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60 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Directoral N° 215-2023-OGGRH/MINSA, se aprobó la actualización de los cargos comprendidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, aprobado con la Resolución Secretarial N° 063-2022/MINSA, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I, (CAP – P Nº 1583) de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor HÉCTOR GONZALO QUISPE CARRASCAL en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor HÉCTOR GONZALO QUISPE CARRASCAL, en el cargo de Ejecutivo Adjunto I, (CAP – P Nº 1583), Nivel F-4, de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2221506-1 Conforman la Comisión Central de Reasignación y la Comisión de Reasignación de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 934-2023/MINSA Lima, 3 de octubre del 2023 Vistos, los Expedientes Nº OGGRH020230000132 y N° OGGRH020230001241, que contienen el Memorándum N° D003038-2023-OGGRH-MINSA, la Nota Informativa N° D000113-2023-OGGRH-OARH-MINSA y el Memorándum N° D003059-2023-OGGRH-MINSA, emitidos por la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y la Nota Informativa N° D001322-2023-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, el artículo 1 de la Ley N° 31553, Reasignación gradual y progresiva de los profesionales de la salud y personal técnico y auxiliar asistencial del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, GERESAS y DIRESAS de los Gobiernos Regionales y otras entidades comprendidos en el Decreto Legislativo N° 1153, establece que tiene por objeto reasignar gradual y progresivamente a los profesionales de la salud y el personal técnico y auxiliar asistencial de la salud comprendidos en los numerales 3.1 y 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153, del Ministerio de Salud, sus organismos públicos, los gobiernos regionales y otras entidades, que se encuentren bajo la modalidad de destaque a las dependencias de salud de destino con un mínimo de dos años continuos o mayor de tres años discontinuos al 31 de diciembre del 2021; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2023-SA, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31553, Reasignación gradual y progresiva de los profesionales de la salud y personal técnico y auxiliar asistencial del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos, GERESAS y DIRESAS de los Gobiernos Regionales y otras Entidades comprendidos en el Decreto Legislativo N° 1153 (en adelante, el Reglamento), el cual dispone en su artículo 8 que para efectos del presente proceso de reasignación, se conformarán las siguientes comisiones: a) Comisión Central de Reasignación y b) Comisión de Reasignación de la Unidad Ejecutora; Que, asimismo, el artículo 9 del Reglamento establece que, la Comisión Central de Reasignación será designada por Resolución Ministerial del Ministerio de Salud y está conformada de la siguiente manera: i) Un/a representante del Despacho Ministerial de Salud, quien la presidirá; ii) El/la Director/a General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, quien actuará como Secretario/a Técnico/a; iii) El/la Director/a General de la Dirección General de Personal de la Salud; iv) El/la Director/a General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, v) El/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; asimismo se precisa que, los/las integrantes antes mencionados contarán con un/a representante alterno/a; Que, el artículo 10 del Reglamento, dispone a su vez que, la Comisión de Reasignación de la Unidad Ejecutora es designada mediante resolución emitida por el Titular de la Unidad Ejecutora que cuenta con personal destacado a su cargo en calidad de Unidad Ejecutora de destino; y, queda conformada de la siguiente manera: i) En el caso de la Administración Central del Ministerio de Salud: Un/a representante de la Secretaría General, quien la preside; ii) Un/a representante de la O fi cina de Recursos Humanos o quien haga sus veces, quien actuará como Secretario/a Técnico/a; iii) Un/a representante de la O fi cina de Asesoría Jurídica o quien haga sus veces; iv) Un/a representante de la O fi cina de Presupuesto o quien haga sus veces; v) Un/a representante de la O fi cina de Administración o quien haga sus veces; asimismo se precisa que, los/las integrantes antes mencionados contarán con un/a representante alterno/a; Que, los numerales 12.4 y 12.6 del artículo 12 del Reglamento establecen que, la Comisión Central de Reasignación tiene por funciones, elaborar y proponer el cronograma único del proceso de reasignación del personal de salud a nivel nacional; así como, aprobar las disposiciones complementarias que resulten necesarias para el óptimo desarrollo del proceso de reasignación; Que, de acuerdo con el numeral 13.1 del artículo 13 del Reglamento, la Comisión de Reasignación de la Unidad Ejecutora, tiene como función, elaborar y aprobar el cronograma de actividades de la Comisión, en concordancia con el cronograma único establecido por la Comisión Central de Reasignación; Que, asimismo, según la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento, el Ministerio de Salud mediante resolución ministerial aprueba las disposiciones complementarias necesarias para la implementación del referido Reglamento, sin desnaturalizar sus alcances; Que, conforme a lo expuesto y para efectos de llevar a cabo el proceso de reasignación del personal de la salud dispuesto en la Ley Nº 31553, se debe proceder con la conformación de la Comisión Central de Reasignación y de la Comisión de Reasignación de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central del Ministerio de Salud, establecidas en el artículo 8 del Reglamento; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la O fi cina General de Administración, de la Dirección General de Personal de la Salud, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 026-2023- SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31553,