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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (12/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Domingo 12 de febrero de 2023 El Peruano / VISTOS El O fi cio Nº 000013-2023-CG/GAD, el Memorando Nº 005-2023-MIDAGRI-SSE- OA/UC, de la Unidad de Contabilidad, el Memorando Nº 022-2023-MIDAGRI-SSE-OPPM-UPRES-CER, de la Unidad de Presupuesto, el Informe Nº 005-2023-MIDAGRI-SSE-OA/UC, de la Unidad de Contabilidad, el Memorando Nº 005-2023-MIDAGRI-SSE/OPPM, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 006-2023-MIDAGRI-SSE/OA, de la O fi cina de Administración, el Informe Nº 016-2023-MIDAGRI-SSE/OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y el Informe Nº0042023-MIDAGRI-SSE/GG, de la Gerencia General, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 28890 modi fi cada con la Ley Nº 30495, se crea el organismo público denominado Sierra y Selva Exportadora, con personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; constituyendo un Pliego Presupuestal que tiene entre sus objetivos la creación de condiciones y mecanismos que permitan diversi fi car las actividades productivas de la economía de la zona rural andina y amazónica; Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; asimismo, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, la Directiva Nº 012-2020-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 303-2020-CG y modi fi catorias, señala en el numeral 7.2 relacionado al Proceso de Designación de las Sociedades de Auditoría, que el Concurso Público de Méritos se convoca después que las Entidades efectúan la transferencia fi nanciera a la CGR para la contratación de las SOA, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27785 y al requerimiento efectuado por la GAD según lo dispuesto en el Tarifario y por el periodo de designación establecido en el Cronograma Anual de los CPM, y su incorporación al presupuesto de la CGR; Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;Que, con O fi cio Nº 013-2023-CG/GAD, recibido el 10 de enero del 2023, la Contraloría General de la República solicitó a Sierra y Selva Exportadora, efectuar la transferencia fi nanciera del importe ascendente a S/ 54,374.00 (Cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cuatro con 00/100 soles) para el pago de la retribución económica de la Sociedad de Auditoría del año 2022, y el derecho del 6% por designación de SOA; por el monto de S/ 5,530.00 (Cinco mil quinientos treinta y 00/100 soles ) de los periodos 2022 y 2023. Asimismo, la previsión de S/ 54,374.00 (Cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cuatro con 00/100 soles) para el periodo 2023; Que, de acuerdo con los informes de vistos, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Unidad de Presupuesto y la Unidad de Contabilidad, indican que se cuenta con la disponibilidad presupuestal para realizar la transferencia a favor de la Contraloría General de la República, por el monto ascendente a S/ 59,904.00 (Cincuenta nueve mil novecientos cuatro con 00/100 soles) que incluye el 6% de derecho de designación por 5,530.00 (Cinco mil quinientos treinta y 00/100 soles ) y constancia de previsión presupuestal para la auditoria del periodo 2023 por S/ 54,374.00 (Cincuenta y cuatro mil trescientos setenta y cuatro con 00/100 soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”; Que, con el informe de vistos, la O fi cina de Administración, solicita se realice el trámite respectivo, para la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, para la atención del servicio de designación de una Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar la Auditoría Financiera Gubernamental correspondiente al periodo 2022; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo a través del cual se apruebe la transferencia fi nanciera por la suma de S/. 59,904.00, a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar la Auditoría Financiera Gubernamental correspondiente al periodo 2022, con cargo a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios”; Con los vistos, de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia General, y; De conformidad con la Ley Nº 28890, Ley que crea Sierra Exportadora, modi fi cada por Ley Nº 30495, la Ley Nº27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3º de la Ley Nº30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República, la Directiva Nº 012-2020-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría”, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 303-2020-CG y modi fi catorias, y la Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2023, y 2024 del Pliego 018: Sierra y Selva Exportadora UE 1257 por el monto de S/ 114,278 (Ciento catorce mil doscientos setenta y ocho con 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2022 y 2023. CADENA PROGRAMÁTICAUNIDAD ORGÁNICAFTE FTO DESCRIPCIÓN META ESPECÍFICA DE GASTOPeriodo 2022Periodo 2023 (Previsión)IMPORTE 900139999 5000003 10 006 0008Unidad de ContabilidadRO Servicio de Designación de SOA - Retribución58 2.4.13.11 59,904.00 54,374.00 114.278.00