Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2023 (16/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Jueves 16 de marzo de 2023 El Peruano / Asimismo, si el representante de la Defensoría del Pueblo, personeros de las organizaciones políticas y observadores que asistieron al acto público solicitan copias del Acta, se entregará en la sede central de la ONPE copias autenticadas y en las ODPE con fi rma y sello del Jefe de la ODPE o a quien se designó en su representación. Los resultados del sorteo serán publicados en la página web de la ONPE y en el frontis de las O fi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales. 2158921-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan incorporación del acervo documentario registral de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivo s títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de las Oficinas de Registros del Estado Civil de las Municipalidades Provinciales de Chiclayo y Sullana RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000060-2023/JNAC/RENIEC Lima, 14 de marzo de 2023 VISTOS: El Informe N° 000179-2023/DRC/SDTN/RENIEC (06MAR203) emitido por la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles; el Memorando N° 000829-2022/DSR/RENIEC (09AGO2022) emitido por la Dirección de Servicios Registrales; los Memorandos Nº 000385-2022/DRC/RENIEC (13JUL2022) y Nº 000487-2022/DRC/RENIEC (01AGO2022) y la Hoja de Elevación N° 000059-2023/DRC/RENIEC (07MAR2023) emitidos por la Dirección de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modi fi can la capacidad y estado civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las O fi cinas de Registros del Estado Civil, pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000023- 96-JEF (03ABR1996), se delegó a las O fi cinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000520-2007- JNAC/RENIEC (14JUN2007), se dispuso la revocatoria de las facultades comprendidas en el artículo 44º (literales a, b, c, e, y o) de la Ley N° 26497, conferidas a la O fi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, Departamento de Lambayeque y mediante Resolución Jefatural N° 00020-2012-JNAC/RENIEC (26ENE2012), se dispuso la revocatoria de las facultades comprendidas en el artículo 44º (literales a, b, c, e, y o) de la Ley N° 26497, conferidas a la O fi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Sullana, Departamento de Piura; Que, mediante Resolución Jefatural N°000086-2021/ JNAC/RENIEC (04MAY2021), se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC, y de acuerdo a lo señalado en su artículo 39° la Dirección de Registros Civiles es el órgano de línea técnico normativo del Sistema de Registros Civiles y se encarga, entre otros, de plani fi car, conducir, ejecutar y supervisar el proceso de integración, procesamiento y depuración de las actas registrales provenientes de las o fi cinas que conforman el sistema de registros civiles; en este sentido, el literal f) del artículo 40° del citado reglamento precisa que tiene entre sus funciones Plani fi car, dirigir y supervisar el proceso de integración del acervo documentario de las o fi cinas del sistema de registros civiles; Que, el artículo 97° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC, establece que la Sub Dirección Técnico Normativa es la Unidad Orgánica de la Dirección de Registros Civiles encargada de formular políticas, lineamientos e instrumentos procedimentales en materia de registros civiles, para orientar el desarrollo de la función de las unidades del Sistema Registral, brindando asesoramiento a sus órganos conformantes; señala también que esta unidad controla, coordina y supervisa la integración a la institución, del acervo documentario registral de las O fi cinas autorizadas; en este sentido el literal l) del artículo 98° establece entre sus funciones proponer estrategias para integrar los registros civiles según las diversas realidades y ámbitos geográ fi cos a nivel nacional e internacional; Que, mediante el informe de vistos la Sub Dirección Técnico Normativa precisa que en el marco del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identi fi cación de Calidad a Nivel Nacional”, la Unidad Ejecutora 002 del RENIEC, del referido proyecto, convocó al proceso de Licitación Pública Internacional (LPI) N° 002-2021-MCSR correspondiente al “Servicio de inventario, traslado y transferencia del acervo documentario del RENIEC ubicado en 43 O fi cinas de Registros de Estado Civil (OREC) de las Municipalidades Provinciales, y servicio de evaluación, digitalización, veri fi cación, digitación y control de calidad de imágenes, y micrograbación de las actas registrales”, fi rmándose el CONTRATO Nº 019-2022-GG/ MCSR con la empresa ganadora del referido proceso de Licitación Pública Internacional y, mediante Adenda N° 01 del CONTRATO Nº 019-2022-GG/MCSR, se amplió el alcance del Servicio a 86 O fi cinas de Registros de Estado Civil (OREC) de Municipalidades Provinciales; Que, la Sub Dirección Técnico Normativa señala que en la ejecución del referido contrato se estableció 3 fases: Fase Pre Operativa, Fase Operativa y Fase de Transferencia y cierre; en el marco de la Fase Pre Operativa se presentó el Plan de Trabajo que comprende la transferencia del acervo que se ejecutará durante el año 2023 y mediante O fi cio N° 000099-2023-GG/MCSR/ CG (24FEB2023) el Coordinador General del Proyecto RNIEC – BID, señala que han evaluado y revisado la programación del 2023; Que en ese sentido, la Sub Dirección Técnico Normativa propone la Incorporación del acervo documentario de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y sus respectivos títulos archivados, de dos (02) O fi cinas de Registros del Estado Civil (OREC) de las Municipalidades Provinciales con facultades parcialmente revocadas; señalando que ello permitirá que los ciudadanos que realizaron registros en dichas o fi cinas, puedan obtener copia certi fi cada de su acta en cualquier O fi cina Registral del RENIEC a nivel nacional, potenciando de esta forma el Sistema de Registros Civiles del RENIEC; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Registros Civiles de acuerdo al siguiente detalle: