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42 NORMAS LEGALES Jueves 1 de junio de 2023 El Peruano / Que, mediante Carta S/N de fecha 22 de mayo de 2023, el servidor Pedro Oscar Flores Dextre presenta su renuncia al cargo de con fi anza de Secretario General del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Memorando N° 000072-2023-SIS/J la Jefa Institucional del Seguro Integral de Salud acepta la renuncia del referido servidor, y propone en el cargo de Secretario General del Seguro Integral de Salud al señor Agustín Segundo Silva Vite; Que, mediante Memorando N° 001608-2023- SIS/OGAR la O fi cina General de Administración de Recursos hace suyo el Informe N° 000345-2023-SIS/OGAR-UGRH de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos, por medio del cual señala que resulta viable aceptar la renuncia del servidor Pedro Oscar Flores Dextre en el cargo de confi anza de Secretario General del Seguro Integral de Salud, siendo su último día de labor efectiva el 31 de mayo de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados; asimismo, re fi ere que resulta necesario dar por concluida la designación del servidor Agustín Segundo Silva Vite en el cargo de con fi anza de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud, siendo su último día de labor efectiva el 31 de mayo de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados y, estando al análisis del per fi l propuesto, resulta viable designar bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 al señor Agustín Segundo Silva Vite en el cargo de con fi anza de Secretario General del Seguro Integral de Salud; Que, mediante Informe Legal N° 000292-2023-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que en mérito a lo opinado por la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos y al amparo del numeral 11.9 del artículo 11 del ROF del SIS, resulta viable que la Jefa del SIS, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita la resolución jefatural que i) Acepte la renuncia del servidor Pedro Oscar Flores Dextre en el cargo de confi anza de Secretario General del Seguro Integral de Salud, siendo su último día de labores en el cargo el 31 de mayo de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados, ii) De por concluida la designación del servidor Agustín Segundo Silva Vite en el cargo de confi anza de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud, siendo su último día de labores en el cargo el 31 de mayo de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados; y, iii) Designe bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 al señor Agustín Segundo Silva Vite en el cargo de confi anza de Secretario General del Seguro Integral de Salud, a partir del 1 de junio de 2023; Con los vistos del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia del servidor Pedro Oscar Flores Dextre en el cargo de con fi anza de Secretario General del Seguro Integral de Salud, siendo su último día de labores el 31 de mayo de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Dar por concluida la designación del servidor Agustín Segundo Silva Vite en el cargo de confi anza de Asesor de la Jefatura del Seguro Integral de Salud, siendo su último día de labores en el cargo el 31 de mayo de 2023, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 3.- Designar, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, al señor Agustín Segundo Silva Vite en el cargo de con fi anza de Secretario General del Seguro Integral de Salud, a partir del 1 de junio de 2023. Artículo 4.- Noti fi car la presente resolución a los interesados y a los órganos del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial el Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Jefa del Seguro Integral de Salud 2182874-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de unidades ejecutoras para el financiamiento de prestaciones de salud y prestaciones administrativas brindadas a los asegurados del SIS RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000088-2023-SIS/J La Victoria, 31 de mayo del 2023VISTOS: El Informe N° 000066-2023-SIS/GNF- JHB, los Memorandos N° 001470-2023-SIS/GNF y N° 001548-2023-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe N° 000035-2023-SIS/OGPPDO-DDZ y el Memorando N° 001176-2023-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Legal N° 000296-2023-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad; Que, de conformidad con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, la transferencia de fondos o pagos que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables. En ese sentido, a través de los convenios y contratos suscritos con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas y privadas respectivamente, podrán establecerse diferentes modalidades y mecanismos de pago; Que, en concordancia a ello, mediante el artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, aprobado por el Decreto Supremo N° 030-2014-SA y sus modi fi catorias, se establece que “El Seguro Integral de Salud (SIS) suscribe convenios con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, Unidades de Gestión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (UGIPRESS) públicas, Gobiernos Regionales, Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas, para la transferencia de fondos o pago por las prestaciones de salud y administrativas que se brinden a sus asegurados”;