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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (16/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Viernes 16 de junio de 2023 El Peruano / atribución del Alcalde, celebrar matrimonios civiles de los vecinos de acuerdo a las normas del Código Civil; Que, según lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9 de la precitada Ley Orgánica, corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, siendo que el numeral 9 del mismo artículo, señala que entre sus atribuciones se encuentra la de crear, modi fi car, suprimir, exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley, en concordancia con lo regulado en el segundo párrafo del artículo 40° de la mencionada ley; Que, considerando que, la promoción del matrimonio civil y la consolidación de la familia como célula básica de la sociedad son prioridad para el Estado, y en ese sentido, dicha política alcanza a los gobiernos locales en el marco de sus competencias; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Ordenanza Nº 403-MDA y Nº 429-MDA y modi fi catorias, establece en los procedimientos a cargo de la Secretaría General, los requisitos para la celebración de Matrimonio Civil y el pago de dicho concepto; Que, mediante los Informes Nº 048-2023-MDA/OREC y Nº 049-2023-MDA/OREC el encargado de la O fi cina de Registros Civiles, propone y sustenta la realización del Primer y Segundo Matrimonio Civil Comunitario del año 2023 en el Distrito de Ate, para el día 8 de julio y el 26 de agosto de 2023, concluyendo que dichos eventos permitirán el fortalecimiento de la familia a través de la unión y la formalización del estado civil de las parejas de la comunidad ateña; asimismo, propone la exoneración del pago del derecho de trámite matrimonial para los contrayentes que participen en dicho matrimonio, precisando que la referida exoneración es en apoyo a los contrayentes que quieren contraer o regularizar su estado civil; propuesta que mediante Informe N° 82-2023-MDA/SG la Secretaría General hace suya; Que, mediante el Memorándum N° 0223 -2023-MDA/ GPE la Gerencia de Plani fi cación Estratégica hace suyo el Informe Nº 089-2023-MDA/GPE-SGMI, elaborado por la Subgerencia de Modernización Institucional a su cargo, con el cual emite opinión técnica favorable respecto de la aprobación de la Ordenanza que autoriza la realización del matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Ate, con exoneración del pago de derechos correspondientes para su tramitación, toda vez que contribuirá a la formalización y bienestar de las familias del Distrito, así como de la realización del Primer y Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2023 en el Distrito de Ate, para el día 8 de julio y 26 de agosto de 2023; Que, mediante Informe Nº 208-2023-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal respecto de la viabilidad de la aprobación de la Ordenanza que autoriza la realización del matrimonio Civil Comunitario en el distrito de Ate, con exoneración del pago de derechos correspondientes para su tramitación; y, de la realización del Primer y Segundo Matrimonio Civil Comunitario 2023 en el Distrito de Ate, para el día 8 de julio y 26 de agosto de 2023, toda vez que ha sido elaborado y sustentado dentro del marco legal vigente, establecido por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias y complementarias sobre la materia, por lo que corresponde al Alcalde presentar la propuesta ante el Concejo Municipal para su consideración, conforme el inciso 4 del artículo 20 de la referida Ley N° 27972; Que, mediante Memorándum N° 1040-2023-MDA/ GM, la Gerencia Municipal, indica se eleven los actuados al pleno del Concejo Municipal sobre el proyecto de Ordenanza que autoriza la celebración del matrimonio civil comunitario 2023, para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8) DEL ARTÍCULO 9° Y ARTÍCULO 40° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES N° 27972, CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIONES Y CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE:ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2023 CON EXONERACIÓN DEL PAGO DE LOS DERECHOS CORRESPONDIENTES PARA SU TRAMITACIÓN Artículo Primero.– AUTORIZAR, la celebración del “MATRIMONIO CIVIL/COMUNITARIO 2023” a realizarse el día 8 de julio del 2023 en Huaycán y el 26 de agosto del 2023 en las instalaciones de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Segundo.– DISPENSAR la publicación de los avisos a los que hace referencia el articulo 252° del Código Civil para la celebración del “MATRIMONIO CIVIL/COMUNITARIO 2023”, autorizado su celebración en el párrafo precedente. Artículo Tercero.– ESTABLECER que los requisitos indispensables para contraer Matrimonio Civil Comunitario deberán presentarse de acuerdo a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Ate. Artículo Cuarto.– EXONERAR el pago de los derechos administrativos correspondientes a la tramitación del Matrónimo Civil a las parejas inscritas para la celebración del “MATRIMONIO CIVIL/COMUNITARIO 2023” Artículo Quinto.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita las disposiciones complementarias y/o reglamentarias necesarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General, a través del encargado de la O fi cina de Registros Civiles, el cumplimiento de la presente Ordenanza, quien veri fi cará el cumplimiento de los requisitos y la documentación presentada por los contrayentes. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano; y a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones la respectiva difusión y publicación en el Portal Institucional (www.muniate.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCO VIDAL MORALES Alcalde 2187548-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban el “Reglamento para el acogimiento al régimen de fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2023-ALC/MPC Callao, 7 de junio de 2023 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: El Memorándum N° 069-2023-MPC/GAT-SGFT de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, El Informe N° 349-2023-MPC-GAT/SGRC de la Subgerencia de Recaudación, el Informe N° 033-2023-MPC-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, Memorándum N° 1097-2023-MPC/GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 182-2023-MPC-OGAJ de la O fi cina General