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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (28/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 129

129 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / INFRACCIONES SOBRE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PRODUCTOS EN VEHÌCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS (DELIVERY) CODIGO DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN GRADUALIDADMONTO DE LA UITMEDIDA CORRECTIVA P-005 Por no conservar en buen estado la caja (contenedor). LEVE 10% P-006Por estacionar el vehículo menor en aceras (veredas), áreas verdes, retiros municipales o lugares donde obstaculice el libre tránsito peatonal o vehicular.GRAVE 50% Internamiento de Vehículo P-007Por formar aglomeraciones, grupos o tumultos, alterando el orden público en general.GRAVE 50% P-008Por Trasladar combustibles líquidos o gas licuado de petróleo (GLP) en vehículos menores motorizados o no motorizados.MUY GRAVE 1 UIT Internamiento de Vehículo 2229189-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban exoneración del pago de tasas correspondientes a los procedimientos “Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo” y “Licencia de funcionamiento para edificaciones calificadas con nivel de riesgo medio”, para quienes se acojan al Programa “Contigo Emprendedor” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2023/MPC Callao, 24 de octubre de 2023El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, en Sesión Ordinaria, celebrada en la fecha, el Dictamen N° 005-2023-MPC-SR-CODELO-MYPES de fecha 04 de agosto de 2023, emitido por la Comisión de Desarrollo Económico Local, Integración Empresarial y Micro y Pequeñas Empresas – MYPES; el Memorándum N° 1779-2023-MPC/GM de fecha 11 de julio de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; los Informes N° 217-2023-MPC/OGAJ de fecha 25 de mayo de 2023, N° 303-2023-MPC/OGAJ de fecha 24 de julio de 2023, emitidos por la O fi cina de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 174-2023-MPC/SGCM-OACMA de fecha 12 de julio de 2023, emitido por la O fi cina de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldía; el Memorando N° 443-2023-MPC-GDELC de fecha 09 de mayo de 2023 y el Informe N° 008-2023-MPC-GDELC de fecha 07 de julio de 2023, emitidos por la Gerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización; los Informes N° 044-2023/MPC-GDELC-SGLA de fecha 21 de marzo de 2023 y N° 256-2023/MPC-GDELC-SGLA de fecha 28 de junio de 2023, emitidos por la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; el Memorando N° 256-2023- MPC/OGPMPI de fecha 24 de mayo de 2023, emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; el Informe N° 625-2023-MPC/OGPMPI-OPR de fecha 23 de mayo de 2023, emitido por la O fi cina de Presupuesto; el Informe N° 151-2023- MPC/OGPMPI-OPM de fecha 17 de mayo de 2023, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° 679-2023-MPC-GAT de fecha 03 de mayo de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 109-2023-MPC-GAT-SGRT de fecha 28 de abril de 2023, emitido por la Subgerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194º modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley N° 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Decreto Supremo N° 163-2020- PCM se aprueba el Texto único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Declaración Jurada; en su artículo 3°, señala que “la licencia de funcionamiento es la autorización que otorgan las municipalidades para el desarrollo de actividades económicas en un establecimiento determinado, en favor del titular de las mismas. (…)”; Que, el numeral 8.1 del artículo 8° del mismo cuerpo legal, precisa que “la licencia de funcionamiento se otorga en el marco de un único procedimiento administrativo, el mismo que para las edi fi caciones cali fi cadas con nivel de riesgo bajo o medio está sujeto a aprobación automática (…)”; Que, los procedimientos administrativos de “Licencia de Funcionamiento para Edi fi caciones Cali fi cadas con Nivel de Riesgo Bajo” y “Licencia de Funcionamiento para Edifi caciones Cali fi cadas con Nivel de Riesgo Medio”, se encuentran en el Texto único de Procedimientos Administrativos – TUPA vigente de la Municipalidad Provincial del Callao; y se encuentran a cargo de la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones; Que, en ese sentido, el artículo 86° de la Ley Orgánica de Municipalidades, con relación a las funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades provinciales en materia de Promoción del Desarrollo Económico Local establece en su numeral 1.2 lo siguiente: “Flexibilizar y simpli fi car los procedimientos de obtención de licencias y permisos en el ámbito de su jurisdicción, sin obviar las normas técnicas de seguridad”; Que, del mismo modo, el literal b) del artículo 132° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 015-2023/MPC, señala que la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones, tiene como función otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de servicios, y realizar la fi scalización posterior y del funcionamiento de estos, en coordinación con la Subgerencia de Fiscalización Administrativa; Que, la Subgerencia de Licencias y Autorizaciones, mediante Informe N° 044-2023/MPC-GDELC-SGLA de fecha 21 de marzo de 2023, remite la propuesta del Programa “Contigo Emprendedor” cuyo objetivo es acabar con la brecha de 39,462 establecimientos que