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48 NORMAS LEGALES Viernes 9 de junio de 2023 El Peruano / las entidades del Estado bajo cualquier modalidad de contratación y que cuenten con admisión en los mejores programas de posgrado y programas académicos del mundo reconocidos por SERVIR; Que, el artículo 8 del Decreto Supremo N° 122- 2012-PCM y modi fi catorias, norma que aprueba las disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, señala que SERVIR aprobará un cronograma de convocatoria anual, el cual contempla los plazos y condiciones especí fi cas aplicables para cada proceso de otorgamiento del crédito-beca; Que, por medio de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000113-2022-SERVIR-PE, se aprueba el “Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito Beca”, cuyo artículo 16 señala que el proceso de otorgamiento de Crédito-Beca tiene previsto tres (3) etapas: (i) Inscripción; (ii) Presentación de documentos y evaluación del postulante y su aval; y, (iii) Formalización del Crédito-Beca; Que, en ese contexto, mediante el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000075-2023-SERVIR-PE aprueba el Cronograma de la Convocatoria 2023 del Programa Piloto de Crédito-Beca; Que, mediante el Informe N° 000068-2023-SERVIR- GDCRSC-HRR y Memorando N° 000377-2023-SERVIR-GDCRSC, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, como resultado de la evaluación del desarrollo de la convocatoria 2023, propone la modi fi cación del cronograma aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000075-2023-SERVIR-PE, con la fi nalidad de ampliar las fechas de los periodos de las etapas, a efectos de facilitar mayor postulación de los profesionales que presten servicios en entidades de los tres niveles de gobierno; Que, a través del Informe Legal N° 000205-2023-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica indica que, en atención a la opinión técnica de la Gerencia de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, resulta legalmente viable la modi fi cación del Cronograma de la Convocatoria 2023 del Programa Piloto de Crédito-Beca, aprobado por el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000075-2023-SERVIR-PE; Con la visación de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012; el Decreto Supremo N° 122-2012-PCM, Decreto Supremo que aprueba disposiciones reglamentarias y complementarias para la implementación y funcionamiento del Programa Piloto de Crédito- Beca y modi fi catorias; el Manual Operativo para la Implementación y Funcionamiento del Programa Piloto de Crédito-Beca, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000113-2022-SERVIR-PE; el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Cronograma de la Convocatoria 2023 del Programa Piloto de Crédito-Beca, aprobado por el artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000075-2023-SERVIR-PE, que como Anexo 01 forma parte de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el Diario O fi cial “El Peruano” así como la publicación de la presente resolución y su anexo en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir). Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA ISABEL PARI MORALES Presidenta EjecutivaConsejo Directivo 2185692-1INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan Asesora de la Oficina de Administración y Finanzas del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000124-2023-GEG/INDECOPI San Borja, 7 de junio de 2023VISTOS: El Memorándum N° 001448-2023-OAF/ INDECOPI de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Informe N° 000303-2023-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; la Hoja de Trámite N° 003379-2023-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; el Informe N° 000429-2023-OAJ/INDECOPI de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del INDECOPI vigente, cuya segunda actualización correspondiente al año fi scal 2023 fue aprobada por Resolución N° 042-2023- ORH/INDECOPI, el puesto de Asesor/a de la O fi cina de Administración y Finanzas corresponde al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), signado en el número 443; el mismo que es considerado de con fi anza; Que, el artículo 67 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 063-2021-PRE/INDECOPI, establece que la O fi cina de Administración y Finanzas es un órgano de apoyo, dependiente de la Gerencia General; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, establece que es función de la Gerencia General designar al personal de la entidad; Que, mediante el Informe N° 000303-2023-ORH/ INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos señala que la señora Doris Melissa Hidalgo Torres cumple con las competencias y méritos, así como los requisitos y/o atributos propios para ocupar el cargo de Asesor/a de la Ofi cina de Administración y Finanzas; Que, con el Informe N° 000429-2023-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la Gerencia General se encuentra facultada para designar al Asesor/a de la O fi cina de Administración y Finanzas del INDECOPI; Que, en tal sentido, encontrándose vacante el cargo de Asesor/a de la O fi cina de Administración y Finanzas, resulta legalmente viable proceder con la designación de la persona que asumirá dicho cargo; Con la visación de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 063-2021-PRE/INDECOPI;