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55 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de febrero de 2023 El Peruano / Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Reglamento de la Ley Nº 31419, se dispone que las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del CAP Provisional o el CPE y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda, en un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de dicha norma; Que, bajo el marco legal precitado, la Responsable de la O fi cina de Recursos Humanos, con Informe N° 0069-2023-URH-DGA/UNISCJSA de fecha 31 de enero de 2023, sustenta y propone la actualización de Clasi fi cador de Cargos de la UNISCJSA, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, y conforme a la Ley Marco del empleo Público y a la normativa de la materia; Que, con Informe N° 014-2023-UPLAN-OPP/ UNISCJSA de fecha 03 de febrero de 2023, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable sobre la propuesta de actualización de Clasi fi cador de Cargos de la UNISCJSA presentado por la Unidad de Recursos Humanos, acorde a la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; Que, con Informe Legal Nº 031- 2023-OAJ/ UNISCJSA de fecha 06 de febrero de 2023, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, señala que el marco legal del Clasi fi cador de Cargos de la UNISCJSA presentado por la Unidad de Recursos Humanos, es el pertinente dado los fi nes del mismo, facilitando la ejecución de los procesos administrativos de Gestión de Recursos Humanos y la gestión institucional en general, y de conformidad a la Ley N° 31419 y su Reglamento, opina ser pertinente la actualización de Clasi fi cador de Cargos de la UNISCJSA; Que, con O fi cio N° 0089-2023-DGA/UNISCJSA de fecha 06 de febrero de 2023, el Director General de Administración, señala que teniendo en cuenta los pronunciamientos de las dependencias administrativas precitadas, opina ser factible la actualización de Clasi fi cador de Cargos de la UNISCJSA, correspondiendo emitir la resolución administrativa respectiva; Que, el Pleno de Consejo de Comisión Organizadora de la UNISCJSA, en Sesión Extraordinaria de fecha 06/02/2023, acuerda por UNANIMIDAD APROBAR el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa; En uso de las facultades y atribuciones conferidas en el Artículo 18° de la Constitución política del Perú; la Ley N° 30220 - Ley Universitaria; la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU, Resolución Viceministerial Nº 175-2020-MINEDU; Resolución Viceministerial Nº 034-2021-MINEDU; Estatuto de la UNISCJSA y demás normas concordantes; y lo acordado por la Comisión Organizadora en Sesión Ordinaria de fecha 06/02/2023; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, que contenido en cincuenta y tres (53) folios debidamente sellados y rubricados, forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCOMENDAR a la Dirección General de Administración, O fi cina de Recursos Humanos y Planeamiento y Presupuesto el seguimiento y aplicación de lo aprobado en el Artículo Primero de la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración a través de sus unidades adscritas, la publicación de lo resuelto en la presente Resolución en el diario O fi cial El Peruano.Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Comisión Organizadora N° 069-2021-CO/UNISCJSA, así como todo acto administrativo que se oponga a la presente Resolución. Artículo Quinto.- DISPONER que el Secretario General remita copia de la presente Resolución a Presidencia de Comisión Organizadora, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración y dependencias administrativas correspondientes, para su conocimiento y fi nes de Ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el portal de transparencia de la UNISCJSA. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.MOISÉS R. VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Comisión OrganizadoraPresidente PEDRO JUAN CORILLOCLLA COZ Secretario General 2151160-1 MINISTERIO PUBLICO Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 367-2023-MP-FN Lima, 14 de febrero de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cio Nº 2146-2023-MP-FN-FSNCEDCF, cursado por la abogada Elma Sonia Vergara Cabrera, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, se eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y