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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2023 (08/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / Descripción del Bien y servicio CantidadUnidad de medidaMontoMomento de la emergencia Sanitaria Componente al que contribuye el bien o servicio1er mes 2do mes 3er mes 123456789 1 0 1 1 1 2 Adquisición de pasajes aéreos para personal de comisión de servicio de la Dirección General Operaciones en Salud (DGOS)60 Pasaje S/60.000.00 xxxxxxxxxxxxAtención a pacientes en servicios de salud Contratación de servicio de transporte asistido aéreo de pacientes en situación de emergencia o estado crítico afectados por el SGB, en el marco del convenio MINSA-FAP-SIS3 Servicio S/13.320.00 x x x Atención a pacientes en servicios de salud Contratación del servicio para asistencia técnica en atención de casos por teleinterconsulta - Dirección de Telemedicina (DITEL) de la Dirección General de Telemedicina, Referencia y Urgencias (DIGTEL)6 Contrato S/104.000.00 x x x Atención a pacientes en servicios de salud Contratación del servicio para diseño gráfi co de piezas digitales para O fi cina General de Comunicaciones1 Contrato S/10.000.00 x Comunicaciones TOTAL S/12.042.350.00 *Si la disponibilidad en el mercado es 10% o 20%, la compra se realiza de forma proporcional a lo requerido. 2194318-1 Encargan funciones de Jefe del Seguro Integral de Salud RESOLUCIÓN SUPREMA N° 015-2023-SA Lima, 7 de julio de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 011-2023- SA, de fecha 8 de abril de 2023, se designó a la médico cirujano Flor de María Philipps Cuba, en el cargo de Jefa del Seguro Integral de Salud del Ministerio de Salud; Que, la mencionada funcionaria se encontrará ausente por motivos personales del del 9 al 22 de julio de 2023, por lo que resulta necesario encargar las funciones de Jefe/a del Seguro Integral de Salud, a fi n de asegurar el normal funcionamiento de dicha entidad; Que, en ese sentido, se ha visto por conveniente encargar las funciones de Jefe del Seguro Integral de Salud al señor Wilder Vidauro Carpio Montenegro, Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones de la citada entidad, en adición a sus funciones; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Encargar del 9 al 22 de julio de 2023, las funciones de Jefe del Seguro Integral de Salud al señor Wilder Vidauro Carpio Montenegro, en adición a sus funciones. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2194316-5Aprueban el Documento Técnico: Plan de Contingencia del Ministerio de Salud frente a los efectos de la actividad eruptiva volcánica, 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 650-2023/MINSA Lima, 6 de julio del 2023Visto, el Expediente N° DIGERD20230000132, que contiene los Memorándum N° D000350-2023-DIGERD-MINSA y N° D000507-2023-DIGERD-MINSA, las Notas Informativas N°D000001-2023-DIGERD-MINSA, D000086-2023-DIGERD-UGRDS-MINSA y N° D000109-2023-DIGERD-UGRDS-MINSA, y los Informes N° D000009-2022-DIGERD-UGRDS-DRR-MINSA, D000004-2023-DIGERD-UGRDS-DRR-MINSA y N° D000006-2023-DIGERD-UGRDS-DRR-MINSA de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, el Memorándum N° D001064-2023-OGPPM-MINSA y los Informes N° D000087-2023-OGPPM-OPEE-MINSA y N° D000251-2023-OGPPM-OP-MINSA de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° D000483-2023-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo. La protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la