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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JULIO DEL AÑO 2023 (13/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Jueves 13 de julio de 2023 El Peruano / Canadá, y el pago de los gastos, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2° .- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje: US$ 2145,94 Viáticos: US$ 1750,00TOTAL: US$ 3895,94 Artículo 3° .- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2192176-1 MINISTERIO PÚBLICO Dejan sin efecto la Res. N° 728-2023-MP-FN y autorizan la Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público para el Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1682-2023-MP-FN Lima, 8 de julio de 2023VISTOS:El o fi cio Nº 940-2023-MP-FN-GG de la Gerencia General, el informe Nº 000102-2023-MP-FN-GG-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y el ofi cio n.°000738-2023-MP-FN-GG-OGASEJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: El numeral 50.2 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que los límites máximos de incorporación a los que se re fi ere el numeral 50.1 del precitado artículo, son establecidos para las Entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, según corresponda, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Presupuesto Público, el cual se debe publicar hasta el 31 de enero de cada año fi scal. Dichos límites podrán ser modi fi cados mediante decreto supremo, previa evaluación del cumplimiento de las reglas fi scales. Se encuentran excluidas de los referidos límites las donaciones dinerarias referidas en su artículo 70. El Decreto Supremo Nº 006-2023-EF, de fecha 26 de enero de 2023, establece los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para el Año Fiscal 2023, que se destinen al fi nanciamiento del gasto corriente, en los pliegos del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, así como en las empresas y los organismos públicos de los gobiernos regionales y los gobiernos locales. El anexo del citado dispositivo asigna al pliego 022: Ministerio Público el monto de S/ 155 028,00 (CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), como límite máximo para incorporación de mayores ingresos en gastos corrientes. Mediante el o fi cio Nº 000422-2023-MP-FN-GG, de fecha 24 de marzo de 2023, se solicita al Ministerio de Economía y Finanzas evaluar la documentación que sustenta la necesidad de modi fi cación de límite de incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022 – Ministerio Público. A través de la Resolución Ministerial Nº 0135-2023- JUS, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de marzo de 2023, se autoriza al Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI a realizar las gestiones necesarias ante el Ministerio de Economía y Finanzas, a efectos de viabilizar las asignaciones fi nancieras a favor del Ministerio Público, entre otros, por el importe de S/ 3 666 699.67 (TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 67/100 SOLES), para atender las actividades vinculadas al Proyecto para el Fortalecimiento del Ministerio Público en la Lucha contra la Corrupción y el Crimen Organizado en el año 2023, recursos que contemplan en su totalidad gastos corrientes (Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios). Mediante el o fi cio Nº 000859-2023-MP-FN-GG- OGPLAP, de fecha 29 de marzo de 2023, se remite información complementaria al Ministerio de Economía y Finanzas, relacionada a la solicitud de modi fi cación de límite de incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022 – Ministerio Público, para la incorporación del importe de S/ 3 666 699,67 (TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 67/100 SOLES), en mérito a la Resolución Ministerial Nº 0135-2023-JUS. El numeral 18.3 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022- EF/50.01, establece que, los Pliegos que reciben los recursos, aprueban mediante resolución la desagregación de estos a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del dispositivo legal que autoriza la transferencia fi nanciera. A través de la Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 728-2023-MP-FN, de fecha 28 de marzo de 2023, se aprueba la Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 3 666 699,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES). Mediante el informe n.°000102-2023-MP-FN-GG- OGPLAP, de fecha 07 de julio 2023, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto remite el informe n.°001251-2023-MP-FN-OPRES, con el que remite el proyecto de Resolución de la Fiscalía de la Nación que deja sin efecto la RFN Nº 728-2023-MP-FN y que aprobaría la incorporación de mayores ingresos públicos en el presupuesto institucional del pliego 022: Ministerio Público del año fi scal 2023. Asimismo, informa que, teniendo en cuenta que durante el mes de junio 2023 se han venido realizando acciones de gestión presupuestaria relacionados a los recursos incorporados es necesario realizar el acto administrativo con e fi cacia anticipada al 01 de junio del 2023, con la fi nalidad de mantener el equilibrio del marco presupuestal en fase de ejecución. Mediante el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 097- 2023-EF de fecha 25 de mayo de 2023, se autoriza la modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos en el presupuesto institucional de diversos pliegos del Sector Nacional, detallado en el Anexo “Modi fi cación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos para fi nanciar gasto corriente en el presupuesto institucional de diversos pliegos del Gobierno Nacional establecidos en el Decreto Supremo Nº 006-2023-EF”, correspondiendo al Pliego 022: Ministerio Público, el monto de mayores ingresos públicos por S/ 6 286 927,00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES). La modi fi cación de límites de incorporación de mayores ingresos públicos en diversos pliegos del Sector Nacional mencionados en el Anexo del Decreto Supremo Nº 097-2023-EF, tiene fecha posterior a la publicación de la Resolución Ministerial Nº 0135-2023-JUS, por lo que resulta necesario dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 728-2023-MP-