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98 NORMAS LEGALES Jueves 1 de junio de 2023 El Peruano / Lomas de la misma provincia, toda la carga pendiente de expedientes en etapa de trámite, provenientes del distrito de Las Lomas, que no se encuentren expeditos para sentenciar al 30 de junio de 2023, considerándose en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 12) Corte Superior de Justicia de PunoDistrito de Crucero, provincia de Carabaya- Excluir, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Mixto del distrito de Crucero, provincia de Carabaya, a los distritos de Crucero y Usicayos de la provincia de Carabaya, de la competencia territorial del Juzgado Mixto Permanente del distrito de Macusani, provincia de Carabaya. - Excluir, a partir del día siguiente de implementado el nuevo órgano jurisdiccional, a los distritos de Potoni de la provincia de Azángaro; Limbani y Phara de la provincia de Sandia, de la competencia territorial del Juzgado Civil Permanente del distrito y provincia de Azángaro. - Excluir, a partir del día siguiente de implementado el nuevo órgano jurisdiccional permanente, al distrito Patambuco de la provincia de Sandia, de la competencia territorial del Juzgado Mixto Permanente del distrito y provincia de Sandia. - Que el Juzgado Mixto Permanente del distrito de Macusani, provincia de Carabaya, redistribuya al Juzgado Mixto Permanente del distrito de Crucero, provincia de Carabaya, toda la carga pendiente de expedientes en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución, provenientes de los distritos de Crucero y Usicayos de la provincia de Carabaya, con excepción de los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar con la Ley N° 30364. - Que el Juzgado Civil Permanente del distrito y provincia de Azángaro, redistribuya al Juzgado Mixto Permanente del distrito de Crucero, provincia de Carabaya, toda la carga pendiente de expedientes en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución, provenientes del distrito de Potoni de la provincia de Azángaro; y de los distritos de Limbani y Phara de la provincia de Sandia, con excepción de los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar con la Ley N° 30364. - Que el Juzgado Mixto Permanente del distrito y provincia de Sandia, redistribuya al Juzgado Mixto Permanente del distrito de Crucero, provincia de Carabaya, toda la carga pendiente de expedientes en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución, provenientes del distrito de Patambuco de la provincia de Azángaro; y de los distritos de Limbani y Phara de la provincia de Sandia, con excepción de los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar con la Ley N° 30364. - Que el Juzgado Mixto Permanente del distrito de Macusani, provincia de Carabaya; el Juzgado Civil Permanente del distrito y provincia de Azángaro; y el Juzgado Mixto Permanente del distrito y provincia de Sandia, culminen con la carga pendiente de expedientes en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley N° 30364, provenientes de los distritos de Crucero y Usicayos de la provincia de Carabaya; así como de los distritos de Potoni de la provincia de Azángaro; y los distritos de Limbani, Phara y Patambuco de la provincia de Sandia, que tengan al 31 de mayo de 2023. Distrito de Crucero, provincia de Carabaya- Excluir, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Crucero, provincia de Carabaya, a los distritos de Crucero, y Usicayos de la referida provincia, de la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Macusani, provincia de Carabaya. - Excluir, a partir del día siguiente de implementado el nuevo órgano jurisdiccional permanente, al distrito de Potoni de la provincia de Azángaro; así como a los distritos de Limbani, Phara Patambuco de la provincia de Sandia, de la competencia territorial del Juzgado Paz Letrado Permanente del distrito de San Antón de la provincia de Azángaro. 13) Corte Superior de Justicia de San MartínProvincia de Alto Amazonas- Excluir, a partir del día siguiente de implementada la Sala Mixta de la provincia de Alto Amazonas, la provincia de Alto Amazonas de la competencia territorial de la Sala Civil Descentralizada Permanente de la Corte Superior de Justicia de San Martín, con sede en el distrito de Tarapoto. - Que la Sala Civil Descentralizada Permanente del distrito de Tarapoto, provincia y Corte Superior de Justicia de San Martín, redistribuya aleatoriamente a la Sala Mixta Permanente Descentralizada de la provincia de Alto Amazonas toda la carga pendiente en etapa de trámite, considerando aquellos expedientes que no tengan vista de causa programada al 30 de junio de 2023; así como aquellos a los que se les haya programado audiencias de vista de causa con posterioridad al mes de julio de 2023 y con fecha más lejana, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 14) Corte Superior de Justicia del Santa.Provincia del Santa- Cerrar turno, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Constitucional del distrito de Chimbote, provincia de Santa, a los cinco Juzgados Civiles Permanentes de la provincia del Santa para el ingreso de expedientes de la especialidad constitucional. - Que los cinco Juzgados Civiles Permanentes de la provincia del Santa redistribuyan al Juzgado Constitucional de la misma provincia toda la carga pendiente de procesos de la especialidad constitucional que no se encuentre expedita para sentenciar al 30 de junio de 2023, debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 15) Corte Superior de Justicia de la Selva CentralDistrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa- Cerrar turno, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa, al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del referido distrito y provincia, para el ingreso de expedientes. 2183180-2 Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales permanentes y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000201-2023-CE-PJ Lima, 30 de mayo del 2023VISTOS:El O fi cio N° 000436-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ que adjunta el Informe N° 000024-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial; respecto a las propuestas de ampliación de plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes con vencimiento al 31 de mayo de 2023, y otros aspectos.