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39 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2023 El Peruano / Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área del bien inmueble a favor del bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada las consignaciones a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción registral del área del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el área del bien inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL AREA AFECTADA DE UN (1) INMUEBLE PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “OBRA NUEVA INTERCAMBIO VIAL BUJAMA, SUBTR AMO 1 DE LA RED VIAL N° 6: PUENTE PUCUSANA-CERRO AZUL-ICA” N°SUJETO ACTIVO/ BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLEVALOR DE TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES1.-COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS SAN PEDRO DE MALA LTDA2.-VICTOR JUAN HUAPAYA ARIAS 3.-CERILA FELICIANA RAMOS PUQUIO4.-CARLOS BASILIO HUAPAYA ARIAS 5.-RUFINA GERARDA CHUMPITAZ RAMOS.CÓDIGO: RV6-ST1-BUJ-14ÁREA AFECTADA: 1,792.55 mAFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE 252,749.55LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: Por el Norte: Colinda con el predio inscrito P.E. N° P03079583 y con el predio de U.C. 12149 inscrito en la P.E. N° P03080831, con una longitud de 217.66 m. Por el Este: Colinda con el predio de U.C. 12149 inscrito en la P.E. N° P03080831, con una longitud de 6.61 m. Por el Sur: Colinda con la vía de acceso hacia Bujama Alta, que forma parte del predio inscrito en la P.E. N° P17075735, con una longitud de 81.07 m. Por el Oeste: Colinda con la Carretera Panamericana Sur, que forma parte del predio inscrito en la P.E. N° P17075735, con una longitud de 151.85 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VÉRTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 2.83 322989.5523 8594194.7525 B B-C 9.92 322991.8868 8594193.1566 C C-D 10.00 322999.9938 8594187.4481 D D-E 15.15 323008.4685 8594182.1430 E E-F 10.07 323021.1770 8594173.8868 F F-G 10.34 323029.2893 8594167.9164 G G-H 20.00 323037.4660 8594161.5793 H H-I 10.91 323053.1222 8594149.1313 I I-J 3.43 323061.5746 8594142.2379 J J-K 29.44 323063.7423 8594144.8961 K K-L 10.92 323086.5605 8594126.2868 L L-M 3.21 323095.8441 8594120.5384 M M-N 3.21 323098.7961 8594119.2885 N N-O 3.22 323101.8999 8594118.4625 O O-P 3.22 323105.1003 8594118.0786 P P-Q 3.54 323108.3219 8594118.1465 Q Q-R 3.54 323111.8425 8594118.5470 R R-S 3.54 323115.3039 8594119.2908 S S-T 3.50 323118.6756 8594120.3709 T T-U 12.61 323121.8923 8594121.7628 U U-V 20.92 323133.8108 8594125.8937 V V-W 24.14 323152.8176 8594134.6283 W W-X 6.61 323175.3785 8594143.2084 PARTIDA ELECTRÓNICA: Nº P03079583 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral Cañete, Zona Registral N° IX-Sede Lima. X X-Y 81.07 323177.7300 8594137.0311 Informe de Veri fi cador Catastral Nº 069- 2023- VDSS, de fecha 12 de junio de 2023.Y Y-A 151.85 323106.6416 8594098.0572 2228972-1