003-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran desfavorable solicitud de Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Baja - RDB a Comercio Vecinal - CV, para predio ubicado en la Urb. La Capullana ACUERDO DE CONCEJO Nº 06-2023-ACSS Santiago de Surco, 27 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTOEl Concejo Municipal de Santiago de Surco, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO:El Dictamen N° 01-2023-CDU-MSS de la Comisión de Desarrollo Urbano, el Dictamen N° 02-2023-CAJ-MSS de la Comisión de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 95-2023-SG-MSS de la Secretaría General, que remite el Memorándum Nº 41-2023-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 2-2023-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 708-2022-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el O fi cio N° 2-2023-SGPUC- GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 697-2022-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Memorándum Nº 751-2022-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información, los Memorándums Nº 1786 y Nº 1871-2022-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, el Memorándum N° 893-2022-SGTRA-GSEGC-MSS de la Subgerencia de Tránsito, Documento Simple Nº 2728752022 de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima; sobre declarar desfavorable la solicitud de Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja - RDB a Comercio Vecinal – CV; y CONSIDERANDO:Que, el numeral 5) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal: “Aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de las Áreas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos, y demás planes especí fi cos sobre la base del Plan de Acondicionamiento Territorial”; Que, el numeral 9.4 del artículo 9° de la Ordenanza N° 2086, Ordenanza que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 13.04.2018, señala que: “9.4 Una vez realizada la veri fi cación señalada en el literal 9.2 y dentro de los ocho (08) días hábiles siguientes de ingresada la petición, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas remitirá una (01) copia de la misma a la Municipalidad Distrital en donde se ubica el predio, a fi n que, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes, dicha Municipalidad Distrital, realice las siguientes acciones: 9.4.1 El levantamiento de la opinión de la población vecina colindante, directamente involucrada con la petición de cambio de zoni fi cación, a través del Formulario Único de Consulta Vecinal (FUCV). Para el caso de los predios ubicados en el Cercado de Lima, la consulta se realizará a través de la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de Lima o de la Unidad Orgánica que haga las veces de dicha Gerencia. 9.4.2 Exhibir por un período de quince (15) días hábiles, en la página web institucional y en un lugar visible de la sede principal u otra sede de la municipalidad distrital, según se estime pertinente, un plano de zoni fi cación donde se incluirá la ubicación y descripción del cambio de zonifi cación recibido, a fi n de que las instituciones y vecinos en general del distrito puedan emitir su opinión sobre la propuesta planteada, debidamente fundamentada y por escrito, mediante el Formulario Único de Consulta Vecinal (FUCV), los cuales serán entregados directamente a la Municipalidad Distrital dentro del período de exhibición. La Municipalidad Distrital realizará la consolidación de las opiniones vecinales recibidas. 9.4.3 La Municipalidad Distrital, bajo responsabilidad, realizará la evaluación de la petición de cambio de zonifi cación, la misma que será elevada al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo, donde se expresará la opinión sustentada respecto de lo solicitado. La opinión emitida por la Municipalidad Distrital no tiene carácter vinculante. 9.4.4 El resultado de la evaluación efectuada por parte de la Municipalidad Distrital, será comunicado a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, adjuntado la documentación que sea pertinente, dentro del plazo máximo de treinta (30) días señalado en literal 9.4. 9.4.5 Si la Municipalidad Distrital no comunica su pronunciamiento, dentro del plazo señalado en el literal que antecede, se considerará como una opinión favorable; pudiendo la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas continuar con el procedimiento regulado en la presente Ordenanza.” Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del O fi cio N° D000715-2022-MML-GDU-SPHU (Documento Simple Nº 2728752022 de fecha 25.11.2022), remite copia de la solicitud de cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Vecinal (CV), para el predio de 119.97 m2., ubicado en Lote 34, Mz. G, ubicado en la Av. Los Tallanes (hoy Av. Mariscal Castilla), Urb. La Capullana, Distrito de Santiago de Surco, presentada por la Sra. Carla Elizabeth Méndez Chacón Rodríguez y el Sr. Pedro Eugenio Méndez Chacón Rodríguez; Que, la Gerencia de Participación Vecinal, mediante Memorándum Nº 1786-2022-GPV-MSS de fecha 30.12.2022, remite el resultado de la encuesta vecinal, sobre un total de 23 encuestas realizadas, siendo el resultado consolidado el siguiente: De acuerdo (4) y en desacuerdo (19);