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35 NORMAS LEGALES Lunes 6 de noviembre de 2023 El Peruano / carácter general aplicables a intereses, obligaciones o derechos de las empresas prestadoras o actividades bajo su ámbito o, de sus usuarios. Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2021-SUNASS-CD, se aprobó el Reglamento de la Casilla Electrónica de la Sunass (en adelante, el Reglamento); cuyo objeto es establecer reglas para el funcionamiento y uso voluntario de la casilla electrónica en el marco de los procedimientos administrativos y demás actuaciones administrativas de la Sunass. Que, posteriormente, mediante la Ley Nº 31736, Ley que regula la noti fi cación administrativa mediante casilla electrónica (en adelante, la LNACE), publicada el 5 de mayo de 2023 en el diario o fi cial El Peruano , se estableció un régimen jurídico aplicable a la noti fi cación vía casilla electrónica de los actos administrativos y las actuaciones administrativas emitidas por las entidades de la administración pública sujetas al ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; dentro de las que se encuentra comprendida la Sunass. Que, el artículo I del título preliminar del Código Civil, aprobado por Decreto Legislativo Nº 295, establece que la derogación se produce: i) por declaración expresa, ii) por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior o iii) cuando la materia de ésta es íntegramente regulada por aquélla. Que, las principales disposiciones normativas del Reglamento son: i) el servicio de casilla electrónica, ii) reglas aplicables a la noti fi cación vía casilla electrónica, y iii) obligaciones de los usuarios y de la Sunass, las cuales han sido contempladas y reguladas en la LNACE, a través de disposiciones referidas: i) al acceso al sistema de noti fi cación electrónica, ii) procedimientos de validez y efi cacia de la noti fi cación mediante casilla electrónica, y iii) obligaciones de los usuarios y de las entidades de la administración pública respecto al uso de la casilla electrónica. Que, de acuerdo a lo anterior, con la entrada en vigencia de la LNACE, operó la derogación tácita del Reglamento; toda vez que las principales disposiciones normativas de este último han sido reguladas íntegramente por la LNACE. Que, a fi n de evitar cualquier duda y error en la aplicación de las disposiciones normativas sobre el uso y funcionamiento de la noti fi cación vía casilla electrónica para la noti fi cación de los actos administrativos y las actuaciones administrativas emitidas por la Sunass, corresponde derogar expresamente el Reglamento, para que en su lugar se apliquen inequívocamente las disposiciones de la LNACE, lo cual generará predictibilidad y seguridad jurídica a los administrados. Que, por otro lado, la propuesta de derogación se encuentra fuera del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), conforme con lo establecido en el numeral 2.2 del apartado 2 de las Disposiciones para la Aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio, aprobadas mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 047-2021-SUNASS-CD y sus modificatorias, que establece que el AIR es aplicable a las propuestas normativas de carácter general que generen o implique variación de costos en su cumplimiento por parte de los actores dentro del ámbito de competencia de la Sunass. Que, asimismo, el numeral 3.2 del párrafo 3 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone que las normas de carácter general se encuentran exceptuadas de su publicación previa cuando resulte innecesaria. Que, el proyecto normativo busca la derogación expresa del Reglamento, y al no abordarse con ello algún aspecto que haga necesaria la recepción de comentarios de los interesados, resulta innecesaria la prepublicación. Según lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la Sunass y con la conformidad de la Dirección de Políticas y Normas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General. El Consejo Directivo en su sesión del 31 de octubre de 2023. HA RESUELTO:Artículo 1º.- Derogar la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2021-SUNASS-CD que aprobó el Reglamento de la Casilla Electrónica de la Sunass. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano , la cual entra en vigor el día siguiente de publicada. Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente resolución, su exposición de motivos y el Informe Nº 117-2023-SUNASS-DPN en el portal institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass). Regístrese, publíquese y difúndase.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 2231301-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan Jefa de la Unidad de Tecnologías de la Información del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000176-2023-OTASS-DE Lima, 3 de noviembre de 2023 VISTO: El Informe N° 00516-2023-OTASS-OA de la O fi cina de Administración, el Informe N° 001545-2023-OTASS-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal N° 000372-2023-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el Ente Rector; Que, mediante Resolución Directoral N° 000175- 2023-OTASS-DE, del 01 de noviembre de 2023, se designó temporalmente, a la señora Persia Angélica Campos Bracamonte en el cargo de Jefa de la Unidad de Tecnologías de la Información del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, en