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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (01/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Jueves 1 de junio de 2023 El Peruano / Permanente del distrito y provincia de Azángaro; y el Juzgado Mixto Permanente del distrito y provincia de Sandia, culminen con la carga pendiente de expedientes en etapa de cali fi cación, trámite y ejecución de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley N° 30364, provenientes de los distritos de Crucero y Usicayos de la provincia de Carabaya; así como de los distritos de Potoni de la provincia de Azángaro; y los distritos de Limbani, Phara y Patambuco de la provincia de Sandia, que tengan al 31 de mayo de 2023. Distrito de Crucero, provincia de Carabaya- Excluir, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Crucero, provincia de Carabaya, a los distritos de Crucero y Usicayos de la referida provincia, de la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Macusani, provincia de Carabaya. - Excluir, a partir del día siguiente de implementado el nuevo órgano jurisdiccional permanente, al distrito de Potoni de la provincia de Azángaro; así como a los distritos de Limbani, Phara Patambuco de la provincia de Sandia, de la competencia territorial del Juzgado Paz Letrado Permanente del distrito de San Antón de la provincia de Azángaro. 13) Corte Superior de Justicia de San MartínProvincia de Alto Amazonas- Excluir, a partir del día siguiente de implementada la Sala Mixta de la provincia de Alto Amazonas, a la provincia de Alto Amazonas de la competencia territorial de la Sala Civil Descentralizada Permanente de la Corte Superior de Justicia de San Martín, con sede en el distrito de Tarapoto. - Que la Sala Civil Descentralizada Permanente del distrito de Tarapoto, provincia y Corte Superior de Justicia de San Martín, redistribuya aleatoriamente a la Sala Mixta Permanente Descentralizada de la provincia de Alto Amazonas toda la carga pendiente en etapa de trámite, considerando aquellos expedientes que no tengan vista de causa programada al 30 de junio de 2023; así como aquellos a los que se les haya programado audiencias de vista de causa con posterioridad al mes de julio de 2023 y con fecha más lejana, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 14) Corte Superior de Justicia del Santa.Provincia del Santa - Cerrar turno, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado Constitucional del distrito de Chimbote, provincia de Santa, a los cinco Juzgados Civiles Permanentes de la provincia del Santa para el ingreso de expedientes de la especialidad constitucional. - Que los cinco Juzgados Civiles Permanentes de la provincia del Santa redistribuyan al Juzgado Constitucional de la misma provincia toda la carga pendiente de procesos de la especialidad constitucional que no se encuentre expedita para sentenciar al 30 de junio de 2023, debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 15) Corte Superior de Justicia de la Selva CentralDistrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa- Cerrar turno, a partir del día siguiente de implementado el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Puerto Bermúdez, provincia de Oxapampa, al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del referido distrito y provincia, para el ingreso de expedientes. Octavo. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 870- 2023 de la vigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 24 de mayo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención de la señora Medina Jiménez por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que los siguientes órganos jurisdiccionales permanentes, conforme al siguiente detalle, creados mediante Resolución Administrativa N° 000436-2022-CE-PJ y su modi fi catoria correspondiente a la Resolución Administrativa N° 000445-2022-CE-PJ, de acuerdo a los avances en sus implementaciones, inicien su funcionamiento, desde el día siguiente de emitida la presente resolución administrativa, no debiendo de excederse al 30 de junio del presente año, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; encontrándose el monitoreo de dichas dependencias judiciales bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial: Corte Superior de Justicia Provincia Distrito Dependencia Competencia Territorial Competencia Funcional Arequipa Arequipa Arequipa 2° Juzgado Constitucional Provincia de Arequipa Constitucional Arequipa Arequipa La Joya Juzgado de Paz LetradoDistritos de La Joya, Vitor, San Juan de Siguas, Santa Rita de Siguas y Santa Isabel de SiguasCivil, familia, laboral (NLPT) y penal (faltas) Arequipa Arequipa Yura Juzgado de Paz Letrado Distrito de YuraCivil, familia, laboral (NLPT) y penal (faltas) Ayacucho Lucanas Aucará Juzgado de Paz LetradoDistritos de Aucará, Cabana, Carmen Salcedo, Chipao y Santa Ana de HuaycahuachoCivil, familia, laboral (NLPT) y penal (faltas), incluido los procesos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar con la Ley N° 30364 Cajamarca San Miguel La Florida Juzgado de Paz LetradoMisma competencia territorial que del 2° Juzgado Mixto Permanente de San Miguel - La FloridaCivil, familia, laboral (NLPT) y penal (faltas) Huancavelica Castrovirreyna CastrovirreynaJuzgado de Paz Letrado de CastrovirreynaDistritos de Castrovirreyna, Capillas, Cocas, Mollepampa, Santa Ana y Ticrapo de la provincia de Castrovirreyna; asimismo, el distrito de Pilpichaca de la provincia de HuaytaráCivil, familia, laboral (NLPT) y penal (faltas)