NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (09/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Sábado 9 de setiembre de 2023 El Peruano / por Resolución Administrativa N° 204-2019-CE-PJ de fecha 15 de mayo de 2019, dispuso implementar como Plan Piloto en el Distrito Judicial de Ventanilla, como medida de jueces que juzguen procesos que comprende a adolescentes en con fl icto con la ley penal, el tratamiento desadictivo pertinente en forma simultanea a la ejecución de la medida socioeducativa. Séptimo: Luego, por Resolución Administrativa N° 333-2019-P-CSJV/PJ de fecha 24 de julio de 2019, se aprobó la “Guía Metodológica para la Actuación conjunta intersectorial en la ejecución de la Justicia Terapéutica con enfoque Restaurativo para adolescentes infractores a la Ley Penal”. La cual, sistematiza la metodología de aplicación teniendo en cuenta los instrumentos que se elaboraron y adaptaron para su ejecución, a fi n de lograr la progresiva implementación a nivel nacional, del programa Justicia Terapéutica con enfoque Restaurativo brindando una intervención interdisciplinaria y diferenciada, integrando los servicios de salud y justicia. Asimismo, la precitada guía señala que “Para efectos de la réplica e implementación del Programa de Justicia Terapéutica con enfoque Restaurativo, en cada Distrito Judicial es necesario contar con la participación de la Corte Superior de Justicia, Ministerio Público, Defensa Pública, Servicio de Orientación al Adolescente y el Centro de Salud Mental Comunitario o el que haga sus veces, para lo cual se instalará una Comisión Distrital Intersectorial de Justicia Terapéutica con enfoque Restaurativo (CDI-JTR), donde la Corte Superior de Justicia asumirá la presidencia y el Servicio de Orientación al Adolescente la secretaria técnica y estará conformada por los representantes designados por cada una de las instituciones involucradas”. Octavo: En buena cuenta, por Resolución Administrativa N° 000165-2023-P-CSJPPV-PJ de fecha 2 de marzo de 2023, cursada por esta Presidencia de la Corte Superior de Justicia, entre otros, resolvió: “Artículo Primero.- RATIFICAR institucionalmente el compromiso abordado en la Resolución Administrativa N° 194-2019-P-CSJV/PJ de fecha 2 de mayo de 2019, respecto a la supervisión del tratamiento terapéutico en la ejecución de medidas socioeducativas de los infractores dependientes de drogas dentro del sistema judicial en la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla, con el objeto de ofrecer una respuesta de calidad al confl icto, capaz de incidir sobre el problema subyacente al confl icto judicial. Artículo Segundo. - DESIGNAR al señor magistrado Christian Arturo Hernández Alarcón, Juez Superior Titular (…) como Coordinador del Programa de Justicia Terapéutica de Puente Piedra-Ventanilla (…)”. Noveno: Luego, mediante Resolución Administrativa N° 000302-2023-P-CSJPPV-PJ de fecha 21 de abril de 2023, modi fi cada por Resolución Administrativa N° 000432-2023-P-CSJPPV-PJ de fecha 6 de junio de 2023, se dispuso conformar el Grupo Distrital de Implementación del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla, para el periodo 2023-2024, precisándose en el artículo segundo que “deberá cumplir con las siguientes funciones especí fi cas: 1) Ejecución de las políticas, metodologías, lineamientos generales y especí fi cos establecidos por la Comisión Especial para la adecuada implementación progresiva del Código. 2) Ejecución, seguimiento y monitoreo del Plan de Implementación del Código. 3) Formulación de políticas y Estrategias para la adecuada implementación del Código en el Distrito Judicial de su competencia. 4) Elaboración de propuestas de reforma legal que requiera el Código o propuestas de mejora para el fortalecimiento del proceso de implementación. 5) Efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación de la aplicación del Código. 6) Promover la integración y articulación interinstitucional, conformando subgrupos de trabajo interinstitucional. 7) Designación de los/as integrantes de los subgrupos de trabajo interinstitucional, la cual estará a cargo de cada uno de sus miembros. 8) Supervisar la labor de los subgrupos de trabajo interinstitucional y promover el trabajo coordinado y articulado de las mismas. 9) Proporcionar información a la Comisión Multisectorial Permanente o su Secretaría Técnica, para la elaboración de diagnóstico de necesidades, planes operativos y otros documentos técnicos. 10) Promover actividades interinstitucionales de capacitación y difusión, conforme a los lineamientos y estrategias establecidas por la Comisión Especial. 11) Designación de su secretario técnico. 12) Proponer la oferta de servicios locales para la ejecución de las medidas socioeducativas no privativas de libertad y salidas alternativas que lo requieran. 12) Las demás funciones que le encargue la Comisión Multisectorial Permanente.” Décimo: En ese sentido, teniendo en consideración la documentación de vistos que da cuenta del empleo de un modelo (justicia terapeutica con enfoque restaurativo), para los casos de adolescentes dependientes de drogas dentro del sistema judicial, bajo el marco del Decreto Legislativo N° 1348, Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, se hace necesario, dentro de un ánimo de cooperación recíproca entre las distintas instituciones involucradas, contar con un grupo de trabajo intersectorial que tenga como objetivo coordinar, ejecutar y monitorear desde un enfoque interinstitucional la implementación del tratamiento desadictivo descrito en los considerandos