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61 NORMAS LEGALES Jueves 18 de mayo de 2023 El Peruano / los “Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal;…” Que, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia” Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión el Estado declara al Estado peruano en proceso de modernización con la fi nalidad de mejorar la gestión pública, y el Decreto Supremo N° 030-2002-PCM que aprueba su reglamento, normando el proceso de modernización, con el propósito de construir un Estado democrático, descentralizado y que esté al servicio del ciudadano. Que, el Decreto Legislativo N° 1412 Ley del Gobierno Digital, establece el marco de gobernanza digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, seguridad digital y datos. Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, con el objeto de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública con resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país. Que, el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 237-2019-EF, establece como una medida de política la incorporación progresiva de metodologías colaborativas de MODELAMIENTO DIGITAL DE INFORMACIÓN PARA LA EDIFICACIÓN (BIM por sus siglas en inglés) por el sector público en el marco del Plan BIM, el cual contempla la hoja de ruta y las medidas para su implementación. Que, mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado, establece como principios (……) inciso (g. Vigencia Tecnológica. “Los bienes, servicios, y obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológicas necesarias para cumplir con efectividad la fi nalidad pública…(…) con posibilidad de integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances cientí fi cos y tecnológicos”. Que, la Ordenanza Regional N° 016-2010-GRCAJ- CR aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado que tiene como lineamiento la Investigación Cientí fi ca y Tecnológica orientada a las Prioridades del Desarrollo Regional. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 484-2017-GR.CAJ/GR se aprueba el Plan Estratégico Institucional-PEI 2018-2020, cuyo Objetivo Estratégico Institucional doce-OEI.12, precisa “Fortalecer la gestión institucional del Gobierno Regional de Cajamarca” Que, la Política General 04 de Gobierno Regional de Cajamarca contempla que todas las unidades orgánicas propugna una gestión transparente, competitiva (…) especializado en tecnología moderna, que permita que la información viaje en forma virtual… Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en uso de sus atribuciones conferidas en la Constitución Política del Perú; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y Reglamento Interno del Consejo Regional; y estando a lo acordado: Ha aprobado la ordenanza siguiente. ORDENANZA QUE DISPONE SE INCORPORE EL MODELADO DE INFORMACIÓN DE EDIFICACIONES- BIM, COMO INSTRUMENTO VIRTUAL TÉCNICO DIGITAL EN LOS PROCESOS CONSTRUCTIVOS DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y ECONÓMICA EN LA REGIÓN CAJAMARCA Artículo Primero.- Objeto de la Ordenanza Incorpórese el Modelado de Información en Edifi caciones, conocido como BIM por sus siglas del inglés (Building Informatión Modelling), como herramienta técnico digital en la creación, gestión, y almacenamiento de información para la ejecución de la obra civil que permita mejorar la calidad y e fi ciencia de los proyectos constructivos en infraestructura de salud, educativa, vivienda, saneamiento, viales, hidráulicos y energéticos en la Región de Cajamarca. Artículo Segundo.- BIM en la fase de proyecto Aplíquese el Modelado de Información en Construcciones en las fases de diseño arquitectónico, durante su construcción estructural e instalaciones eléctricas, sanitarias y de comunicaciones, con representación en tres dimensiones y poseer elementos de fácil identi fi cación entendibles y mesurables, en cumplimiento con la normativa nacional, estipulada en el Decreto Supremo N° 289-2019- EF.Disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en la inversión pública. Artículo Tercero.- Interoperabilidad e información en un mismo modelo Dispóngase un correcto fl ujo de información entre las distintas disciplinas profesionales y adquisición de las herramientas informáticas, como hardware y software con soporte de estándar abierto y aplicaciones de intercambio de información, en todos los niveles organizacionales y órganos internos del Pliego 445 Región Cajamarca. Arículo Cuarto.- Comunicación y aplicación Establézcase la comunicación profesional en el desarrollo de proyectos de inversión pública, y la aplicación de la metodología BIM, en forma progresiva y paralela en el proceso de contratación de obras públicas con el Estado, en observancia a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones con el Estado. Artículo Quinto.- Obligatoriedad del modelo e integración Autorícese, en el marco de la normativa nacional, a emplear un único modelo general de manera obligatoria para admisión y cali fi cación, que integre a todos los profesionales de diversas disciplinas proveedores de servicios, consultoría, contratistas y constructores de obras públicas del Pliego 445 Región Cajamarca. Toda información digital englobe el proceso constructivo con programas, herramientas y aplicativos compatibles con la metodología BIM, con el propósito que funcionen de manera integrada e integral. Artículo Sexto.- Publicación ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”. Dispóngase la publicación de la presente ordenanza en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca www.regióncajamarca.gob.pe. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Dispóngase su articulación con el gobierno digital en el uso de las tecnologías y servicios digitales de valor para los ciudadanos, en armonía con la política de modernización de la gestión pública y gestión del conocimiento, contemplado en el Plan Nacional de Gobierno Digital e implementación del Plan BIM Perú Segunda.- Facúltese a la Gerencia General Regional a fortalecer capacidades técnicas- profesionales y a gestionar y obtener la licencia de funcionamiento, en el marco del presupuesto institucional de apertura PIA. Tercera.- Encárguese a la Gerencia Regional de Transformación Digital y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Cajamarca a elaborar el reglamento de proceso y bases estándares del modelado de los elementos con mayor detalle. Cuarta.- Las disposiciones que se emitan para la aplicación del modelo BIM en toda obra pública, se enmarcan en la presente ordenanza y en lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N°30225 Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo 082-2019-EF, a su reglamento, aprobado