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56 NORMAS LEGALES Jueves 9 de marzo de 2023 El Peruano / 2022-GR CUSCO-CRC-CORNMADCSC, por el cual se aprueba por MAYORIA el proyecto de Ordenanza Regional que propone “Aprobar el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Cusco 2023”. Que, mediante O fi cio N° 054-2022-GR CUSCO/CRC/ CORNMADCSC-P de fecha 25/11/2022, el Presidente de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ING. RONALD JAIME GUTIERREZ ARANIBAR, remite ante la Presidencia del Consejo Regional el Dictamen Nº 007-2022-GR CUSCO-CRC-CORNMADCSC que aprueba por mayoría el proyecto de ordenanza regional propuesto por el Gobernador Regional de Cusco, que propone entre otros aspectos: “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Cusco 2023” del Gobierno Regional de Cusco”; a tal efecto, dicho dictamen ha sido expuesto y sustentado, sometido a evaluación, debate y votación por parte del Pleno del Consejo Regional, en el desarrollo de la Trigésima Octava Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco - Periodo Legislativo 2022. Por lo expuesto, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional de Cusco aprobado por la Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC CUSCO, y el Dictamen Nº 007-2022-GR CUSCO-CRC-CORNMADCSC de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco; con el voto nominal en mayoría de los Consejeros Regionales, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta: HA DADO LA SIGUIENTE:ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR, el “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana Cusco 2023” del Gobierno Regional de Cusco, validado por el Comité Regional de Seguridad ciudadana (CORESEC) y declarado apto para su implementación por la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, cuyo texto íntegro, en anexo impreso en folios 75, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaria Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana adoptar los procedimientos y medidas necesarias para la implementación del “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023” debiendo informar trimestralmente al CORESEC sobre las acciones realizadas para el cumplimiento de los objetivos del mismo. Artículo Tercero .- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en la Página o fi cial del portal institucional del Gobierno Regional de Cusco. El Anexo Único, “Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2023”, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional será publicado en el portal institucional del Gobierno Regional de Cusco. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto legal alguno, todas las disposiciones que se opongan a la vigencia de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los veintiocho días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. Regístrese, publíquese y cúmplase.GERARDO ARENAS MONGE Presidente del Consejo RegionalPeriodo Legislativo 2022POR TANTO: Mando se registre, publique y cumplaDado en la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, a los 21 días del mes de diciembre del año 2022. JEAN PAUL BENAVENTE GARCÍA Gobernador Regional 2158053-1 GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Designan Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, para el periodo 2023 CONSEJO REGIONAL ACUERDO Nº 01-2023-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 2 de enero 2023POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modi fi catorias, en la Instalación de Consejo Regional de Pasco del día primero de enero del año dos mil veintitrés, la misma que fue rati fi cada en la Primera Sesión Ordinaria del día nueve de enero del año dos mil veintitrés, acordaron por mayoría el Acuerdo Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Artículos 11° y 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponen que “El Consejo Regional es el Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28968, Ley que Modi fi ca la Undécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, de fecha 24 de enero de 2007, establece que: “Anualmente los Consejeros Regionales eligen entre ellos a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional”; lo representa y tramita sus acuerdos, el cual es elegido por mayoría (…); Que, el artículo único de la Ley Nº 29053, Ley que Modi fi ca la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi ca el Artículo 13º respecto al Consejo Regional, en los siguientes términos: “(…) Está integrado por los Consejeros Regionales. Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones de Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado.” Que, el literal “a. a” artículo 10º del Reglamento Interno del Consejo Regional, entre sus atribuciones dispone “Elegir al Presidente de Consejo Regional” Asimismo, en el artículo 15° dentro de los derechos funcionales consigna: “El Consejo Regional, como órgano colegiado es representado y presidido por el Presidente(a) del Consejo Regional, quien es elegido anualmente en la primera sesión del Consejo Regional, por mayoría simple de sus miembros”; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 37º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modi fi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 368-2015-G.R. P/CR; SE ACUERDA:Primero.- DESIGNAR al Ing. Grijalva Santos Gerson Rolando, Consejero Regional por la Provincia de Daniel