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98 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2023 El Peruano / responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Mediante el memorando Nº 000235-2023-MP-FN-GG- OGFIN de fecha 12 de julio de 2023, la O fi cina General de Finanzas, comunica que el Gobierno Regional de Ica ha realizado la Transferencia Financiera Nº 00001 con fecha 06 de junio del 2023, en mérito a la Resolución Ejecutiva Regional Nº 136-2023-GORE-ICA/GR según el reporte de operaciones en línea adjunto al precitado memorando; señalando que a fi n de cumplirse con el objetivo de dicha transferencia fi nanciera, se solicita la incorporación de mayores ingresos públicos por el monto de S/ 566 428,00 (QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES) en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fi scal. El numeral 18.2 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, señala que los Pliegos que reciben las Transferencias Financieras incorporan dichos recursos a través de un crédito suplementario en la meta presupuestaria para la cual fueron transferidas y en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, salvo en el caso que la normatividad vigente disponga que los recursos materia de la transferencia se registran en una fuente de fi nanciamiento distinta. El numeral 18.3 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria” aprobada por la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que, los Pliegos que reciben los recursos aprueban mediante Resolución la desagregación de estos a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del dispositivo legal que autoriza la transferencia fi nanciera. En atención a lo solicitado y estando a lo propuesto por la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice la referida Incorporación de mayores Ingresos Públicos en el presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del presente ejercicio fi scal. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Finanzas, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y la O fi cina de Presupuesto. De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero. - Autorizar la Incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 566 428,00 (QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, de acuerdo al siguiente detalle: (EN SOLES) INGRESOSFuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias 1. Ingresos Presupuestarios 1.4 Donaciones y Transferencias 1.4. 2 3 De Otras Unidades de Gobierno 1.4. 2 3. 1 2 De los Gobiernos Regionales 566 428,00 -------------- TOTAL INGRESOS 566 428,00 ========= EGRESOSSección Primera : Gobierno Central Pliego : 022 Ministerio Público Unidad Ejecutora : 002 Gerencia GeneralCategoría Presupuestal : 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en ProductosProducto/ Proyecto : 3 999999 Sin Producto Actividad : 5 001045 Procesos de las Fiscalías SupremasFuente de Financiamiento : 4. Donaciones y Transferencias Categoría de Gasto Gastos Corrientes2.3 Bienes y Servicios 566 428,00 -------------- TOTAL EGRESOS 566 428,00 ========= Artículo Segundo.- Disponer que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- La O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Pliego 022: Ministerio Público, instruirá a la O fi cina de Presupuesto para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requiera. Artículo Cuarto .- Disponer que la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto remita copia de la presente resolución, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el plazo establecido en el citado artículo. Artículo Quinto .- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional. Artículo Sexto .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Autoridad Nacional de Control, Gerencia General, O fi cina General de Asesoría Jurídica, Órgano de Control Institucional, O fi cina General de Finanzas, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y a la O fi cina de Presupuesto, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2198455-1 Autorizan incorporación de Mayores Ingresos Públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio Público del Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1746-2023-MP-FN Lima, 18 de julio de 2023VISTOS:El o fi cio Nº 987-2023-MP-FN-GG de la Gerencia General, el o fi cio Nº 000808-2023-MP-FN-OGASEJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el informe Nº 000111-2023-MP-FN-GG-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y el memorando Nº 000241-2023-MP-FN-GG-OGFIN de la O fi cina General de Finanzas, y; CONSIDERANDO:En el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2837-2022-MP-FN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al año fi scal 2023 del Pliego 022: Ministerio Público por toda fuente de fi nanciamiento. El numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público,