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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (04/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / j. Delegar representación a favor de abogados de otras entidades públicas o a las/os abogadas/os vinculados a su despacho, de acuerdo con los parámetros y procedimientos señalados en el Reglamento del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado; k. Coordinar con la Procuraduría General del Estado sobre las acciones de asesoramiento, apoyo técnico profesional y capacitación que brinda en bene fi cio de la defensa jurídica del Estado; l. Las demás funciones que le corresponda en el marco de la normativa que regula el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado. TÍTULO III ÓRGANOS DEL SEGUNDO NIVEL ORGANIZACIONAL 05. ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Artículo 20.- Órganos de Asesoramiento Constituyen órganos de asesoramiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP los siguientes: 05.1 O fi cina General de Asesoría Jurídica 05.2 O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización 05.3 O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada Artículo 21.- O fi cina General de Asesoría Jurídica La O fi cina General de Asesoría Jurídica es el órgano de administración interna encargado de asesorar a la Alta Dirección y a los órganos de segundo nivel organizacional del MIMP, emitiendo opinión en asuntos de carácter jurídico. Dictamina sobre los aspectos legales de las actividades del MIMP y absuelve las consultas legales que le sean formuladas. Depende de la Secretaría General. Artículo 22.- Funciones de la O fi cina General de Asesoría Jurídica Son funciones de la O fi cina General de Asesoría Jurídica las siguientes: a. Asesorar, informar, absolver consultas y emitir opinión jurídico-legal a la Alta Dirección y a los órganos de segundo nivel organizacional que lo requieran en los asuntos vinculados a las competencias del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; b. Asesorar en la formulación de proyectos de dispositivos legales, convenios, contratos y otros documentos a fi nes que se sometan a su consideración, cuando lo disponga la Alta Dirección, emitiendo opinión jurídica y visando cuando corresponda, siempre que no resulten incompatibles con las funciones especí fi cas de los sistemas administrativos y cuenten previamente con el informe técnico elaborado por el órgano correspondiente; c. Emitir opinión jurídica sobre los recursos administrativos que se resuelven en última instancia administrativa por la/el Ministra/o o autoridad delegada; d. Revisar los proyectos de Resolución que la Alta Dirección someta a su consideración; e. Formular, evaluar y proponer dispositivos normativos y reglamentarios en el marco de su competencia, en coordinación con los órganos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; f. Sistematizar y concordar los dispositivos legales expedidos por los órganos de la Alta Dirección del MIMP; g. Otras funciones que le sean asignadas por la Secretaría General o le correspondan de acuerdo con la normativa vigente. Artículo 23.- O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estratégico, Presupuesto Público, Programación Multianual y Gestión de Inversiones y, Modernización de la Gestión Pública.La O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización depende de la Secretaría General y se relaciona funcionalmente con los órganos, Programas Nacionales y organismos públicos adscritos al MIMP, el Centro de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, la Dirección General de Presupuesto Público y la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros y los demás organismos vinculados a los sistemas a su cargo. Artículo 24.- Funciones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Son Funciones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización las siguientes: a. Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Programación Multianual y Gestión de Inversiones y Modernización de la Gestión Pública; b. Proponer y aprobar, según corresponda, proyectos normativos, disposiciones administrativas obligatorias u orientadoras de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y Modernización de la Gestión Pública; c. Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo con las normas y lineamientos técnicos sobre la materia; d. Emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión del MIMP, incluyendo a los programas nacionales, y de los organismos públicos adscritos; e. Promover, asesorar y participar en la formulación de la gestión de procesos, simpli fi cación administrativa y demás materias comprendidas en el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio, incluyendo a los Programas Nacionales y Organismos Públicos adscritos; f. Evaluar y proponer el Proyecto de Presupuesto Institucional Anual con una perspectiva de programación multianual y gestionar la aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA); g. Gestionar la aprobación de la Programación de Compromisos Anualizada (PCA) del Ministerio; h. Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestal del pliego institucional y de los pliegos de los organismos públicos adscritos al Ministerio, elaborando proyecciones de gastos y de avance de metas fi nancieras; i. Realizar la conciliación semestral y anual del marco legal del presupuesto del Ministerio; j. Coordinar las acciones vinculadas a la Programación Multianual de Inversiones, de acuerdo a las normas y lineamientos técnicos sobre la materia; k. Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia; l. Expedir resoluciones en las materias de su competencia; m. Consolidar la información para la sustentación del Proyecto de Presupuesto Anual del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, ante el Congreso de la República; n. Conducir la formulación, actualización, seguimiento y evaluación del Plan Estratégico Sectorial Multianual, Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional, en coordinación con los órganos, programas y organismos públicos adscritos al MIMP, según corresponda; o. Coordinar con la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, la formulación de indicadores para el seguimiento y evaluación de las políticas nacionales, planes estratégicos y programas presupuestales (PP); p. Otras funciones que le sean asignadas por la Secretaría General o le correspondan de acuerdo con la normativa vigente. Artículo 25.- O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada La O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada es el órgano