TEXTO PAGINA: 121
121 NORMAS LEGALES Sábado 28 de octubre de 2023 El Peruano / Una vez vencido el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, las deudas por multas administrativas se cobrarán con el monto ordinario correspondiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIA Y FINALES Primera.- Disponer que la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, Subgerencia de Ejecución Coactiva y Subgerencia de Fiscalización Administrativa, brindarán a los interesados la información necesaria para que se acojan adecuadamente a los alcances de la presente Ordenanza. Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Tercera.- Deróguese cualquier dispositivo municipal que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, Subgerencia de Ejecución Coactiva, Subgerencia de Fiscalización Administrativa y demás dependencias de la Municipalidad Distrital de Lince, el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Quinta.- Facúltese a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Lince, para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias que sean necesarias para su adecuada aplicación. Sexta.- Encargar a Secretaría General la publicación de la siguiente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lince. Séptima.- Encargar a la O fi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la presente Ordenanza en los medios de comunicación local y redes sociales. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.MALCA SCHNAIDERMAN LARA Alcaldesa 2228924-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Crean el Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes – COMUDENNA en el distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 449-MDSJL San Juan de Lurigancho, 27 de octubre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: en Sesión Extraordinaria de Concejo (por situación de Urgencia) de la fecha, el Dictamen N° 005-2023-CDS-CM/MDSJL, de la Comisión de Desarrollo Social y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 numeral 8, artículo 39 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del pleno del Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE CREA EL COMITÉ MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES – COMUDENNA EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo 1.- Crear el Comité Multisectorial por los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes – COMUDENNA en el distrito de San Juan de Lurigancho como espacio que contribuye a la gestión local distrital orientado al bienestar de las niñas, niños y adolescentes, dentro del marco de una agenda local común especial y especí fi ca para tratar la problemática de la niñez y adolescencia, vinculándose al Plan de Desarrollo Local Concertado Distrital. Artículo 2.- Aprobar el Reglamento de Funcionamiento del COMUDENNA, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3.- Derogar la Ordenanza N° 179 que crea el Comité Municipal por los Derechos del Niño y del Adolescente – COMUDENA. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Social y la Subgerencia de Bienestar Social y Salud y al responsable de la DEMUNA el cumplimiento de las disposiciones de la presente Ordenanza. Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario ofi cial “El Peruano” y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional en coordinación con Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la Ordenanza y su anexo en el portal institucional (web.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JESÚS MALDONADO AMAO Alcalde 2229617-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Prorrogan plazo señalado en el artículo primero del D.A. N° 013-2023/MDSMP, para que los Agentes Participantes hagan efectivo el aporte de su cofinanciamiento DECRETO DE ALCALDÍA N° 017-2023/MDSMP San Martín de Porres, 26 de octubre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO; El Informe N° 065-2023-OGPP/MDMP de fecha 25 de octubre de 2023 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 234-2023-OGAJ/MDSMP de fecha 26 de octubre de 2023 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, Proveído N° 605- 2023-GM/MDSMP de fecha 26 de octubre de 2023 de Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que el artículo 3° de la Ordenanza N° 399/MDSMP- Reglamento para el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Distrito de San Martín de Porres,