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34 NORMAS LEGALES Viernes 9 de junio de 2023 El Peruano / Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; Que, los artículos 2 y 3 de la precitada Ley, disponen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y que deben publicarse en el diario ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 27619 y conforme a las disposiciones contenidas en su Reglamento; asimismo indica que la autorización de viajes al exterior para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; y, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y su Reglamento; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM dispone que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac; sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas, siendo que para América del Sur es el siguiente monto: US$ 370,00 (Trescientos setenta y 00/100 Dólares Americanos); Que, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 047-2002- PCM, señala que los Ministros de Estado que en misión ofi cial viajen al exterior del país, utilizarán pasajes de la categoría negocios; asimismo, indica que los funcionarios que no ostenten el rango antes señalado, utilizarán la categoría económica; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el OF. RE (DSL) N° 2-12-A/114, invita al Ministerio de la Producción a participar en la “Tercera Reunión Especial de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA)”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 19 al 23 de junio del 2023; Que, mediante la Certi fi cación N° 027-2023-CD/O, la Secretaria del Consejo Directivo del IMARPE certi fi có el Acuerdo del Consejo Directivo N° 027-2023-CD/O adoptado en la Sexta Sesión Ordinaria celebrada el 18 de mayo de 2023, a través del cual se aprueba y autoriza el viaje de la señora Elisa Goya Sueyoshi, profesional del IMARPE, para que participe en la “Tercera Reunión Especial de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA)”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 19 al 23 de junio del 2023; asimismo, autorizó los gastos por concepto de pasaje internacional y viáticos; Que, el acuerdo señalado en el considerando precedente se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentado en el Memorándum N° 206-2023-IMARPE/DGIRDL (el cual contiene el Informe Técnico Sustentatorio), el Memorándum N° 465-2023-IMARPE/AFRH, el Memorándum N° 0540-2023-IMARPE/AFLeI, el Memorándum N° 0143-2023-IMARPE/AFC, el Memorándum N° 208-2023-IMARPE/OGPP, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000930 de fecha 17 de mayo de 2023, la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000000932 de fecha 17 de mayo de 2023 y el Informe N° 191-2023-IMARPE/OGAJ, emitidos por la Dirección General de Investigaciones de Recursos Demersales y Literales, el Área Funcional de Recursos Humanos, el Área Funcional de Logística e Infraestructura, el Área Funcional de Contabilidad, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, todos del IMARPE; Que, a través del O fi cio N° 000352-2023-IMARPE/ DEC, el Director Ejecutivo Cientí fi co del IMARPE solicita la autorización de viaje, en comisión de servicios, de la señora Elisa Goya Sueyoshi, profesional del IMARPE, para que participe en la “Tercera Reunión Especial de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA)”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 19 al 23 de junio del 2023, así como autorizar su salida del país el 18 de junio de 2023 y su retorno el 24 de junio de 2023, adjuntando la documentación con la información necesaria para tales fi nes; Que, de conformidad con el Informe Técnico Sustentatorio adjunto al Memorándum N° 206-2023-IMARPE/DGIRDL emitido por la Dirección General de Investigaciones de Recursos Demersales y Literales del IMARPE, el objeto del mencionado evento es acordar, a través del diálogo, un enfoque inclusivo que facilite a la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), llegar a un consenso sobre cómo avanzar en el diseño, la designación, la implementación y el establecimiento de planes de investigación y seguimiento de áreas marinas protegidas basados en los mejores conocimientos cientí fi cos disponibles, teniendo en cuenta las medidas de conservación adoptadas pertinentes; Que, mediante el Memorando N° 00000585-2023-PRODUCE/DVPA, el Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura emitió conformidad a la solicitud de autorización de viaje, presentada por el IMARPE; Que, mediante el Informe N° 00000738-2023-PRODUCE/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable que, mediante Resolución Ministerial, se autorice el viaje en mención; Que, en consecuencia, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Elisa Goya Sueyoshi, profesional del IMARPE, para que participe en la “Tercera Reunión Especial de la Comisión para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA)”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 19 al 23 de junio del 2023, así como autorizar su salida del país el 18 de junio de 2023 y su retorno el 24 de junio de 2023; Con las visaciones del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción”;