TEXTO PAGINA: 63
63 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de febrero de 2023 El Peruano / la Ordenanza Regional que “Declara de Prioridad Regional el Fortalecimiento de la Promoción de la Salud en la Región Áncash”; Que, en ese contexto las Comisiones Ordinarias de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y, Salud del Consejo Regional de Áncash emiten el DICTAMEN N° 02-2022-GRA-CR/COPPAT, de fecha 17 de noviembre de 2022, quienes, conforme a sus legales atribuciones, por unanimidad de sus miembros concluyen: “(…) 4.2. (…) los miembros de las comisiones indicadas precedentemente, señalan que corresponde al Consejo Regional, Declarar de Prioridad Regional el Fortalecimiento de la Promoción de la Salud en la Region Áncash (…)”. En ese marco, recomiendan remitir al Pleno de Consejo Regional de Áncash, el Dictamen sobre el proyecto de Ordenanza Regional que declara de Prioridad Regional el Fortalecimiento de la Promoción de la Salud en la Region Áncash, con los artículos señalados en el dictamen señalado precedentemente; Que, en Sesión Extraordinaria Virtual del Consejo Regional realizada Vía Plataforma Zoom, el día jueves 29 de diciembre del presente año, el Consejero Delegado da cuenta el Dictamen N° 02-2022-GRA-CR/COPPAT, de fecha 17 de noviembre del 2022, disponiendo su sustentación del dictamen, por parte del Presidente de la Comisión Ordinaria de Salud del Consejo Regional; en seguida el Consejero Delegado, solicita las intervenciones y el debate correspondiente por parte de los Miembros del Consejo Regional; acto seguido el Consejero Delegado somete a votación las recomendaciones (artículos) signadas en el Dictamen N° 02-2022-GRA-CR/COPPAT, elaborada por las Comisiones Ordinarias de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Salud del Consejo Regional de Áncash, siendo APROBADO por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; Que, estando a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria Virtual de Consejo Regional de Áncash y, al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley N° 27680, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralización, Ley N° 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Pleno del Consejo Regional de Áncash, ha aprobado: LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- DECLARAR, DE PRIORIDAD REGIONAL EL FORTALECIMIENTO DE LA PROMOCIÓN DE LA SALUD EN LA REGIÓN ÁNCASH. Priorizando las intervenciones de Promoción de la Salud en los niveles de gobierno regional y local, como función esencial de la salud pública en todas las políticas de las instituciones públicas y privadas. Considerando a la salud, como eje fundamental e integrador de todas las políticas públicas, la persona, la familia y la comunidad como el centro de la gestión territorial de salud, el abordaje de los determinantes sociales de la salud para el cierre de brechas de inequidad en salud y al empoderamiento y participación social en salud. Artículo Segundo.- CONFÓRMESE, el “Comité Especial Regional de Promoción de la Salud de la Región Áncash” como parte del Consejo Regional de Salud de Áncash, presidido por un representante del Gobernador Regional de Áncash, e integrado por un representante de la Dirección Regional de Salud Áncash, quien ejerce la Secretaría Técnica; un representante de los alcaldes de las Municipalidades Provinciales y dos representantes designados por el Consejo Regional de Salud, a las autoridades regionales y locales, a las juntas vecinales, actores claves para el diseño e implementación del “Plan Regional Multisectorial de Promoción de la Salud de la Región Áncash”, establecerá los espacios y mecanismos de participación y concentración. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la o fi cina de Trámite Documentario y el Archivo del Gobierno Regional de Áncash, noti fi car la presente Ordenanza Regional a los Órganos y Unidades Orgánicas correspondientes para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, al Gobernador Regional de Áncash, para la suscripción de la Ordenanza Regional, en cumplimiento al artículo 38° segundo párrafo de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- DISPENSAR, a la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Sexto.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, para lo cual ENCÁRGUESE al funcionario responsable de la Ofi cina de la Secretaría del Consejo Regional de Áncash, realizar los trámites administrativos necesarios para su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y disponer su inclusión en la Página Web del Gobierno Regional de Áncash, previa promulgación. Artículo Séptimo.- DISPONER, que la O fi cina de Comunicaciones publique la presente Ordenanza Regional en los medios disponibles del Gobierno Regional. Articulo Octavo.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Áncash para su Promulgación. Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Áncash, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. EDGARD J. ESPINOZA RAMÍREZ Consejero Delegado POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Áncash, al 16 de enero de 2023. FABIAN KOKI NORIEGA BRITO Gobernador Regional 2151593-1 Aprueban el Reglamento para la Elección de Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Regional de Áncash ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2022-GRA/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ÁNCASH POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de Áncash, llevada a cabo de manera virtual el día jueves 29 de diciembre de 2022, en mérito a la Convocatoria Nº 12-2022-SE-GRA-CR/CD, de fecha 23 de diciembre de 2022, visto y debatido el DICTAMEN N° 008-2022-GRA-CR/COPPAT, de fecha 16 de noviembre de 2022, Dictamen elaborado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Áncash, elevado al Consejo Regional a través del O fi cio N° 131-2022-GRA-CR/COOPPAT/P, con fecha de recepción el 19 de diciembre de 2022, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8º, 9º y 31º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases