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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (27/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2023 El Peruano / Que, el artículo 2 de la acotada norma legal, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos; Que, asimismo, el literal b) del artículo 11 y el artículo 13 del referido dispositivo legal, establecen que SERVIR ejerce, entre otras, la atribución supervisora, destinada al seguimiento de las acciones de las entidades del Sector Público, en el ámbito de su competencia; siendo que, dicha atribución comprende: a) revisar, en vía de fi scalización posterior y cuando lo determine conveniente, el cumplimiento de las políticas y normas del Sistema, y, b) recomendar la revisión de las decisiones y actos de la entidad, y las medidas correctivas para fortalecer a la Ofi cina de Recursos Humanos correspondiente, así como dar seguimiento a su implementación; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000078-2020-SERVIR-PE se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo que aprueba la Directiva “Normas para el procedimiento de atención de denuncias y actuación de o fi cio en el marco de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, con el objeto de establecer los lineamientos para el procedimiento de atención de denuncias y actuación de o fi cio en el marco de la atribución supervisora que ejerce SERVIR; Que, por medio del Informe Técnico N° 000058-2023-SERVIR-GDSRH y el Informe N° 002197-2023-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos propone y sustenta la necesidad de aprobar la Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, a fi n de optimizar la ejecución de las acciones de supervisión y atención de denuncias, estableciendo plazos razonables, supliendo vacíos normativos que coadyuven a la predictibilidad de las actividades de supervisión y fi scalización; e incorporando mejoras en los procedimientos y otras actuaciones que devienen de la atribución supervisora de SERVIR; Que, a través del Informe Técnico N° 000644-2023-SERVIR-GPGSC y Memorando N° 000284-2023-SERVIR-GPGSC, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil emite opinión favorable a la propuesta de Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”; precisando que las acciones de supervisión y fi scalización de SERVIR se ejecutan respecto de todas las normas y políticas en materia de gestión de los recursos humanos en el sector público, incluyendo aquellas entidades públicas sujetas al régimen de la actividad privada; Que, mediante el Informe Legal N° 000192-2023-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable continuar con el trámite de aprobación ante el Consejo Directivo de SERVIR, del proyecto de Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, asimismo, precisa que, con el objeto de mantener sistematizada la normatividad del SAGRH, corresponde dejar sin efecto la Directiva “Normas para el procedimiento de atención de denuncias y actuación de o fi cio en el marco de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”; Que, con Proveído N° 003213-2023-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, comunica que en la Sesión N° 019-2023-CD, dicho Consejo aprobó que mediante correo electrónico brindaría la conformidad al proyecto de Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, lo que se concretizó a través de los respectivos correos electrónicos, siendo aprobado el citado proyecto por unanimidad; y, en consecuencia, se deja sin efecto la Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”; Que, mediante Hoja Informativa N° 000097-2023-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable formalizar el acuerdo citado en el considerando precedente, a través de una Resolución de Presidencia Ejecutiva; Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, de la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 062-2008- PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva, conforme al procedimiento establecido en el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR adoptado en la Sesión N° 019-2023-CD. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Directiva “Lineamientos que regulan el ejercicio de la atribución supervisora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000078-2020-SERVIR-PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y de su Anexo en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir); en la misma fecha de la publicación de la citada resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA ISABEL PARI MORALES Presidenta EjecutivaConsejo Directivo 2228483-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Confirman la Resolución 205-2022/ CDB-INDECOPI, en el extremo en que dispuso prorrogar la vigencia de derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de todas las variedades de calzado (sin incluir chalas y sandalias) con la parte superior de caucho o plástico y cuero natural, originario de la República Popular China TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala Especializada en Defensa de la Competencia RESOLUCIÓN Nº 0136-2023/SDC-INDECOPI EXPEDIENTE 005-2021/CDB PROCEDENCIA : COMISIÓN DE DUMPING, SUBSIDIOS Y ELIMINACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS