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68 NORMAS LEGALES Sábado 4 de febrero de 2023 El Peruano / Que, la Gerencia de Tecnologías de la Información, mediante el Memorándum Nº 751-2022-GTI-MSS de fecha 23.12.2022, señala que se procedió con la publicación en el Portal Web de la Municipalidad del cambio de zoni fi cación submateria, por el plazo de 15 días útiles. Asimismo, la Gerencia de Participación Vecinal con el Memorándum Nº 1871-2022-GPV-MSS de fecha 23.12.2022, señala que desde el día 30 de noviembre hasta el 22 de diciembre de 2022, se procedió a exhibir la presente petición de cambio de zoni fi cación en los locales municipales del Centro de Atención Surcano - CAS, Palacio Municipal, Loma Amarilla, Jockey Plaza y Villa Alegre, por el plazo de 15 días hábiles; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, a través del Informe Nº 697-2022-SGPUC-GDU-MSS de fecha 23.12.2022, remite el Informe Técnico Nº 017-2022/PDA de fecha 23.12.2022, el cual encuentra conforme y hace suyo en todos sus extremos, concluyendo que la propuesta de cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja - RDB a Comercio Vecinal - CV del predio ubicado en el Lote 34, Mz. G, frente a la Av. Mariscal Ramón Castilla, Urb. La Capullana, Distrito de Santiago de Surco, con un área de 119.97 m2, presentada por los señores Carla Elizabeth Méndez Chacón Rodríguez y Pedro Eugenio Méndez Chacón Rodríguez, resulta DESFAVORABLE. En tal sentido, solicita se emita el Acuerdo de Concejo respectivo en cumplimiento de lo establecido en el numeral 9.4.3 del artículo 9 de la Ordenanza Nº 2086, que regula el cambio de zoni fi cación en Lima Metropolitana; Que, con O fi cio N° 2-2023-SGPUC-GDU-MSS de fecha 11.01.2023, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, solicita a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la ampliación de plazo de 30 días útiles para cumplir con la remisión del Acuerdo de Concejo correspondiente, considerando el proceso de transferencia de gestión; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Memorándum Nº 2-2023-GAJ-MSS de fecha 05.01.2023, teniendo en cuenta los actuados generados, así como la normativa vigente sobre la materia, concluye opinando que la solicitud de cambio de zoni fi cación presentada mediante Documento Simple N° 2728752022 ha sido tramitada conforme al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 2086-MML, habiendo emitido la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Técnico correspondiente en el cual se concluye que el cambio de zoni fi cación contenido en la mencionada solicitud es desfavorable; Que, la Gerencia Municipal, mediante Memorándum Nº 1-2023-GM-MSS de fecha 10.01.2023, teniendo en cuenta las opiniones de la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita la elevación de los actuados al Concejo Municipal, para la emisión del Acuerdo de Concejo correspondiente y posterior remisión a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Comisión de Desarrollo Urbano, mediante Dictamen N° 01-2023-CDU-MSS de fecha 18.01.2023 la Comisión de Desarrollo Urbano, recomienda al pleno del Concejo Municipal, declarar desfavorable la solicitud de Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja - RDB a Comercio Vecinal – CV, para el predio con un área de 119.97 m2, ubicado en el Lote 34, Mz. G, frente a la Av. Mariscal Ramón Castilla, Urb. La Capullana, Distrito de Santiago de Surco, presentada por los señores Carla Elizabeth Méndez Chacón Rodríguez y Pedro Eugenio Méndez Chacón Rodríguez; de conformidad con lo regulado en la Ordenanza Nº 2086 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en la misma línea, a través del Dictamen N° 02-2023-CAJ-MSS de fecha 18.01.2023, la Comisión de Asuntos Jurídicos, recomienda al pleno del Concejo Municipal, declarar desfavorable la solicitud de Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja - RDB a Comercio Vecinal - CV, para el predio con un área de 119.97 m2, ubicado en el Lote 34, Mz G, frente a la Av. Mariscal Ramón Castilla, Urb. La Capullana, Distrito de Santiago de Surco, presentada por los señores Carla Elizabeth Méndez Chacón Rodríguez y Pedro Eugenio Méndez Chacón Rodríguez; de conformidad con lo regulado en la Ordenanza Nº 2086 de la Municipalidad Metropolitana de Lima;Estando el Dictamen N° 01-2023-CDU-MSS de fecha 17.01.2023 de la Comisión de Desarrollo Urbano y el Dictamen N° 02-2023-CAJ-MSS de fecha 18.01.2023 de la Comisión de Asuntos Jurídicos y demás actuados, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó el siguiente: ACUERDO:Artículo Primero.- DECLARAR DESFAVORABLE la solicitud de Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Baja - RDB a Comercio Vecinal – CV, para el predio con un área de 119.97 m2, ubicado en el Lote 34, Mz G, frente a la Av. Mariscal Ramón Castilla, Urb. La Capullana, Distrito de Santiago de Surco, presentada por los señores Carla Elizabeth Méndez Chacón Rodríguez y Pedro Eugenio Méndez Chacón Rodríguez; de conformidad con lo regulado en la Ordenanza Nº 2086 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario o fi cial El Peruano, así como la remisión de los presentes actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente; asimismo, a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a la Gerencia de Desarrollo Urbano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2148754-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Ordenanza que establece el Programa Especial de Regularizacion Tributaria - PERT 2023 ORDENANZA N° 347-MVMT Villa María del Triunfo, 30 de enero de 2023EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Villa María del Triunfo en Sesión Ordinaria de la fecha y; VISTO: El Informe Nº 05-2023-GAT/MVMT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 12-2023-OAJ/MVMT de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 057-2023-GM-MVMT de la Gerencia Municipal, respecto a la Ordenanza que establece el Programa Especial de Regularización Tributaria - PERT 2023 en el distrito de Villa María del Triunfo, y; CONSIDERANDO: Que el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado mediante Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;