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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2023 (09/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Jueves 9 de marzo de 2023 El Peruano / ejercicio fi scal 2022 - 2024 y están dirigidas en el siguiente orden: a) Demanda de presupuesto para el fortalecimiento del Código Procesal Penal 2023; b) Demanda de presupuesto para la creación de órganos jurisdiccionales especializados en delitos de corrupción de funcionarios a nivel nacional 2023; c) Demanda de presupuesto para el fortalecimiento de Juzgados de Paz y Juzgados Mixtos que en adición de funciones cumplen funciones del Código Procesal Penal 2023 - 2025; d) Demanda de presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal Segundo y Tercer Tramo en las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Sur 2023 - 2024; e) Demanda de Presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal Tercer Tramo en la Corte Superior de Justicia de de Lima Este 2023; y, f) Demanda de Presupuesto para la implementación del Código Procesal Penal en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 2023 - 2025; estando pendiente la respuesta del Ministerio de Economía y Finanzas. En ese contexto, a fi n de atender dicha necesidad con los recursos del Programa Presupuestal 0086 “Mejora de los Servicios del Sistema de Justicia Penal”, se considera necesario la reubicación, conversión y apertura de turnos de los órganos jurisdiccionales transitorios que han sido parte de la implementación del Código Procesal Penal en sus diferentes tramos en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Centro, Lima Este, Lima Sur, Lima Norte y Callao; sin perjuicio de que al existir la necesidad en estas Cortes Superiores de Justicia de origen o tras la asignación de recursos por las autoridades competentes, los órganos jurisdiccionales transitorios puedan retornar sin ningún inconveniente. Tercero. Que, en consecuencia, conforme a lo expuesto en el Informe N° 000022-2023-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; por lo que resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 452- 2023 de la novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 1 de marzo de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Álvarez Trujillo por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer en vía de regularización, a partir del 1 de marzo de 2023, las siguientes medidas administrativas: 1.1 Redistribuir de manera aleatoria todos los expedientes del 1° Juzgado Penal Colegiado Transitorio, Distrito de Los Olivos, Provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte al 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio y Juzgado Penal Colegiado Permanente del mismo distrito, provincia y Corte Superior según competencia territorial y funcional, de tal manera que exista equidad de carga procesal entre los referidos órganos jurisdiccionales, evitando el quiebre de los procesos. 1.2 Renombrar el 2° Juzgado Penal Colegiado Transitorio distrito de Los Olivos, provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte como Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 1.3 Convertir y reubicar, por el periodo de tres meses, con turno cerrado, el 1° Juzgado Colegiado Transitorio, distrito de Los Olivos, provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte como Juzgado Penal Colegiado Transitorio, distrito de Calleria, provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, con la misma competencia funcional y territorial del Juzgado Penal Colegiado Permanente del mismo distrito, provincia y Corte Superior. 1.4 Redistribuir la cantidad de 57 expedientes de procesos comunes por parte del Juzgado Penal Colegiado Permanente, distrito de Calleria, provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, al Juzgado Penal Colegiado Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior, precisando que los expedientes a redistribuir son los que aún no hayan iniciado juicio oral, con la fi nalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite, puesto que, serán culminados por los órganos jurisdiccionales de origen, priorizando aquellos procesos cuya fecha de programación de juicio oral sea la más lejana. 1.5 Disponer que los expedientes autorizados para redistribución en la presente resolución administrativa, deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad. 1.6 Disponer por el periodo de un mes el cierre de turno ordinario y especial del 4° y 5° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia del Callao, y del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, distrito San Martín de Porres, provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte. 1.7 Disponer por el periodo de un mes el cierre de turno del 3° y 4° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, distrito San Martín de Porres, provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, y del 2° y 3° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Este. 1.8 Disponer por el periodo de un mes el cierre de turno de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria, distrito, provincia y Corte Superior de Justicia del Callao. Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 1 de abril de 2023, las siguientes medidas administrativas: 2.1 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CALLAO2.1.1 Redistribuir de manera aleatoria todos los expedientes de la Sala Penal de Apelaciones Transitoria, distrito y provincia del Callao, a las Salas Penales de Apelaciones Permanentes del mismo distrito y provincia, según competencia territorial y funcional, de tal manera que exista equidad de carga procesal entre los referidos órganos jurisdiccionales, evitando el quiebre de los juicios. 2.1.2 Disponer que los expedientes autorizados para redistribución en la presente resolución administrativa, deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de noti fi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad. 2.2 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE 2.2.1 Reubicar, por el periodo de tres meses, con turno cerrado, la Sala Penal de Apelaciones Transitoria, distrito, provincia y Corte Superior de Justicia del Callao como Sala Penal de Apelaciones Transitoria, distrito y provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque con la misma competencia territorial que la 1°, 2° y 3° Sala Penal de Apelaciones Permanente del mismo distrito, provincia y Corte Superior.