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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (04/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación del señor Pierre Larraín Ninapaita en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Cotabambas, entidad bajo el ámbito de control de la Gerencia Regional de Control de Apurímac, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación del señor Pierre Larraín Ninapaita, en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Cotabambas. Artículo 2.- La acción de personal dispuesta en el artículo precedente tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 3.- Disponer que el colaborador que se reincorpora a la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución, de corresponder, deberá ser asignado a la unidad orgánica de línea, a cuyo ámbito de control pertenece la entidad donde estuvo designado. Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2221249-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo a fin de realizar pasantías en Brasil UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTÚNEZ DE MAYOLO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 693-2023-UNASAM Huaraz, 25 de setiembre de 2023Visto, O fi cio N° 744-2023-UNASAM/VRINV de fecha 25 de setiembre de 2023, de la Vicerrectora de Investigación de la UNASAM, sobre autorización de viaje y subvención económica a favor de las docentes Ursula Lezameta Blas y Eufrasia Oriundo Ramos de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNASAM; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo, es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, de conformidad a lo establecido en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Capítulo I de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, “La universidad es la comunidad de profesores alumnos y graduados”; asimismo, se rige por su Estatuto, sus normas internas y dentro del marco de la Constitución Política del Perú y de las Leyes; Que, mediante Carta N° 001-UNASAM-FCM-ULB/D de fecha 13 de septiembre del 2023, la Dra. Ursula Lezameta Blas y la Dra. Eufrasia Oriundo Ramos, docentes de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNASAM, solicitan apoyo económico para movilidad internacional de docente; por lo que, con O fi cio N° 709-2023-UNASAM/VRINV. de fecha 14 de septiembre del 2023, la Vicerrectora de Investigación de la UNASAM, solicita opinión técnica sobre la subvención económica para movilidad, a fi n de realizar una pasantía internacional al país de Brasil; Que, en dicho contexto, con Informe Técnico N° 081-2023-UNASAM/DII/UCT-J, de fecha 20 de setiembre de 2023, el Jefe de la Unidad de Cooperación Técnica, en base a lo previsto en el artículo 7° 1 del Reglamento de Movilidad Docente, Estudiantes y Administrativo, aprobado con Resolución de Consejo Universitario-Rector N° 047-2018-UNASAM de fecha 16 de marzo de 2018, y advirtiendo que los expedientes presentados por las docentes Ursula Lezameta Blas y Eufrasia Oriundo Ramos, cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 20° 2 del Reglamento antes mencionado, recomienda: “Que, es procedente y seleccionable el expediente de Movilidad de las docentes Ursula Lezameta Blas y Eufrasia Oriundo Ramos de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNASAM”; Que, existiendo opinión técnica favorable, es preciso invocar el artículo 10° del Reglamento de Movilidad Docente, Estudiantes y Administrativo, que prescribe: “La movilidad es el medio que permite a los docentes, estudiantes y administrativos una alternativa para elevar la calidad académica y competitividad nacional e internacional de las universidades e instituciones participantes, al promover la diversidad y fortalecer el entendimiento intercultural que permite la solidaridad entre los pueblos, entre los humanos y la construcción de un clima de acercamiento mutuo”; igualmente el artículo 13° del mismo cuerpo normativo, que expresa: “La movilidad de docentes, administrativos y estudiantes plantea la posibilidad de enlazar a las instituciones, por el desarrollo e interés en las diversas áreas del conocimiento proponiendo la complementariedad en sus actividades de formación profesional”; en tal sentido, con O fi cio N° 0366-2023-UNASAM-DII/D de fecha 21 de setiembre de 2023, el Director de la Dirección del Instituto de Investigación de la UNASAM, remite el Informe Técnico N° 081-2023-UNASAM/DII/UCT-J, de fecha 20 de setiembre de 2023, con la fi nalidad de viabilizar las gestiones pertinentes a fi n de continuar con el trámite correspondiente; Que, en dicho contexto, conforme a lo establecido en el artículo 50° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, que prescribe: “El Vicerrectorado de Investigación, según sea el caso, es el organismo de más alto nivel en la universidad en el ámbito de la investigación. Está encargado de orientar, coordinar y organizar los proyectos y actividades que se desarrollan a través de las diversas unidades académicas. (…)”; con O fi cio N° 744-2023-UNASAM/ VRINV, de fecha 25 de setiembre de 2023, la Vicerrectora de Investigación de la UNASAM, solicita autorizar el viaje de las docentes Ursula Lezameta Blas y Eufrasia Oriundo Ramos de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNASAM, al país de Brasil, con la fi nalidad de realizar una pasantía internacional en la Universidad Federal de Santa Catarina, a llevarse a cabo del 02 al 12 de octubre del 2023; asimismo, aprobar el pago de pasajes aéreos internacionales al país de Brasil, por el monto total de S/ 6,000.00 soles, a razón de S/ 3,000.00 soles para cada una de ellas; igualmente, aprobar la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, por el monto de S/ 1,000.00 soles, con recursos afectados al presupuesto del Vicerrectorado de Investigación, del POI 2023, Meta 0019, con los clasi fi cadores: 2.3.21.22 (afectando el monto de S/ 6, 000.00) y 23.22.51 (afectando el monto de S/ 1,000.00 );