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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2023 (16/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 16 de marzo de 2023 El Peruano / DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Los bene fi cios tributarios establecidos en el Artículo 4º de la presente Ordenanza también serán extensibles para aquellos contribuyentes que tengan el bene fi cio de deducción del Impuesto Predial, así como aquellos que tengan la condición de inafectos, conforme a los Artículos. 17º y 19º del Decreto Supremo Nº156-2004- EF, previa cancelación de los derechos de emisión. Segunda.- De veri fi carse únicamente como deuda pendiente de pago derechos de emisión; se procederá a la condonación de las mismas. Tercera.- De veri fi carse únicamente como deuda pendiente de pago las costas y gastos no vinculados a una deuda pendiente de pago; se procederá a la condonación de las mismas. Cuarta.- De veri fi carse únicamente como deuda pendiente de pago la multa tributaria y de comprobarse la extinción del Impuesto Predial, corresponderá el acogimiento de o fi cio de la multa. Quinta.- Facultar al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como aprobar y determinar la prórroga de su vigencia. Sexta.- La Gerencia de Administración Tributaria y sus unidades orgánicas dependientes brindarán a los contribuyentes y administrados, la información necesaria para que se acojan adecuadamente a los alcances de la presente ordenanza, a través de los diferentes canales de atención de la Municipalidad. Séptima.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario ofi cial “El Peruano”; y, a la Gerencia de Informática y Tecnología, su publicación en el Portal Institucional: www.munichorrillos.gob.pe. Por Tanto:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FERNANDO E. VELASCO HUAMAN Alcalde 2159544-1 Ratifican monto de las Dietas de los Regidores, aprobadas en el Acuerdo de Concejo N° 003-2019-MDCH ACUERDO DE CONCEJO N° 011-2023-MDCH Chorrillos, 7 de marzo de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Por cuanto: EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHORRILLOS, en Sesión Extraordinaria de la fecha convocada y presidida por el Alcalde, Sr. FERNANDO EMILIO VELASCO HUAMÁN; VISTOS: El Informe N°013-2023-MDCH-GPP-SGP, de fecha 16 de enero de 2023, emitido por la Sugerencia de Presupuesto; El Informe N° 217-2023-MDCH-SGRH, de fecha 02 de marzo de 2023, emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos; El Informe N° 063-2023-MDCH/GAJ, de fecha 02 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum N°204-2023-MDCH/GM, de fecha 03 de marzo de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la determinación del Monto Mensual de Dieta de los Regidores del Concejo Distrital de Chorrillos; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme al Artículo 41° de la referida Ley Orgánica de Municipalidades, los acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; asimismo, el Artículo 12° señala que: “Los regidores desempeñan su cargo a tiempo parcial y tienen derecho a dietas fi jadas por acuerdo del concejo municipal dentro del primer trimestre del primer año de gestión. El acuerdo que las fi ja será publicado obligatoriamente bajo responsabilidad. El monto de las dietas es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso”; Que, mediante Decreto Supremo N° 413-2019-EF, se aprobaron los montos de la compensación económica para los Alcaldes distritales y provinciales, en el marco de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, la misma que en su Primera Disposición Complementaria Transitoria precisa: “Las compensaciones económicas de los alcaldes distritales y provinciales que se aprueben en el marco de la presente norma, serán incluidas en el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de cada municipalidad provincial o distrital, en el momento que la municipalidad transite al nuevo régimen del Servicio Civil”; asimismo la Primera Disposición Complementaria Final señala: “El presente Decreto Supremo no autoriza a los concejos municipales a reajustar el monto correspondiente a las dietas para los regidores”; Que, con Acuerdo de Concejo N° 003-2019-MDCH, se aprueba la Remuneración del Alcalde y las Dietas de los Regidores, para el periodo 2019 y 2022; Que, mediante el Informe N° 013-2023-MDCH-GPP- SGP, la Subgerencia de Presupuesto informa que ha programado un monto total anual de S/395,460.00 para atender el pago de Dietas de 13 regidores, a un monto total de S/2,535.00 mensual, los mismos que serán cubiertos con recursos de la Fuente de Financiamiento 2, Rubro: 09: Recursos Directamente Recaudados; y, mediante el Informe N° 217-2023-MDCH-SGRH, la Subgerencia de Recursos Humanos, concluye que “En el mes de enero y febrero del presente año, los regidores asistieron a sus sesiones ordinarias, correspondiendo como derecho, el pago de la compensación económica( dieta) respectiva” y recomienda solicitar opinión legal respecto a evaluar la factibilidad de replicar la aprobación del monto mensual de las dietas otorgadas al teniente alcalde y regidores de la Municipalidad Distrital de Chorrillos”; Que, mediante el Informe N°063-2023-MDCH/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que “Bajo el contexto legal, las dietas deben pagarse por la asistencia efectiva, el cual es corroborado por la O fi cina de Secretaría General, mediante el Memorándum N°187-2023-MDCH-SG, de fecha 01 de febrero de 2023, correspondiente a la asistencia del mes de enero 2023 y el Memorándum N°0407-MDCH-SG, de fecha 28 de febrero de 2023, correspondiente al mes de febrero de 2023, por lo que corresponde el pago de las dietas vigente, el cual deberá ser abonado mientras el Concejo Municipal fi je las mismas mediante Acuerdo de Concejo, monto sujeto a modi fi cación en caso los órganos técnicos especializados determinen lo contrario”; Que, mediante O fi cio N° 003-2023-MDCH-GAF- SGRH, de fecha 19 de enero de 2023, la Subgerencia de Recursos Humanos efectuó la consulta a la Autoridad del Servicio Civil-SERVIR, sobre pago de Dietas a Teniente Alcalde y Regidores, en aplicación de la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, entidad que manifestó que la opinión debe ser formulada a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, dirigiendo el documento a dicha entidad a fi n de que se pronuncie conforme a sus atribuciones; y , mediante el O fi cio N°13-2023-MDCH-GAF-SGRH, se reiteró al Ministerio de Economía y Finanzas, la solicitud